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Tópico: RIF y dividendos
NicolasCastilloPerales

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Abril 15, 2019 14:43:41 Asunto: Re: RIF y dividendos
Los rendimientos que obtenga la PF, ¿se consideran ingresos de su actividad empresarial? (Se presentan en la declaracion bimestral del RIF) ¿O caen en otro capitulo del titulo IV? Saludos [i]Editado: Abril 15, 2019 14:43:57[/i]
Tópico: Obligado a Presentar Anual?
NicolasCastilloPerales

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Abril 15, 2019 14:33:20 Asunto: Re: Obligado a Presentar Anual?
Buenas tardes Transcribo el articulo 98, 3ra fraccion de la LISR 'De las obligaciones de los sujetos' [quote] III. Presentar declaración anual en los siguientes casos: a) Cuando además obtengan ingresos acumulables distintos de los señalados en este Capítulo. b) Cuando se hubiera comunicado por escrito al retenedor que se presentará declaración anual. [b]c) Cuando dejen de prestar servicios antes del 31 de diciembre del año de que se trate o cuando se hubiesen prestado servicios a dos o más empleadores en forma simultánea.[/b] d) Cuando obtengan ingresos, por los conceptos a que se refiere este Capítulo, de fuente de riqueza ubicada en el extranjero o provenientes de personas no obligadas a efectuar las retenciones del artículo 96 de esta Ley. e) Cuando obtengan ingresos anuales por los conceptos a que se refiere este Capítulo que excedan de $ 400,000.00.[/quote] Aqui depende si dejo de prestar servicios al otro patron antes del 31 de Diciembre del 2018 mientras estaba trabajando con su actual patron Saludos [i]Editado: Abril 15, 2019 14:38:26[/i]
Tópico: registro contable compra vehiculo efectivo y transferencia
NicolasCastilloPerales

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Abril 14, 2019 23:43:01 Asunto: Re: registro contable compra vehiculo efectivo y transferencia
Buenas noches Por la venta del activo Remesas En Transito (Cargo) Perdida Por Venta De Activos (Cargo) Dep. Acumulada De Activos Fijos (Cargo) Activos Fijos (Abono) IVA Trasladado Cobrado (Abono) En caso de que el precio de venta sea superior al valor neto en libros, se abona Ganancia En Venta De Activos Fijos Por la compra del activo Activos Fijos (Cargo) IVA Acreditable Pagado (Cargo) Remesas En Transito (Abono) Bancos (Abono) * Remesas En Transito: Es cuenta de efectivo y equivalentes de efectivo (NIF C-1) y su saldo representa el efectivo propiedad de la empresa pero del cual aun no puede disponer Es importante considerar que el IVA ya se trasladado cuando se satisfago la deuda, aunque el dinero no haya entrado a sus bancos ni a sus instalaciones. Saludos [i]Editado: Abril 14, 2019 23:56:32[/i]
Tópico: APERTURA UNA SUCURSAL EN TEXAS US
NicolasCastilloPerales

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Abril 12, 2019 12:59:23 Asunto: Re: APERTURA UNA SUCURSAL EN TEXAS US
Hola Julian Desconozco el tratamiento fiscal que los americanos le dan a sucursales mexicanas en su país, lo que aquí se conoce como establecimiento permanente de residentes en el extranjero, pero supongo que implica adentrarse en los tratados para evitar doble tributacion, de los cuales necesitaras a un buen asesor fiscal que conozca de esos temas Lo mas conveniente creo que seria que constituyeras una LLC en USA y contratas a algún contador o fiscalista americano para que te administrara el negocio, como opcion 'facil' (implica temas de partes relacionadas, obligaciones informativas fiscales, etc) O mejor aun, contactar a algun comisionista que se encarga de distribuir tu mercancia a tu cliente gringo Saludos [i]Editado: Abril 12, 2019 13:00:56[/i]
Tópico: Servicios Profesionales a RIF a mitad de mes, sustituir CFDI y pagar impuestos en RIF
NicolasCastilloPerales

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Abril 11, 2019 22:14:01 Asunto: Re: Servicios Profesionales a RIF a mitad de mes, sustituir CFDI y pagar impuestos en RIF
Entiendo Sin embargo hay que considerar que el IVA nunca ha sido del contribuyente, pues no es parte del precio Te recomiendo ir a un ADSC para que te hagan el tramite de inscripción Es decir, la ley no da un plazo para tributar en este regimen, estando supeditado solamente a los requisitos establecidos. Los plazos se exponen en reglas que violentan la jerarquía jurídica Saludos
Tópico: DONATARIA AUTORIZADA VA A COMPRAR ACTIVOS
NicolasCastilloPerales

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Abril 11, 2019 14:53:51 Asunto: Re: DONATARIA AUTORIZADA VA A COMPRAR ACTIVOS
Hola mapat, bienvenido Debe ser activo para la entidad En el catalogo lo encuadraria en 'I08 Otra maquinaria y equipo' Saludos
Tópico: Perdida fiscal en pagos provisionales
NicolasCastilloPerales

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Abril 11, 2019 14:39:08 Asunto: Re: Perdida fiscal en pagos provisionales
Hola Liliana Que yo sepa, esta situacion no esta contemplada ni regulada en la ley, por lo cual, no habria ningun problema en haber amortizado esa perdida en tus provisionales Enero, Febrero, ni motivo alguno para presentar complementarias, toda vez que el ISR es un impuesto anual y es hasta la anual cuando se determina todas sus variantes Saludos [i]Editado: Abril 11, 2019 14:39:18[/i]
Tópico: Servicios Profesionales a RIF a mitad de mes, sustituir CFDI y pagar impuestos en RIF
NicolasCastilloPerales

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Abril 11, 2019 14:36:00 Asunto: Re: Servicios Profesionales a RIF a mitad de mes, sustituir CFDI y pagar impuestos en RIF
Buenas, daré mi opinión No creo que este prohibido expresamente en la ley, sin embargo se me haría una estrategia fiscal muy agresiva. Mas por que al momento de sustituirlos los tendrás que relacionar con las facturas originales, ahí es donde se deduciría que se cambio solo para eludir el impuesto. Yo seria conservador y pagaría lo correspondiente conforme al régimen en el que estaba tributando hasta el momento de obtener esos ingresos, pero si la cambiaría a RIF, por que obviamente no le conviene estar tributando en el régimen de AEyP De todos modos, el IVA si que se le tendria que retener conforme al art. 1-A, fraccion II incisco a) de la LIVA
Tópico: unidad de medida SAT
NicolasCastilloPerales

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Abril 11, 2019 10:06:09 Asunto: Re: unidad de medida SAT
CP Paco Tienes razon, debio haber sido la fatiga Saludos!
Tópico: Cambios en facturación de gasolineras a partir de mayo 2019
NicolasCastilloPerales

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Abril 10, 2019 23:11:25 Asunto: Re: Cambios en facturación de gasolineras a partir de mayo 2019
Quizas esto vaya ligado con el criterio 1/CFF/NV, pareceria ser que a la autorirad no le agrada la idea de que sean los receptores de servicio o bien quien tenga la obligacion de generar la factura. Quizas ahora los controles internos de las gasolineras tendran que ser mas estrictos, es decir, establecer una terminal (a la Walmart) de facturacion, e indicando a los clientes que la factura debe ser generada ese dia y en esa terminal, perdiendo el derecho de generarla al pasar ese dia (que sin embargo, iria en contra de la ley) [quote] Criterio 1/CFF/NV Entrega o puesta a disposición del CFDI. No se cumple con la obligación cuando el emisor únicamente remite a una página de Internet. El artículo 29, primer párrafo del CFF establece la obligación para los contribuyentes de expedir CFDIs por Internet por los actos o actividades que realicen, por los ingresos que se perciban o por las retenciones de contribuciones que efectúen, para lo cual de conformidad con su fracción IV, antes de su expedición deberán remitirlos al SAT o al proveedor de certificación de comprobantes fiscales digitales por Internet con el objeto de que se certifique, es decir, se valide el cumplimiento de los requisitos establecidos en el artículo 29-A del mismo Código, se le asigne un folio y se le incorpore el sello digital del SAT. El artículo 29, fracción V del citado ordenamiento prevé que una vez que al CFDI se le haya incorporado el sello digital a que se refiere el párrafo anterior, los contribuyentes deberán entregar o poner a disposición de sus clientes el archivo electrónico del CFDI y, cuando les sea solicitada por el cliente, su representación impresa, por lo que se considera que el contribuyente que solicita el comprobante fiscal solo debe proporcionar su clave en el RFC para generarlo, sin necesidad de exhibir la Cédula de Identificación Fiscal. Por lo anterior, se considera que realizan una práctica fiscal indebida: I. Los contribuyentes que no cumplan, en mismo acto y lugar, con su obligación de expedir el CFDI y tampoco con su remisión al SAT o al proveedor de certificación de CFDI con el objeto de que se certifique. II. Los contribuyentes que no permitan, en el mismo acto y lugar que el cliente proporcione sus datos para la generación del CFDI. III. Los contribuyentes que en sus establecimientos, sucursales o puntos de venta, únicamente pongan a disposición del cliente un medio por el cual invitan al cliente para que este por su cuenta proporcione sus datos y por ende, trasladen al cliente la obligación de generar el CFDI. IV. Quien asesore, aconseje, preste servicios o participe en la realización o la implementación de cualquiera de las prácticas anteriores.[/quote]

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