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Tópico: Como les fue con los dictamenes?
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Julio 01, 2005 Asunto: Como les fue con los dictamenes?
Asunto: Precisiones en relación con la presentación del dictamen fiscal del ejercicio 2004. México, D.F., C.P.C. Pablo Mendoza García, Presidente del H. Instituto Mexicano de Contadores Públicos, A.C. En relación con la presentación de los dictámenes de estados financieros para efectos fiscales del ejercicio de 2004, se hace de su conocimiento lo siguiente: 1. En relación con los contribuyentes que optaron por presentar dictamen fiscal de estados financieros del ejercicio 2004, que hayan ejercido la opción a través del escrito libre a que se refiere la Regla 2.10.24 de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2005, y que hayan señalado en el propio escrito libre los datos del contador público registrado que les formulará el dictamen fiscal, cuando dichos dictámenes no sean presentados dentro del plazo autorizado o bien cuando no sean presentados, no obstante lo anterior, la Administración General de Auditoría Fiscal Federal, no sancionará a los contadores públicos registrados que se ubiquen en el supuesto señalado, lo anterior, en virtud de que la obligación de presentar el dictamen fiscal es de los contribuyentes y no de los contadores públicos. Adicional a lo anterior, en el Código Fiscal de la Federación y en su Reglamento no se prevé sanción alguna para los contadores públicos por el supuesto que se ha señalado. 2. Tratándose de contadores públicos registrados, contribuyentes y representantes legales que aún no han tramitado la Firma Electrónica Avanzada (FEA), se hace de su conocimiento que la autoridad atenderá las solicitudes para obtener la FEA, por lo que se recomienda que continúen asistiendo para tramitarla durante los días 30 de junio y 1 de julio del año en curso, y de esa manera estén en posibilidades de presentar su dictamen fiscal del ejercicio 2004 en un plazo breve. Respecto de aquellos contribuyentes que realicen el trámite para la obtención de su FEA, en los términos del párrafo anterior, la Administración General de Auditoría Fiscal Federal lo tomará en cuenta para que, en su caso, se le de efectos fiscales a los dictámenes que sean presentados en forma extemporánea en un plazo breve. ...2 -2- 3. Los contribuyentes que presenten su dictamen el día 30 de junio del año en curso y no reciban el acuse de recibo en forma inmediata, en el que se les indique que su dictamen fue aceptado, podrán revisar en la página del SAT el estatus de su dictamen, para verificar que se presentó en tiempo; de confirmarlo, con esto será suficiente para comprobar que cumplieron con su obligación en tiempo, independientemente de que posteriormente reciban su acuse; sugiriendo que se obtenga una impresión de dicho estatus. Quedo a sus órdenes para cualquier comentario sobre el particular. Atentamente, Sufragio Efectivo. No Reelección. El Administrador Central. Lic. Alberto Real Benítez. c.c.p. Lic. Mario Alfonso Cantú Suárez, Administrador General de Auditoría Fiscal Federal. Lic. Norma Leticia Morales Campos, Administradora Central de Supervisión y Evaluación de la Fiscalización Nacional. C.P. Antonio Martínez Reynoso, Administrador de Normatividad de Dictámenes. AMR / SPR / EPD*
Tópico: Sociedad Civil ó PFAP
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Junio 27, 2004 Asunto: Re: Sociedad Civil ó PFAP
Estimada Laura: No vas a encontrar las SC en una Ley Mercantil, ya que como su nombre lo indica, las SC son Sociedades Civiles, reguladas, por tanto, en una Ley Civil. Checa el Código Civil Federal. La creación es muy similar, vas con el notario y todo eso, pero ellos saben mejor los pasos en las SCs asi que ni te angusties. Las bondades de la SC radican en si va a tener fines de lucro o no para saber si va a ser PM no contribuyente y la otra, la manera de repartir las utilidades como anticipos a cuenta de, reteniendo el ISR con el Capitulo I de Salarios.
Tópico: SERVICIOS CONTRATADOS EN EL EXTRANJERO
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Junio 26, 2004 Asunto: Re: SERVICIOS CONTRATADOS EN EL EXTRANJERO
Si los deduce y el requisito es tener un comprobante, y la comprobación de que se erogo.
Tópico: ANIMO!!!!
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Junio 23, 2004 Asunto: Re: ANIMO!!!!
De verdad da pena como se ahogan en un vaso de agua y como sobrevaloran o malinterpretan un comentario. El foro es libre y cada quien puede exponer lo que crea, aunque como dicen sin ofender y la verdad no creo que haya sido la idea de Laura hacer menos a nadie. Si no estuve en el foro fue por los dictamenes y me imagino que había mas gente en mi mismo caso y esa es la razon real de que el foro quizá haya estado menos activo que de costumbre. Puede ser que el mensaje inicial no transmitiera la idea exacta, pero creo que hacen mas mal en contestar con e hígado y terminar tirándole a quien ninguna culpa tiene ni nada ha dicho como en este caso yo. Para los que no lo saben yo sigo contestando a pesar de que hace casi 1600 mensajes mi rango ya no va a subir, 3000 mensajes es el ultimo rango y despues de eso no hay nuevos, asi que si dicen que si contesto solo por eso, pues el argumento en vista de los hechos es evidentemente inaplicable. Y claro que todos son necesarios y mas los que no saben o que aun sabiendo preguntan todo porque son los que dan la pauta para que otros participen, hay días que entro y no hay dudas nuevas...pues no puedo aportar. No se sientan menos y fuera complejos!!!!!
Tópico: Ingresos por enajenación de bienes
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Junio 23, 2004 Asunto: Re: Ingresos por enajenación de bienes
Dale primero una leidita al capítulo de otros ingresos y luego puntualizamos las dudas subsistentes, que despues de leerlo no deben ser muchas.
Tópico: REGALIAS POR DERECHOS DE AUTOR PAGADAS DESDE USA
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Junio 23, 2004 Asunto: Re: REGALIAS POR DERECHOS DE AUTOR PAGADAS DESDE USA
Se acumula (a menos que acredites la residencia en USA) y se considera la exención, acreditas el ISR pagado en el extranjero.
Tópico: sociedad mutualista
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Junio 23, 2004 Asunto: Re: sociedad mutualista
SOCIEDAD MUTUALISTA DE SEGUROS DE VIDA O DE DAÑOS NO UTILIZA SIGLAS LEY QUE LA REGULA Ley General de Instituciones y Sociedades Mutualistas de Seguros CARACTERISTICAS - Se constituye siguiendo el modelo de la sociedad anónima pero con elementos especiales que regula la Ley de la materia, dependiendo del riesgo que ampare y limitada a la autorización que emita la S.H.C.P. de manera intransferible. PROCESO DE CONSTITUCION - Escritura publica y protocolizaciones - Autorización de la S.H.C.P. y de la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas - Inscripción en el Registro Público de Comercio NOMBRE Denominación limitativa en palabras, como seguro, coaseguro, reaseguro y aseguradora. CAPITAL SOCIAL Monto en Unidades de Inversión que será fijado por la S.H.C.P. según el ramo o ramos que autorice, pudiéndose modificar por acuerdo de la misma Secretaría durante el primer trimestre de cada año. Puede ser fijo o variable, pero si es variable, el mínimo obligatorio será sin derecho a retiro. RESERVAS - Fondo Ordinario de Reserva: 10% anual de las utilidades hasta alcanzar el 75% del importe del capital social pagado; - Reservas Técnicas: De riesgo, de obligaciones pendientes de cumplir y las demás previstas en la Ley. NUMERO DE SOCIOS Mínimo dos socios, máximo ilimitado. DOCUMENTOS QUE ACREDITAN AL SOCIO - Acciones ordinarias, de voto limitado en aseguradoras mayoritariamente mexicanas. - Acciones serie “E” y “M” en aseguradoras mayoritariamente extranjeras o filiales de instituciones financieras del exterior. RESPONSABILIDAD DE LOS SOCIOS Hasta por el monto de sus acciones. PARTICIPACION DE EXTRANJEROS Capital mayoritariamente extranjero o filiales de instituciones financieras del exterior. ORGANOS SOCIALES Y DE VIGILANCIA - Asamblea de socios - Consejo de administración con aprobación expresa de la S.H.C.P. - Director general con aprobación expresa de la S.H.C.P. - Comisarios http://www.notaria178.com.mx/Sociedades.htm
Tópico: Seg pagados x anticipado y dep en garantia, juegan par I.A.
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Junio 23, 2004 Asunto: Re: Seg pagados x anticipado y dep en garantia, juegan par I
Si, caen en la redacciíon que dice "entre otros" y además no están expresamente excluidos.
Tópico: DIA FESTIVO TRABAJADO INTEGRA
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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Junio 23, 2004 Asunto: Re: DIA FESTIVO TRABAJADO INTEGRA
Claro que integra y es variable en la medida que no se tenga la certeza o fijo cuando ya se sabe con antelación el hecho.
Tópico: MANERA DE HACER LO INCORRECTO, CORRECTO
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Junio 16, 2004 Asunto: Re: MANERA DE HACER LO INCORRECTO, CORRECTO
Hay maneras menos arriesgadas de obtener beneficios, consulta a un asesor capaz.

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