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Tópico: Cómo solucionar las comillas o caracteres especiales del nombre en el CFDI 4.0
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Mayo 22, 2023 10:11:11 Asunto: Cómo solucionar las comillas o caracteres especiales del nombre en el CFDI 4.0
Fiscal mayo 22, 2023 Procedimiento alternativo para solucionar el problema de los caracteres especiales. Fiscalia - C.I.F. CURRICULUM El 19 de mayo de 2023 Fiscalia publica el artículo “Nuevo problema en CFDI 4.0: Nombres con “comillas””, en el que se expone el problema de que existen nombres de contribuyentes en el Registro Federal de Contribuyentes (RFC) que tienen “comillas” y que, por esta razón, no es posible timbrar una factura con ese nombre. En el artículo se expone que la solución es que el contribuyente tramite la corrección del nombre ante el SAT, puesto que esto genera problemas de validación. Esto, sin duda, es la solución más adecuada para esta situación; sin embargo, existen otros casos de caracteres especiales como comillas sencillas, ampersand (et), u otros caracteres que puede formar parte del nombre y que, por ello, no es posible tramitar una corrección ante el RFC, pues el nombre correcto lleva esos símbolos. En este sentido, una solución alternativa para atacar este problema es el denominado “escape” de caracteres, el cual se hace remplazando el carácter especial con un código computacional, tal como se define en el Anexo 20 de la Resolución Miscelánea Fiscal, el cual establece: El documento XML debe expresarse bajo el estándar de codificación UTF-8 y en particular se deben usar secuencias de escape cuando en los valores especificados dentro de los atributos del archivo exista alguno de los siguientes casos especiales. En el caso del & se deberá usar la secuencia & En el caso del “ se deberá usar la secuencia ' En el caso del < se deberá usar la secuencia < En el caso del > se deberá usar la secuencia > En el caso del ‘ se deberá usar la secuencia ' Ejemplos: Para representar nombre=“Juan & José & “Niño” se usará nombre=”Juan & José & 'Niño'” Es importante revisar que esta medida pueda ser implementada en el sistema, para asegurarse que este no contiene restricciones particulares en cuando al uso de estos símbolos o códigos y, en su caso, realizar las adecuaciones pertinentes para poder manear estos caracteres en el comprobante fiscal digital.
Tópico: clave ciecc
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Mayo 22, 2023 09:01:55 Asunto: Re: clave ciecc
Correcto.
Tópico: ventas a plazo
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Mayo 21, 2023 19:36:40 Asunto: Re: ventas a plazo
Puede ser, deberías intentarlo en un juicio de amparo y ver como te va.
Tópico: integracion
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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Mayo 21, 2023 19:08:52 Asunto: Re: integracion
Excelente Pepe, gracias por el ilustrativo ejemplo.
Tópico: Los procesos tecnológicos deben usarse para lograr un acercamiento con los contribuyentes.
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Mayo 21, 2023 19:07:38 Asunto: Re: Los procesos tecnológicos deben usarse para lograr un acercamiento con los contribuyentes.
En antaño los nuevos desarollos eran puestos a prueba compartiendo con los colegios para su validación, sin embargo eso dejo de suceder y las fallas se han incrementado.
Tópico: Ventas por extranjero vía Amazon a mexicanos
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Mayo 19, 2023 23:38:27 Asunto: Re: Ventas por extranjero vía Amazon a mexicanos
Hola, no me queda claro el fundamento de retención del 20%, cual es? No sé si es correcta la afirmación de que se ve en la necesidad de inscribirse en el RFC, para ello tendrías que evaluar su carga fiscal vs el 20% y ver que es mas conveniente. Porque dices que no tiene EP?, cuando se dice lugar de negocios, en ninguna parte dice que ese lugar debe ser tuyo, tienes mercancias en México que al momento de hacer la venta de hacer una transmisión de propiedad en territorio nacional. Ya leíste los 2 artículos de EP de la LISR? No creo que no tengas obligaciones en México, a reserva de hacer un análisis a detalle, me inclino a pensar que las deberías tener. Porque no sujeto al IVA?, estas vendiendo bienes en México con entrega al país. Porque no le preguntas a Amazon el tratamiento que le dan ellos, los demás solo van a especular. Estas sujeto al ISR, en mi opinión si, no es un tema de fuente de riqueza, eso es título V, para mi estás en título II y no aplica ese concepto. Una pregunta, porque usas 3 signos de interrogación, uno no es suficiente?
Tópico: Los procesos tecnológicos deben usarse para lograr un acercamiento con los contribuyentes.
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Mayo 19, 2023 15:54:38 Asunto: Los procesos tecnológicos deben usarse para lograr un acercamiento con los contribuyentes.
Fiscal mayo 19, 2023 SAT: Imprescindible propiciar cercanía efectiva con el contribuyente Fiscalia - C.I.F. El Artículo 2 de la Ley del Servicio de Administración Tributaria (SAT) establece las cuatro responsabilidades de este órgano desconcentrado, las cuales consisten en: Aplicar la legislación fiscal y aduanera con el fin de que las personas físicas y morales contribuyan proporcional y equitativamente al gasto público Fiscalizar a los contribuyentes para que cumplan con las disposiciones tributarias y aduaneras Facilitar e incentivar el cumplimiento voluntario de dichas disposiciones Generar y proporcionar la información necesaria para el diseño y la evaluación de la política tributaria Destaca la responsabilidad número 3, la de facilitar e incentivar el cumplimiento voluntario de las disposiciones tributarias y aduaneras. Una de las formas por excelencia para facilitar el cumplimiento de las obligaciones fiscales es la aplicación de la tecnología y la automatización de procesos. En este sentido es posible afirmar que el camino que ha seguido el SAT ha sido el correcto: El uso de las tecnologías de la información para generar datos y procesos que agilicen no sólo el cumplimiento fiscal por parte del contribuyente, sino su función esencial de gestión tributaria y su fiscalización; sin embargo, como ya se ha mencionado en otras publicaciones: (…) es el camino seguido en su implementación [de la digitalización de procesos] el que presenta graves deficiencias que están generando resultados contrarios a los deseados: La inoperancia de los sistemas, la rigidez que impide su uso correcto, los altos costos no sólo de incumplimiento, sino los de cumplimiento, que son aquellos incurridos para adoptar las nuevas versiones que se vuelven necesarias por la falta de una adecuada planeación inicial. [*] Es entendible que ante cualquier adaptación o implementación tecnológica se presenten fallas e ineficiencias, esto es parte natural de los procesos tecnológicos. Precisamente por ello es necesaria una apertura entre las partes a fin de solucionar los obstáculos que se enfrenten. Más aún cuando se trata de una relación jurídico-tributaria entre autoridad y contribuyentes, en donde incumplimientos y sanciones van de por medio. A lo largo de 2023 los contribuyentes en México han vivido varias implementaciones de tecnología para el cumplimiento de obligaciones, entre las que destacan: La obligatoriedad generalizada de la versión 4.0 de la factura electrónica Una nueva plataforma para la declaración anual de personas morales La presentación del dictamen fiscal con un plazo reducido en dos meses En todos estos procesos se han presentado fallas e ineficiencias de los sistemas de la autoridad, que han impedido que los contribuyentes cumplan de la manera “fácil” que indica la Ley del SAT, o bien, simplemente que cumplan a tiempo. En el caso de la declaración anual de personas morales y del dictamen fiscal, se presentaron fallas que fueron reportadas a la autoridad con anticipación. Algunas fueron atendidas, otras no; no obstante, ante la petición de evidentes e imperiosas prórrogas para el cumplimiento de estas obligaciones, la autoridad simplemente las negó. En este sentido, también se tiene que los canales de comunicación, al buscarse su automatización, se ha caído en una “despersonalización” de la atención, en la que prácticamente no es posible hablar con ningún funcionario, sino que todo se hace a través de los medios tecnológicos, lo que hace que se pierda el sentido humano que debe regir en toda sociedad y en toda relación gobierno-ciudadano. Existe un evidente alejamiento entre autoridad y contribuyentes, lo que provoca que las necesidades de los ciudadanos no sean escuchadas por la autoridad, afectando así el cumplimiento de las obligaciones, en un entorno de inseguridad jurídica al ser desconocido para el ciudadano la manera de cumplir con una obligación tan relevante como es el pago de los impuestos, pero a la que se ve imposibilitado por la frecuente inoperancia de los medios tecnológicos para hacerlo, y sin la posibilidad de recibir una solución rápida y eficaz por parte de las autoridades. El caso más reciente, el del dictamen fiscal, presenta un importante escenario en el que existe una imposibilidad práctica de cumplimiento en tiempo por causa ajena al contribuyente (una falla en el sistema de la autoridad); sin embargo, sin importar que existe una evidente justificación para una prórroga, esta no sólo es negada, sino que no existe un pronunciamiento oficial de qué sucederá con aquellos dictámenes que no se presentaron a tiempo, cuáles serán las consecuencias para los contribuyentes dictaminados, así como para los dictaminadores. Sería de gran ayuda que la autoridad se pronunciara de una forma clara y, sobre todo, razonable, sobre los efectos de esta falla del sistema, cuestión ajena al contribuyente, pero esto no ha sucedido. Sin duda la automatización de los procesos es el camino a seguir en la ruta de la eficiencia en la administración tributaria, pero esta no debe estar peleada con el acercamiento a los ciudadanos, al contrario, el objetivo de agilizar los procedimientos y trámites debería ser el lograr un acercamiento y un trato más personal, de manera que se cumpla el mandato de Ley, que es facilitar el cumplimiento de las obligaciones. La relación tributaria (recaudador-contribuyente) es compleja por su naturaleza, y un alejamiento entre las partes genera mayor complejidad. Atender las necesidades reales y evidentes de los contribuyentes, sin comprometer las necesidades de las autoridades para la gestión recaudatoria, siempre ayudará a obtener mejores resultados. __________ Nota al pie [*] Leal Cueva, Gustavo. Caos con las aplicaciones del SAT. Fiscalia. Febrero 13, 2023. https://www.fiscalia.com/publicaciones/18972. Última visita: Mayo 19 2023.
Tópico: UN FACTURA SE PUEDE CANCELAR CON NOTA DE CREDITO
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Mayo 19, 2023 15:53:15 Asunto: Re: UN FACTURA SE PUEDE CANCELAR CON NOTA DE CREDITO
No, les paso de noche tremenda reforma en la materia.
Tópico: FACTURACION
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Mayo 19, 2023 15:52:39 Asunto: Re: FACTURACION
Pues hazle el cambio, cual es el issue?
Tópico: Nuevo problema en CFDI 4.0: Nombres con “comillas”
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Mayo 19, 2023 12:00:25 Asunto: Re: Nuevo problema en CFDI 4.0: Nombres con “comillas”
Buzos.

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