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Tópico: CFDI MESES POSTERIORES P.F. ACT EMP Y PROF
NicolasCastilloPerales

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Noviembre 09, 2019 21:36:17 Asunto: Re: CFDI MESES POSTERIORES P.F. ACT EMP Y PROF
Por lo que nos comentas, en efecto el tendria que estar tributando en el régimen de AEyP, pues es propiamente una actividad comercial la que está realizando. De acuerdo a la técnica contable y las NIF, todas las erogaciónes realizada para construir un bien formaran parte de la inversión. De acuerdo a la LISR, titulo IV, capitulo II, sección I, el contribuyente acumulara la ganancia en venta de activos y podrá deducir las inversiones, es decir, remite al titulo II , capítulo 2, sección 2 de la deducción de inversiones , donde se señala que en caso de enajenacion de activo, se podra deducir en el ejercicio la parte aun no deducida, una vez de actualizada Puedes abrir una cuenta llamada activo fijo en construccion y como subcuenta el predio/inmueble que se esta construyendo, en cada sub cuenta, se acumularia el costo de terreno, los materiales, mano de obra y demas gastos indirectos para su construcción, una vez concluida la construccion pasarias el saldo a una cuenta que podrias llamar activos fijos disponibles para venta Saludos! [i]Editado: Noviembre 09, 2019 22:09:01[/i]
Tópico: Reversa a gasto en el ejercicio siguiente
NicolasCastilloPerales

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Noviembre 08, 2019 19:18:36 Asunto: Re: Reversa a gasto en el ejercicio siguiente
cpenrique En mi opinion no seria correcto, pues se trata de años distintos. En el entendido que se quiera corregir lo del 2018 se podría proceder de la siguiente manera; 1) Presentar complementaria quitando esa deducción y pagando el impuesto y sus accesorios 2) Aplicar lo dispuesto en la NIF B-1, es decir, aumentando la cuenta de 'utilidad del ejercicio' y pagando el impuesto correspondiente. En estos dos supuestos nunca habra una afectación contable a los resultados del 2019. Sin embargo si la habra fiscalmente, lo que puede llevar a tener una utilidad fiscal y una pérdida contable. Algo que a nadie le gusta por obvias razones. Lo mas viable seria bajar % de las depreciaciones, reclasificar gastos a inversiones, depurar las cuentas por pagar para reconocer ingresos por condonacion de deudas, facturar servicios que le proporcionen a la parte relacionada, etc. [i]Editado: Noviembre 08, 2019 20:03:36[/i]
Tópico: Ingreso en Estado de Cuenta Bancario, pero no existe ninguna factura
NicolasCastilloPerales

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Noviembre 08, 2019 14:20:53 Asunto: Re: Ingreso en Estado de Cuenta Bancario, pero no existe ninguna factura
BryanMedina La informacion que nos proporcionas no es suficiente para darte una opinion precisa, primero debes identificar el concepto de estos depositos Es decir, si son prestamos, aportacion de capital o son por cobranza a clientes, etc Saludos!
Tópico: SOCIEDADES SIN MOVIMIENTO
NicolasCastilloPerales

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Noviembre 06, 2019 14:28:47 Asunto: Re: SOCIEDADES SIN MOVIMIENTO
Petrus Lo mas recomendable es que si ya no hay actividad ni se piensa retomar, se iniciara el proceso de liquidacion y la cancelacion del RFC para evitar estar enviando declaraciones en 0 y como bien dices la contabilidad electronica, haya o no movimientos. Saludos! [i]Editado: Noviembre 06, 2019 14:30:51[/i]
Tópico: VENTA DE BODEGA
NicolasCastilloPerales

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Noviembre 04, 2019 12:19:44 Asunto: Re: VENTA DE BODEGA
AntonioMtz Por lo que comentas, fue una enajenacion espontanea de un bien inmueble, que ademas no se encontraba registrado como activo de su actividad empresarial, por lo cual, en mi opinion, es correcto que se le de el tratamiento bajo ese regimen (enajenacion de bienes). Saludos. [i]Editado: Noviembre 04, 2019 12:20:25[/i]
Tópico: Compensacion IVA 2017 Vs ISR 2019
NicolasCastilloPerales

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Noviembre 02, 2019 20:48:50 Asunto: Re: Compensacion IVA 2017 Vs ISR 2019
Totalmente posible, con fundamento en las reglas 2.3.10 y 2.3.11 de la RMF 2019. Te dejo enlace donde podras presentar el aviso; [url]https://www.sat.gob.mx/tramites/25550/presenta-el-aviso-de-compensacion-para-tu-empresa[/url] Saludos!
Tópico: CFDI MESES POSTERIORES P.F. ACT EMP Y PROF
NicolasCastilloPerales

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Noviembre 01, 2019 23:45:34 Asunto: Re: CFDI MESES POSTERIORES P.F. ACT EMP Y PROF
Alvadgelis Por lo que comentas, la venta de casas es una actividad recurrente del contribuyente, por lo que considero que el notario no deberia realizar la retención, sino que el contribuyente es el que debe generar el impuesto conforme a lo establecido en el titulo IV, capitulo II, seccion 1. Es decir, acumularia la utilidad fiscal de la venta de activos fijos. Y ademas emitirá el CFDI conforme al art 212 de la RLISR. Los gastos formaran parte del MOI y se deduciran cuando se venda el bien, como lo dispone tal regimen, que a la vez remite al procedimiento indicado en el título II: 'de las inversiones' Por otra parte, sobre el transporte, se deberia estar emitiendo el cfdi al publico en general de forma mensual haciendo relacion a cada ticket u operacion diaria, de esta manera se consigue empatar los ingresos y las deducciones sin tener que suponer margenes de utilidad Debe de tener algun tipo de control interno el contribuyente para saber cuanto ingreso en esos meses que se omitió facturar. Hay que tener cuidado con las suposiciones, pues se puede infringir en temas de defraudación fiscal Saludos [i]Editado: Noviembre 02, 2019 00:10:28[/i]
Tópico: Ingreso obtenido por un socio..
NicolasCastilloPerales

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Octubre 30, 2019 16:26:59 Asunto: Re: Ingreso obtenido por un socio..
BryanMedina No era necesario hacer una factura por esa transacción. Es importante que se cancele la factura, por que sino van a querer acumularsela al socio cuando obviamente no es un ingreso, sino un deposito por error/confusion. Saludos.
Tópico: Arrendamiento, pago año completo
NicolasCastilloPerales

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Octubre 30, 2019 13:18:23 Asunto: Re: Arrendamiento, pago año completo
hm En mi opinion, en este caso, tanto para la PF como PM, el momento de acumulacion va a ser el mismo, esto por que se tendrá que emitir el CFDI por el total de la operación, lo que automáticamente cae en los supuestos del articulo 17 para la PM. Sobre el efectivo, habria que estar atento a los umbrales que indica la 'ley anti-lavado' para informarlo en su caso. Saludos y buen mitad de semana.
Tópico: pago de tarjeta de credito del socio
NicolasCastilloPerales

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Octubre 30, 2019 13:02:45 Asunto: Re: pago de tarjeta de credito del socio
CP Paco. El articulo 10 menciona; [quote]No se estará obligado al pago del impuesto a que se refiere este artículo cuando los dividendos o utilidades provengan de la cuenta de utilidad fiscal neta que establece la presente Ley[/quote] La empresa cubre con el CUFIN el pago de la tarjeta. Por lo cual no habria que realizar la piramidacion y la aplicacion del articulo 9, solamente retener el 10%, sin embargo al banco -obviamente - habria que pagarle integramente. Esa es la duda, que ese 10% tendria que ser cubierto por la empresa, al no poder retener el desembolso de dinero, pero tener que enterarlo al considerarse dividendo ficto. Otra opcion que me han recomendado seria que se hiciera contrato de mutuo, lo cual, como lo mencione anteriormente, no es viable pues el socio no pagara Saludos [i]Editado: Octubre 30, 2019 13:11:30[/i]

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