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Tópico: APORTACIONES EN SOCIEDAD CIVIL
NicolasCastilloPerales

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Noviembre 27, 2018 21:31:31 Asunto: Re: APORTACIONES EN SOCIEDAD CIVIL
El CFDI es para hacer deducible las amortizaciones de los gastos pre-operativos una vez la sociedad empiece sus actividades. Sin embargo no es necesario si la sociedad asume la no deducibilidad ni el acreditamiento del IVA de estos servicios. El dinero se puede reembolsar como sea mas conveniente para los socios, sin embargo, si se tiene CFDI, para poder deducir las amortizaciones/acreditar el IVA, se tiene que pagar necesariamente por el sistema bancario o con cheque. Tratamiento contable: Registro de los gastos erogados para constituir la sociedad Gastos Pre-Operativos (CARGO) IVA Acreditable No Pagado (CARGO) Acreedores Diversos (Nombre Del Socio) (ABONO) Registro del reembolso a los socios por los gastos erogados en nombre de la sociedad Acreedores Diversos (Nombre Del Socio) (CARGO) IVA Acreditable Pagado (CARGO) Bancos (ABONO) IVA Acreditable No Pagado (ABONO) Saludos!
Tópico: Descuento De Seguro De Gastos Medicos, ¿Deducible? ¿Tratamiento Contable?
NicolasCastilloPerales

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Noviembre 27, 2018 20:48:14 Asunto: Re: Descuento De Seguro De Gastos Medicos, ¿Deducible? ¿Tratamiento Contable?
Buenas CP Paco La poliza viene global, incluye las primas de seguro de todos los trabajadores de cada departamento Solo identificamos lo correspondiente al seguro del trabajador en cuestion Saludos
Tópico: ¿PROCEDE EL DESCUENTO EN ESTA SITUACIÓN ?
NicolasCastilloPerales

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Mensaje Foro: Laboral Enviado: Noviembre 26, 2018 20:36:20 Asunto: Re: ¿PROCEDE EL DESCUENTO EN ESTA SITUACIÓN ?
Casualmente encontre la respuesta en las guias de llenado del SATanas [img]http://i66.tinypic.com/2mo18n7.png[/img] [i]Editado: Noviembre 26, 2018 20:36:54[/i]
Tópico: Descuento De Seguro De Gastos Medicos, ¿Deducible? ¿Tratamiento Contable?
NicolasCastilloPerales

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Noviembre 26, 2018 18:12:25 Asunto: Descuento De Seguro De Gastos Medicos, ¿Deducible? ¿Tratamiento Contable?
Buenas Supongamos que a un empleado le 'descuentan' 2,500 pesos por un seguro que incluye a su familia (no es prestación de la empresa; por lo cual se le descuenta de su nomina en el campo 'otras deducciones') El registro contable es el siguiente; Sueldos y Salarios 15,000 (CARGO) Acreedores Diversos (Nombre Del Trabajador) 2,500 (ABONO) Sueldos Por Pagar 12,500 (ABONO) La factura del seguro medico viene a nombre de la empresa, en ella viene de forma global los seguros de todos los trabajadores y se realiza el siguiente asiento: Acreedores Diversos (Nombre Del Trabajador) 2,500 (CARGO) Gastos Pagados Por Anticipado (CARGO) Bancos o Cuentas Por Pagar (ABONO) ¿Esta bien estos registros? La empresa solo esta deduciendo; El sueldo del trabajador (15,000) Espero comentarios [b]Favor de notar que estos seguros NO son ingresos para el trabajador, pues como se puede observar en el primer asiento, la empresa se compromete a pagarlo a la empresa aseguradora en nombre del trabajador, 'disminuyendo' su sueldo por pagar.[/b] Saludos! [i]Editado: Noviembre 26, 2018 21:53:15[/i]
Tópico: APORTACIONES EN SOCIEDAD CIVIL
NicolasCastilloPerales

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Noviembre 26, 2018 17:35:53 Asunto: Re: APORTACIONES EN SOCIEDAD CIVIL
Claro que pueden hacerlo, es su dinero. Lo mas claro y transparente es que la sociedad se lo reembolse como anticipo de remanentes, reteniendo el ISR. La otra es usar la figura de gastos pagados por cuenta de terceros, para esto sin embargo, los CFDI que se emitieron por los tramites y gastos legales, deben de estar a nombre de la sociedad civil. Saludos. [i]Editado: Noviembre 26, 2018 17:52:29[/i]
Tópico: CANCELAR FACTURAS EN 3.3 CON NOTA DE CREDITO
NicolasCastilloPerales

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Mensaje Foro: Contabilidad Enviado: Noviembre 26, 2018 17:26:02 Asunto: Re: CANCELAR FACTURAS EN 3.3 CON NOTA DE CREDITO
Aunque de forma aritmética haga sentido, fiscalmente tiene sus implicaciones, pues los CFDI de egresos son deducciones autorizadas, lo cuales son deducibles anualmente. Lo correcto es cancelar el folio y emitir uno nuevo con el tipo de relacion [i]Sustitucion De CFDI Previos[/i], esto evita que se acumule dos veces el ingreso. Saludos. [i]Editado: Noviembre 26, 2018 17:27:37[/i]
Tópico: Persona Extranjera con 1 operación en el territorio Mexicano
NicolasCastilloPerales

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Noviembre 23, 2018 17:25:56 Asunto: Re: Persona Extranjera con 1 operación en el territorio Mexicano
Debiste desglosar IVA al ser venta en territorio nacional ([b]Art. 1 LIVA[/b]), el residente en el extranjero tambien 'traslada' IVA al comprador final. Aqui al no haber pedimento, no hay manera de acreditar (para el comprador final) la legal tenencia de las mercancías mas que con la factura del residente en el extranjero pero en mi opinión ya con tu factura y con la del residente en el extranjero, el comprador final puede deducir estas mercancías sin problema. Aquí los que pagan impuestos son; Tu, al momento de recibir el cobro de la venta. ([b]Art. 1 LIVA[/b]) El comprador final; le retiene al residente en el extranjero el 16% del valor de la factura cuando [b]la paga[/b] y lo entera al SAT al mes sig. ([b]Art. 1-A LIVA[/b]) Saludos. [i]Editado: Noviembre 23, 2018 17:54:58[/i]
Tópico: CFDI Egreso por el total del CFDI de ingreso
NicolasCastilloPerales

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Noviembre 22, 2018 17:57:42 Asunto: Re: CFDI Egreso por el total del CFDI de ingreso
Si importa para cumplir requisitos fiscales que todo comprobante debe tener (IVA y retenciones desglosados) pero para efectos de retencion, el IVA se retiene al momento del pago. '[i]El retenedor efectuará la retención del impuesto en el momento en el que pague el precio o la contraprestación y sobre el monto de lo efectivamente pagado[/i]...' Lo que se recomienda hacer es hacer la provision con una cuenta de pasivo temporal (IVA Por Retener por ejemplo) y cuando se pague la contraprestacion simplemente cargar esta cuenta y abonar a Retencion De IVA Por Pagar. En el caso de a quien le retienen el impuesto, es un impuesto a favor, que se puede acreditar en el mes siguiente al del entero. Si te pagan en Noviembre, lo acreditas en Diciembre (que es cuando tu CLIENTE le estaria pagando al SAT) como en este caso no te retuvieron nada, no hay nada que acreditar. Espero haberme explicado Saludos! [i]Editado: Noviembre 22, 2018 18:14:51[/i]
Tópico: CFDI Egreso por el total del CFDI de ingreso
NicolasCastilloPerales

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Noviembre 22, 2018 10:27:58 Asunto: Re: CFDI Egreso por el total del CFDI de ingreso
Así es icadena Tu cliente no pagará la retención al SAT ni tu podrás considerarlo como IVA a favor, ya que las retenciones se generan al momento del pago, aquí al no haber pago, no hay retencion Hay contadores que retienen por devengacion, osea al momento de facturar, pero no eso correcto ni lo legal, la ley del IVA señala que es al momento del pago, lo único que están haciendo es afectar su flujo de efectivo, aunque es más práctico, pues retener por flujo (lo correcto) es laborioso y requiere de análisis de flujo Saludos [i]Editado: Noviembre 22, 2018 10:44:16[/i]
Tópico: CFDI Egreso por el total del CFDI de ingreso
NicolasCastilloPerales

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Noviembre 21, 2018 21:27:43 Asunto: Re: CFDI Egreso por el total del CFDI de ingreso
El pasivo de tu cliente refleja los 116, 112 deuda contraída con ustedes y 4 con el SAT, por lo cual con ese CFDI podría hacer los asientos correspondientes. Por otra parte, en tu activo tienes también 116, 112 como cuenta por cobrar y 4 como impuestos a favor, por lo cual con ese CFDI también podrías hacer tu asiento correspondiente Saludos

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