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Tópico: COMO HACER REGISTRO CONTABLE DE UNA DECLARACION COMPLEMENTARIA DE IVA
NicolasCastilloPerales

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Mensaje Foro: Contabilidad Enviado: Marzo 22, 2019 13:52:37 Asunto: Re: COMO HACER REGISTRO CONTABLE DE UNA DECLARACION COMPLEMENTARIA DE IVA
Hola Eduardo. Antes que nada, te recomiendo revisar tus registros, por que si fuera la autoridad, pensaria que estas [b]compensando[/b] IVA contra IVA por la manera en que registras. En el caso de los SAF, esto es un acreditamiento y se realiza antes de determinar el IVA por Pagar. Pero vayamos al tema... Estamos ante una caso de pago de lo indebido. El asiento que yo haria seria el siguiente, en caso de que ya no se pudieran abrir los libros. Pago De Lo Indebido $ 14,948 (Cargo) Saldo A Favor 2019 $ 1,827.00 (Cargo) Saldo A Favor 2017 $ 12,535 (Cargo) IVA Acreditable Pagado $ 29,310 (Abono) A la poliza le anexaria la complementaria O puedes revertir el asiento original y hacerlo correctamente, si se pueden modificar periodos anteriores. Recuerda que ahora con lo de la eliminacion de la compensacion universal, los pagos de lo indebido solo podran ser recuperados mediante devolucion, al no provenir de la mecanica de calculo de algun impuesto, sino ser un pago anticipado a la autoridad. Saludos [i]Editado: Marzo 22, 2019 20:01:19[/i]
Tópico: Duda en registro contable de Pagos realizados a Proveedor?
NicolasCastilloPerales

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Mensaje Foro: Contabilidad Enviado: Marzo 20, 2019 20:54:33 Asunto: Re: Duda en registro contable de Pagos realizados a Proveedor?
Sigo pensando que aqui lo que importa es el fondo, mas que la forma Si la operacion ya es perfecta, pues se enajeno el bien o se presto el servicio, te deberia emitir el CFDI a mas tardar 24 horas posterior a la enajenacion/prestacion de servicio, no esperarse un mes. El CFDI seria PPD y por cada pago que hagas posterior, tendria que emitir un REP. En caso contrario, como menciona CP Paco, el proveedor deberia estar emitiendote un CFDI de anticipo por cada pago y cuando se realice la factura del bien o servicio, amortizar ese o esos anticipos contra el pasivo Importante leer la NIF C-4 Inventarios y NIF C-5 Pagos Anticipados para saber cuando estamos ante un anticipo a proveedores y cuando estamos ante un inventario en su totalidad Transcribo lo que nos mencionan las NIF [quote]30.3 Una característica básica de los pagos que componen el rubro de pagos anticipados es la expec- tativa de la entidad de recibir en el futuro bienes, servicios u otros beneficios; por lo tanto, se entiende que al hacer el pago, no se le transferen a la entidad los beneficios y riesgos inheren- tes a las partidas que está por adquirir o recibir. 30.4 Cuando la entidad lleva a cabo pagos parciales para la adquisición de bienes o servicios y se le transfieren los beneficios y riesgos inherentes al bien o servicio por el que hizo los pagos, éstos no deben reconocerse como parte del rubro de pagos anticipados, sino como parte del rubro que corresponda al bien o servicio que ya se considera adquirido. Por ejemplo, si la entidad hizo algún pago parcial para la compra e instalación de una maquinaria y a cambio ésta recibe los beneficios y riesgos del bien adquirido, ese pago cumple con la definición de maquinaria que establece la NIF C-6 y, por tanto, la entidad debe reconocerlo como tal, atendiendo a lo establecido en dicha NIF.[/quote] Saludos compañeros y excelente noche [i]Editado: Marzo 20, 2019 21:07:12[/i]
Tópico: Duda en registro contable de Pagos realizados a Proveedor?
NicolasCastilloPerales

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Mensaje Foro: Contabilidad Enviado: Marzo 20, 2019 16:07:17 Asunto: Re: Duda en registro contable de Pagos realizados a Proveedor?
Estas dudas han surgido desde que existe el CFDI Y por que los contadores estamos mezclando lo fiscal con lo contable, o mas bien, utilizamos lo contable para darle gusto al SAT Hay que apegarnos a las NIF y luego mediante conciliaciones o notas conciliar lo fiscal El gasto o la inversion se registra con o sin CFDI, luego estableceremos nuestros controles para determinar que gastos o inversiones cumplen o no con los requisitos fiscales [i]Editado: Marzo 20, 2019 16:07:50[/i]
Tópico: Duda en registro contable de Pagos realizados a Proveedor?
NicolasCastilloPerales

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Mensaje Foro: Contabilidad Enviado: Marzo 20, 2019 15:55:45 Asunto: Re: Duda en registro contable de Pagos realizados a Proveedor?
Hola cpallares Primero tienes que identificar el fondo o sustancia economica de la operacion Por ejemplo; si el bien o servicio aun no se te ha sido transferido pero ya lo estas pagando, tendras que cargar a anticipo a proveedores, al IVA y a Bancos Cuando el bien o servicio se te haya sido transferido, entonces cargaras al gasto o al inventario y abonaras a anticipo a proveedores Otra situacion es que el bien o servicio ya se te haya transferido, por lo cual, haces el registro del gasto o inventario en la fecha en que se devengo o se adquiro y del pasivo y posteriormente vas cargando al pasivo por cada pago realizado Todo depende de como se este llevando acabo la operacion Saludos [i]Editado: Marzo 20, 2019 15:56:44[/i]
Tópico: Compra de Sotware proveedor extranjero
NicolasCastilloPerales

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Marzo 20, 2019 15:46:49 Asunto: Re: Compra de Sotware proveedor extranjero
Hola mluna El registro seria el siguiente Software (Activo Intangible) o Licencias (Gastos/Gastos Pagados Por Anticipado) (Cargo) IVA Acreditable Pagado En Importacion (Cargo) IVA Causado En Importacion (Abono) Retencion De ISR Por Regalias (Abono) Proveedores Extranjeros (Abono) En la DIOT invariablemente habra un IVA trasladado, ya que en esta declaracion informativa no existe tal renglon para estas operaciones Donde se 'neteara' sera en la declaracion de IVA, por lo tanto y en mi criterio, estas cantidades tendran que ir en el renglon 'otras cantidades a favor y a cargo' Saludos [i]Editado: Marzo 20, 2019 15:58:12[/i]
Tópico: Compensacion de saldos de un cliente que tambien es proveedor
NicolasCastilloPerales

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Marzo 20, 2019 12:26:24 Asunto: Re: Compensacion de saldos de un cliente que tambien es proveedor
Si es posible ratificar los acuerdos de entre ambas partes y manifestar que quieren extinguir la(s) deuda(s) mediante compensación. Recuerda que para efectos de IVA se considera que se cobro y pago al momento de compensar, por lo que deberia identificar bien esos IVAS que no se generaron por flujo. Saludos! [i]Editado: Marzo 20, 2019 12:26:46[/i]
Tópico: Anticipos Devueltos En El Mismo Mes
NicolasCastilloPerales

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Marzo 20, 2019 12:22:01 Asunto: Anticipos Devueltos En El Mismo Mes
Buenas compañeros Si se recibio un anticipo de clientes el primer dia del mes pero este se devuelve el ultimo dia, entiendo que para IVA no hay problema, pues se restituye, ¿pero para ISR? ¿Se tiene que acumular para pagos provisionales? Si es asi, ¿cuando se puede deducir? ¿Anualmente? ¿O no se acumula mientras sea en el mismo mes? Saludos!
Tópico: JAMON, A QUÉ TASA DE IVA ES ?
NicolasCastilloPerales

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Marzo 19, 2019 14:26:01 Asunto: Re: JAMON, A QUÉ TASA DE IVA ES ?
Gracias CP Paco Saludos y excelente dia [i]Editado: Marzo 19, 2019 14:26:08[/i]
Tópico: Compensación Pago de lo indebido, hacía atrás ?
NicolasCastilloPerales

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Marzo 19, 2019 12:58:13 Asunto: Re: Compensación Pago de lo indebido, hacía atrás ?
Hola eguia [b]Por lo que tengo entendido[/b], con la entrada en vigor de lo que se dispuso en la LIF 2019, la unica opcion para recuperar pagos de lo indebido va a tener que ser las devoluciones, ya que solo se puede compensar impuestos de la misma naturaleza, y el pago de lo indebido no proviene de la mecanica del calculo del impuesto, sino, es un error meramente arimetico. [i]Editado: Marzo 19, 2019 13:05:19[/i]
Tópico: JAMON, A QUÉ TASA DE IVA ES ?
NicolasCastilloPerales

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Marzo 19, 2019 12:50:02 Asunto: Re: JAMON, A QUÉ TASA DE IVA ES ?
Buenas eguia Te dejo un criterio interno del SAT [quote][b]Alimentos preparados para su consumo en el lugar de su enajenación.[/b] Para efectos del artículo 2-A, fracción I, último párrafo de la Ley del IVA, también se consideran alimentos preparados para su consumo en el lugar o establecimiento en que se enajenen, los que resulten de la combinación de aquellos productos que, por sí solos y por su destino ordinario, pueden ser consumidos sin necesidad de someterse a otro proceso de elaboración adicional, cuando queden a disposición del adquirente los instrumentos o utensilios necesarios para su cocción o calentamiento.[/quote] [b]15/IVA/N[/b] En mi opinion, si el jamon esta siendo consumido en el establecimiento donde se enajena, tendria que aplicarse la tasa general del 16%. De lo contrario, aplicaria la tasa del 0%, si solo se trata de su venta para el consumo fuera del establecimiento. [i]Editado: Marzo 19, 2019 12:51:33[/i]

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