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Tópico: ¿Sobre cuáles ingresos se calcula el tope de deducciones personales?
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Abril 17, 2023 14:19:00 Asunto: Re: ¿Sobre cuáles ingresos se calcula el tope de deducciones personales?
Es importante hacer las validaciones vs los cálculos del aplicativo.
Tópico: ¿Sobre cuáles ingresos se calcula el tope de deducciones personales?
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Abril 17, 2023 14:18:31 Asunto: ¿Sobre cuáles ingresos se calcula el tope de deducciones personales?
Fiscal abril 17, 2023 Precisión sobre los ingresos a considerar para el tope de 15% de deducciones personales. Fiscalia - C.I.F. Una de las dudas frecuentes al momento de preparar la declaración anual de las personas físicas es sobre cuáles ingresos se aplica el tope de deducciones personales. El último párrafo del Artículo 151 referido, establece lo siguiente: El monto total de las deducciones que podrán efectuar los contribuyentes en los términos de este artículo, no podrá exceder de la cantidad que resulte menor entre cinco salarios mínimos generales elevados al año, o del 15% del total de los ingresos del contribuyente, incluyendo aquéllos por los que no se pague el impuesto. Lo dispuesto en este párrafo no será aplicable tratándose de las fracciones III y V de este artículo. Con esta limitación el contribuyente tiene dos limitantes del monto que podrá deducir, debiendo aplicar la que sea menor: Cinco salarios mínimos generales (UMA) elevados al año: $175,505 (para 2022) El 15% del total de los ingresos del contribuyente. En cuanto al total de ingresos del contribuyente, el Artículo 151 claramente señala en el párrafo citado anteriormente, que el porcentaje del 15% se calcula sobre el total de los ingresos del contribuyente, incluyendo aquéllos por los que no se pague el impuesto. Esto es, deben considerarse todos los ingresos del contribuyente, no solamente los acumulables.
Tópico: Duda Excención Sector Agropecuario (IETU)
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Abril 17, 2023 14:17:24 Asunto: Re: Duda Excención Sector Agropecuario (IETU)
Hola, no van de la mano, el IETU tiene el efecto de eliminar los efectos de regimenes especiales.
Tópico: sobre multas de no presenta diot
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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Abril 17, 2023 14:15:43 Asunto: Re: sobre multas de no presenta diot
El post está en el foro equivocado.
Tópico: APLICACION REGLA 3.2.4 FRACCION IV
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Abril 17, 2023 14:14:35 Asunto: Re: APLICACION REGLA 3.2.4 FRACCION IV
Hola, no lo entiendo así, la redacción es para evitar duplicidades, como lo entiendo, si no se emita el CFDI de la transacción, el anticipo queda acumulado en el año. No lo puedes restar de los ingresos para la anual.
Tópico: Ingresos por obra publica de una Constructora
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Abril 17, 2023 14:05:14 Asunto: Re: Ingresos por obra publica de una Constructora
'Los contribuyentes que celebren contratos de obra inmueble, considerarán acumulables los ingresos provenientes de dichos contratos, en la fecha en que las estimaciones por obra ejecutada sean autorizadas o aprobadas para que proceda su cobro, siempre y cuando el pago de dichas estimaciones tengan lugar dentro de los tres meses siguientes a su aprobación o autorización; de lo contrario, los ingresos provenientes de dichos contratos se considerarán acumulables hasta que sean efectivamente pagados. Los contribuyentes que celebren otros contratos de obra en los que se obliguen a ejecutar dicha obra conforme a un plano, diseño y presupuesto, considerarán que obtienen los ingresos en la fecha en la que las estimaciones por obra ejecutada sean autorizadas o aprobadas para que proceda su cobro, siempre y cuando el pago de dichas estimaciones tengan lugar dentro de los tres meses siguientes a su aprobación o autorización; de lo contrario, los ingresos provenientes de dichos contratos se considerarán acumulables hasta que sean efectivamente pagados, o en los casos en que no estén obligados a presentarlas o la periodicidad de su presentación sea mayor a tres meses, considerarán ingreso acumulable el avance trimestral en la ejecución o fabricación de los bienes a que se refiere la obra. Los ingresos acumulables por contratos de obra a que se refiere este párrafo, se disminuirán con la parte de los anticipos, depósitos, garantías o pagos por cualquier otro concepto, que se hubiera acumulado con anterioridad y que se amortice contra la estimación o el avance...'
Tópico: Pago indebido o en exceso??
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Abril 17, 2023 14:00:36 Asunto: Re: Pago indebido o en exceso??
Es lo mismo, es compensable o se puede pedir en devolución, implementa controles para evitar lo anterior.
Tópico: COMPENSACION DE ISR CON IVA A FAVOR DE ACTIVIDADES TASA 0%
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Abril 17, 2023 11:25:19 Asunto: Re: COMPENSACION DE ISR CON IVA A FAVOR DE ACTIVIDADES TASA 0%
No.
Tópico: derechos de autor
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Abril 17, 2023 11:24:57 Asunto: Re: derechos de autor
Tienen una parte exenta.
Tópico: Ingresos de RESICO con intereses y salarios: ¿Reales, exentos, gravados?
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Abril 16, 2023 22:42:37 Asunto: Re: Ingresos de RESICO con intereses y salarios: ¿Reales, exentos, gravados?
Antes legislaban los formularios, hoy lo hacen los aplicativos.

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