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Tópico: AC VENDE LOCAL COMERCIAL
NicolasCastilloPerales

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Agosto 12, 2019 15:37:01 Asunto: Re: AC VENDE LOCAL COMERCIAL
Buenas. Que yo sepa, no hay particularidades mas que lo que menciona el articulo 126. Fundamento: Art. 81 [quote] Las personas morales a que se refiere este Título, a excepción de las señaladas en el artículo 86 de esta Ley, de las sociedades de inversión especializadas en fondos para el retiro y de las personas morales autorizadas para recibir donativos deducibles en los términos de la misma, serán contribuyentes del impuesto sobre la renta cuando perciban ingresos de los mencionados en los Capítulos IV, [b]VI[/b] y VIl del Título IV de esta Ley, con independencia de que los ingresos a que se refiere el citado Capítulo VI se perciban en moneda extranjera. Para estos efectos, serán aplicables las disposiciones contenidas en dicho Título y la retención que en su caso se efectúe tendrá el carácter de pago definitivo.[/quote] Art. 126 [quote]...En operaciones consignadas en escrituras públicas, el pago provisional se hará mediante declaración que se presentará dentro de los quince días siguientes a aquél en que se firme la escritura o minuta. Los notarios, corredores, jueces y demás fedatarios, que por disposición legal tengan funciones notariales, calcularán el impuesto bajo su responsabilidad y lo enterarán en las oficinas autorizadas; así mismo deberán proporcionar al contribuyente que efectúe la operación correspondiente, conforme a las reglas de carácter general que emita el Servicio de Administración Tributaria, la información relativa a la determinación de dicho cálculo y deberá expedir comprobante fiscal, en el que conste la operación, así como el impuesto retenido que fue enterado. Dichos fedatarios, dentro los quince días siguientes a aquél en el que se firme la escritura o minuta, en el mes de febrero de cada año, deberán presentar ante las oficinas autorizadas, la información que al efecto establezca el Código Fiscal de la Federación respecto de las operaciones realizadas en el ejercicio inmediato anterior.[/quote] Saludos!
Tópico: persona fisica CON OBLIGACIONES EN EL SAT DE DIVIDENDOS, ASALARIADO, HONORARIOS, COMO DEBE ENVIAR SU CONTABILIDAD?
NicolasCastilloPerales

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Agosto 08, 2019 23:54:51 Asunto: Re: persona fisica CON OBLIGACIONES EN EL SAT DE DIVIDENDOS, ASALARIADO, HONORARIOS, COMO DEBE ENVIAR SU CONTABILIDAD?
Hola cruz777, te dare mi humilde opinion Se descartan los salarios y dividendos, donde no hay obligacion de llevar contabilidad por la obtencion de estos, quedando solo los honorarios... 1- llevar contabilidad enviando catalogo de cuentas, balanza de comprobación en forma mensual Y PRESENTAR LA DIOT? [b]Realmente depende de que manera este cobrando esos honorarios. Si es por cuenta propia, es decir, como ingreso del Titulo IV, Capitulo II, Seccion I o si la empresa lo tiene como asimilado. En el primero caso, si tendria que hacer declaraciones con la opcion de clasificar sus CFDI de ingresos y egresos y asi evitar subir la balanza y DIOT mensualmente. En el caso de que la empresa se los este pagando como asimilados a salarios, entonces no hay obligaciones.[/b] 2- o esta obligado a utilizar la herramienta del SAT de ” MIS CUENTAS” , sin presentar contabilidad y solo la diot? [b]Si se puede utilizar mis cuentas siempre y cuando no exceda de 2 millones. 2.8.1.5. RMF 2019 [/b] 3- si lleva la contabilidad en mis cuentas se debe presentar un caso de aclaración en “MI PORTAL” para tal fin. [b]Ver las respuestas anteriores.[/b] Saludos [i]Editado: Agosto 09, 2019 00:11:05[/i]
Tópico: Declaracion complementaria Mis Cuentas
NicolasCastilloPerales

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Agosto 06, 2019 15:20:58 Asunto: Re: Declaracion complementaria Mis Cuentas
Hola atnnbod Tendras que hacer una complementaria para dejar sin efecto a la anterior Saludos
Tópico: Cfdi cancelado por error y pagado, se puede sustituir?
NicolasCastilloPerales

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Agosto 06, 2019 15:19:42 Asunto: Re: Cfdi cancelado por error y pagado, se puede sustituir?
cpallares La fecha factura no siempre tiene que ser la misma que la fecha de la operacion, por lo cual contablemente tu puedes (o debes) provisionarla cuando se haya realizado la operacion Por otro lado, la nueva factura deberia estar relacionada con el UUID de la cancelada, ademas como PUE, pues la operacion ya se liquidado antes de haber sido timbrada la factura, aun que sea la refacturacion Saludos!
Tópico: Costos en importaciones
NicolasCastilloPerales

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Agosto 05, 2019 22:23:24 Asunto: Re: Costos en importaciones
Hola Carlos Contablemente, en las NIF no se prohibe que pueda haber mas de un metodo de valuacion para distintos tipos de inventarios. Por otra parte, fiscalmente, si la memoria no me falla, tendras que seguir 5 años con el mismo metodo de valuacion, por lo tanto, tendrias que empatar esta info fuera de libros y la herramienta indicada es la conciliacion contabla-fiscal, el costo de ventas de estas mercancias al metodo de valuacion cobtable elegido seria una deduccion contable no fiscal mientras que su costo a valuacion de costo promedio una deduccion fiscal no contable Saludos [i]Editado: Agosto 05, 2019 22:30:10[/i]
Tópico: Pague de mas
NicolasCastilloPerales

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Agosto 05, 2019 22:10:53 Asunto: Re: Pague de mas
La verdad es que el formato de declaraciones provisionales y definitivas para PF da un poquito de pena, el anterior mostraba mas detalles. Deberian homologalizarlo con el de PM. Yo utilizaria el apartado de 'otras cantidades a favor'. Saludos
Tópico: Se cancela factura?
NicolasCastilloPerales

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Agosto 05, 2019 11:10:40 Asunto: Re: Se cancela factura?
HM, la unica razon que yo veo donde tendria sentido cancelarla y volverla emitir es si usas 'mi contabilidad' para tus declaraciones pues ahi se utilizar el clasificador, fuera de eso, me parece redundante aun que seria lo correcto siendo muy quisquillosos Saludos
Tópico: RFC de Banco Base SA
NicolasCastilloPerales

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Agosto 05, 2019 10:36:02 Asunto: Re: RFC de Banco Base SA
BBS110906HD3 Saludos!
Tópico: Que codigo agrupador usar para los gastos de fabricacion
NicolasCastilloPerales

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Agosto 05, 2019 10:32:31 Asunto: Que codigo agrupador usar para los gastos de fabricacion
Buenos dias compañeros. En el catalogo de cuentas del SAT existen dos codigos de segundo nivel donde pueden encajar los gastos de fabricacion, por ejemplo el 504.01 [b][i]Gastos indirectos de fabricación[/i][/b], 501.07 [b][i]Cargos indirectos de producción[/i][/b], pero tambien esta la cuenta de mayor 604 [i][b]Gastos de fabricación[/b][/i] donde se desglosan de manera detallada los diferentes conceptos como sueldos, compensaciones, uniformes, etc. En los personal, ¿que codigo utilizarian para los gastos fabriles? El inconveniente que veo con los primeros dos es que no hay un desglose detallado. ¿Habra alguna logica o razonamiento para que el SAT los separara de esta manera? Al igual pasa con la [b]Mano De Obra[/b] Saludos [i]Editado: Agosto 05, 2019 10:40:29[/i]
Tópico: deducción de una compra de pf a pm de la cual se es socio
NicolasCastilloPerales

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Agosto 02, 2019 19:16:20 Asunto: Re: deducción de una compra de pf a pm de la cual se es socio
Ferves, mas bien deducirias la inversion, no la compra, aun que, por experiencia, es raro que en pagos provisionales de PF se realice deduccion de inversiones; casi siempre se hace en la anual. Saludos!

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