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Tópico: Inicia período para pago de PTU
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Mayo 04, 2023 07:51:02 Asunto: Inicia período para pago de PTU
Fiscal mayo 03, 2023 Inician los meses en que se debe entregar este concepto. Fiscalia - C.I.F. Mayo es el mes en el que inicia formalmente la obligación del pago de la Participación de los Trabajadores en las Utilidades de la Empresa (PTU). El Artículo 122 de la Ley Federal del Trabajo (LFT) señala que el reparto de utilidades entre los trabajadores deberá efectuarse dentro de los sesenta días siguientes a la fecha en que deba pagarse el impuesto anual. Para el caso de las personas morales, el plazo para la presentación de su declaración anual vence en marzo, mientras que para las personas físicas vence en abril, por lo que durante el mes de mayo y junio los patrones personas morales tienen la obligación de realizar las entregas de PTU a sus trabajadores, mientras que para los patrones personas físicas esta obligación vence en septiembre. En Fiscalia podrás encontrar toda la información, casos prácticos y herramientas necesarias para facilitar la determinación y pago de este concepto, así como para cumplir adecuadamente con todas las obligaciones que conlleva. Consulta la siguiente información de Fiscalia que te será útil para iniciar con el cumplimiento de esta obligación: Artículo: Participación de los Trabajadores en las Utilidades de la Empresa 2023 Caso práctico: Individualización de PTU 2023 y su retención de ISR
Tópico: Alguien me podria informar
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Mayo 03, 2023 09:06:37 Asunto: Re: Alguien me podria informar
En la medida que no surja un decreto posterior, sigue siendo aplicable, un ejemplo es el decreto de colegiaturas, que ese decreto no ha sido derogado, sigue siendo aplicable.
Tópico: los llamados depósitos o tiendas de la esquina
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Mayo 02, 2023 16:13:23 Asunto: Re: los llamados depósitos o tiendas de la esquina
Coincido, pero tampoco tengo claro bajo que argumento los puedes eximir de.
Tópico: Muestras de mi producto.
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Mayo 02, 2023 16:12:17 Asunto: Re: Muestras de mi producto.
Se facturan como muestras, les pones el valor, menos descuento del mismo monto menos 1 centavo, en la descripción del descuento le pones muestras.
Tópico: DUDA EN ARRENDAMIENTO DE PM A PM
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Mayo 02, 2023 12:25:01 Asunto: Re: DUDA EN ARRENDAMIENTO DE PM A PM
Si.
Tópico: Nuevo sentido de opinión de cumplimiento: “Sin obligaciones fiscales”
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Mayo 02, 2023 12:24:19 Asunto: Re: Nuevo sentido de opinión de cumplimiento: “Sin obligaciones fiscales”
Anteriormente salían positivas estos casos.
Tópico: Nuevo sentido de opinión de cumplimiento: “Sin obligaciones fiscales”
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Mayo 02, 2023 11:23:03 Asunto: Nuevo sentido de opinión de cumplimiento: “Sin obligaciones fiscales”
Fiscal mayo 02, 2023 Cuando el contribuyente se encuentre inscrito en el RFC pero no tiene obligaciones fiscales. Fiscalia - C.I.F. Como parte de los cambios en la Resolución Miscelánea Fiscal de 2023, se adiciona un nuevo sentido de la opinión del cumplimiento de obligaciones fiscales de rubro “Inscrito sin obligaciones fiscales”. Opinión “Inscrito sin obligaciones fiscales” De acuerdo con la Regla 2.1.37., la opinión de cumplimiento se generará atendiendo a la situación fiscal del contribuyente. Previamente, los sentidos vigentes eran únicamente: Positiva Negativa En suspensión de actividades Ahora, se adiciona el sentido “Inscrito sin obligaciones fiscales”. De acuerdo con la Regla, esta opinión se emite “cuando el contribuyente se encuentre inscrito en el RFC pero no tiene obligaciones fiscales”. A continuación, se muestra una opinión de cumplimiento con el sentido “sin obligaciones fiscales”: Cabe señalar que no hay una indicación clara de cómo un contribuyente actualiza esta opinión. Lo más probable es que sea aplicable para las personas inscritas al RFC bajo el régimen “Sin obligaciones fiscales”. No obstante, a la fecha, se han presentado casos en que los contribuyentes inscritos exclusivamente en el régimen de sueldos y asimilados también actualizan esta opinión. Implicaciones de “Inscrito sin obligaciones fiscales” De acuerdo con las leyendas contenidas en la opinión de cumplimiento, una opinión en sentido de “Inscrito sin obligaciones fiscales” implica que: Se tomará como positiva para estímulos o subsidios cuando el monto del subsidio no rebase de 40 UMAS elevado al año (1,513,776 pesos al 2023), en caso contrario se considera como resultado Negativo Se considera Opinión Negativa para efectos de contratación de adquisiciones, arrendamientos, servicios u obra pública. Cambios a la RMF El 25 de abril de 2023 se emitieron múltiples cambios a la RMF. Para consultar el detalle de estas modificaciones, consulte Análisis de la II Modificación a la Resolución Miscelánea Fiscal 2023.
Tópico: saldo a favor de ISR o de IMPAC
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Mayo 01, 2023 17:02:16 Asunto: Re: saldo a favor de ISR o de IMPAC
Todos los pagos se consideran de ISR como lo señala Enrique.
Tópico: importacion de servicios
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Mayo 01, 2023 17:00:05 Asunto: Re: importacion de servicios
El fundamento es el correcto, no te pueden pedir que les consigas escritos de terceros, lo que pueden pedir es un PT tuyo con el análisis de esos dos proveedores con firma de tu RL. Saludos,
Tópico: RELACION DE PROVEEDORES, DEV. DE IVA
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Abril 30, 2023 23:48:32 Asunto: Re: RELACION DE PROVEEDORES, DEV. DE IVA
Correcto.

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