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15/Abr/19 14:12
Obligado a Presentar Anual?

Una PF que trabajo todo el año para un solo patron, con ingresos menores a 400mil.
Y adicional 'recibió' utilidades de un trabajo anterior (entre comillas, porque nunca recibio nada, y hay CFDI timbrado con utilidades),
Tiene obligacion de presentar declaracion anual?
 
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adict0
Sargento Segundo

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15/Abr/19 14:33
Re: Obligado a Presentar Anual?

Buenas tardes

Transcribo el articulo 98, 3ra fraccion de la LISR 'De las obligaciones de los sujetos'



III. Presentar declaración anual en los siguientes casos:
a) Cuando además obtengan ingresos acumulables distintos de los
señalados en este Capítulo.
b) Cuando se hubiera comunicado por escrito al retenedor que se
presentará declaración anual.
c) Cuando dejen de prestar servicios antes del 31 de diciembre del
año de que se trate o cuando se hubiesen prestado servicios a dos o
más empleadores en forma simultánea.

d) Cuando obtengan ingresos, por los conceptos a que se refiere
este Capítulo, de fuente de riqueza ubicada en el extranjero o
provenientes de personas no obligadas a efectuar las retenciones del
artículo 96 de esta Ley.
e) Cuando obtengan ingresos anuales por los conceptos a que se
refiere este Capítulo que excedan de $ 400,000.00.


Aqui depende si dejo de prestar servicios al otro patron antes del 31 de Diciembre del 2018 mientras estaba trabajando con su actual patron

Saludos



Editado: Abril 15, 2019 14:38:26
 
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NicolasCastilloPerales
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15/Abr/19 15:57
Re: Obligado a Presentar Anual?

Como comenté, solo se trabajó con un patron en el 2018, el año completo.
El patron anterior se terminó la relación en 2017. Pero al haber recibo de utilidades de otro patron distinto, se podría considerar como si prestó servicios a dos patrones?

Editado: Abril 15, 2019 15:58:52
 
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adict0
Sargento Segundo

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15/Abr/19 16:15
Re: Obligado a Presentar Anual?

Recordemos la naturaleza que tiene la PTU; es un pasivo, una obligacion que se genera si al final del año se arrojan utilidades fiscales, pero se paga hasta el otro año

En ese sentido, no existen una subordinacion de un empleado hacia un patron que le este pagando en el año que le corresponde su PTU correspondondiente al año que laboro

Solo ten en cuenta que la exencion solo aplica una vez, es decir, si obtuvo PTU por parte de dos patrones, debio de haber notificado a su actual patron para que no rebesara el tope de exencion


Saludos





Editado: Abril 15, 2019 16:15:35
 
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NicolasCastilloPerales
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15/Abr/19 17:01
Re: Obligado a Presentar Anual?

Si, recibio PTU de dos patrones, pero los dos son anteriores, de su patron actual no recibio PTU.
 
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hm
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15/Abr/19 18:56
Re: Obligado a Presentar Anual?

adict0: En el supuesto que manejas no se encontraría obligado a presentar la anual salvo que tenga deducciones personales.
 
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CP_PACO
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