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Tópico: AMIGOS TENDRAN POR AHI UN PROGRAMA DE CALCULO
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Mensaje Foro: Software Enviado: Mayo 18, 2006 Asunto: Re: AMIGOS TENDRAN POR AHI UN PROGRAMA DE CALCULO
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Tópico: Gastos a prorrata en el extranjero
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Mayo 18, 2006 Asunto: Re: Gastos a prorrata en el extranjero
Ya lo cheque, cuidado, parece no haber salida si son gastos a prorrata. La unica salida es que los reembolsos de gastos sean uno a uno o armar un contrato de prestación de servicios, con el costo mas un margen, pero soportando muy bien el servicio prestado.
Tópico: Pago de intereses al extranjero
Cheque

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Mayo 18, 2006 Asunto: Re: Pago de intereses al extranjero
Ya lo cheque, el propio convenio es el que establece que el beneficiario efectivo pueda ser ese país o un tercer país para ver si aplican o no, los beneficios del Convenio. En resumen, hay que checar cada artículo dentro del tratado.
Tópico: IMPAC 2005
Cheque

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Mayo 18, 2006 Asunto: Re: IMPAC 2005
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Tópico: Art.113 Retención
Cheque

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Mayo 18, 2006 Asunto: Re: Art.113 Retención
Se refiere a la sumarización de primas, indemnizaciones u otros pagos. Se aplica luego de restarle lo exento.
Tópico: DUDA URGENTE
Cheque

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Mensaje Foro: Comercio Exterior Enviado: Mayo 18, 2006 Asunto: Re: DUDA URGENTE
El IVA es un impuesto territorial con lo cual no importa que en Israel no exista, existe en México y si el servicio es prestado total o parcialmente por un residente en México (la compañía mexicana) es gravado. Art. 16 LIVA. Sólo si lo haces caer en el 29 fracción IV de la misma ley pudiera ser tasa 0%, pero tienes que entender bien la operación. No te presiones por lo que el extranjero diga, le tienes que explicar que las leyes aqui son así y si se lo tienes que cobrar, para el va a ser un costo adicional. La explicación es que si no se lo cobras, tu se lo tienes que pagar al SAT y va a ser un costo para ti.
Tópico: DUDA ENORME
Cheque

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Mayo 18, 2006 Asunto: Re: DUDA ENORME
Creo que si el formato no ayuda, ponlo como puedas y haz un escrito libre aclaratorio para dejar las cosas documentadas.
Tópico: Documento fiscal???
Cheque

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Mayo 18, 2006 Asunto: Re: Documento fiscal???
Entiendo que si, te aconsejo acudad a asistencia y te lleves tu comprobante, ahí mismo te ayuden llenar la forma y quizá salgas con tu trámite presentado.
Tópico: INTERESES BANCARIOS REALES 2004 Y 2005
Cheque

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Mayo 18, 2006 Asunto: Re: INTERESES BANCARIOS REALES 2004 Y 2005
Tengo esto, que no se si sirva, lo tengo a medias: Artículo 158 LISR.- ...ingresos por intereses .... Los establecidos en el art. 9 de esta ley..... Artículo 9....,se consideran intereses, cualquiera que sea el nombre con que se les designe.... Etc, etc.... Último párrafo: Se dará el tratamiento establecido en esta Ley para los intereses, a la ganancia proveniente de la enajenación de las acciones de las sociedades de inversión en instrumentos de deuda a que se refiere la Ley de Sociedades de Inversión. Breve resumen: los intereses encajan en el CAPITULO VI, TITULO IV.... PUNTO A OBSERVAR.. Artículo 159 5to párrafo... .... La pérdida se podrá disminuir de LOS DEMAS INGRESOS OBTENIDOS EN EL EJERCICIO....... Si en algunos de los años, por ejemplo, 2004, las personas obtuvieron perdidas, ya que las condiciones del mercado fueron: 6% DE TASAS DE INTERES (MENOS) 5% DE IFLACION (IGUAL) TASA REAL DE 1% APROX. Pero 2005. las cifras fueron.. . 9% DE TASAS DE INTERES (MENOS) 3% DE IFLACION (IGUAL) TASA REAL DE 6% (números aproximados) por lo que en general las condiciones para intereses nacionales fueron completamente distintas, perdidas para 2004 y utilidades para 2005, esto solo por INTERESES NACIONALES. INTERESES DEL EXTRANJERO. Como los anteriores artículos no excluyen intereses del extranjero de entrada incluyes éstos en el CAPITULO VI TITULO IV, Además de la redacción del 215 RISR que dice....Los contribuyentes.... En lugar de aplicar lo dispuesto en el capítulo VI del título IV... Podrán aplicar lo dispuesto en el capítulo IX del citado título...... Entonces (INTERESES DEL EXTRANJERO CAPITULO VI O IX) Sin embargo el artículo 221 RISR, te habla de una opción..... Podrán optar por calcular el monto acumulable .... Conforme a lo previsto por el artículo 168 de la ley (NO OLVIDAR QUE EL 168... CAPITULO IX ,TITULO IV, ).... O bien aplicando al monto del depósito o inversión al inicio del ejercicio, el factor que publique.... Sat... (que para este año fue del 2% (3 de marzo de 2006)). Con el 221 se obtendría en todos los casos una base gravable, y como esta empresa procura invertir en el extranjero en instrumentos exentos (aquellas empresas extranjeras que cotizan en bolsa mexicana) regularmente con el 168 obtienes perdidas elevadas.... Entonces... El problema es que durante 2004 y anteriores declararon sus perdidas del extranjero utilizando estas alternativas 168 o 221 (capítulo IX) pero el artículo 215 RISR últimos renglones te dice.... Los contribuyentes que ejerzan esta opción no podrán cambiarla en el futuro.... La alternativa de complementarias y obtener un beneficio invitaría al SAT a una revisión, ya que los importes que se manejan no tienes idea pero estamos hablando de millones en perdidas....y claramente este 215 te dice que si ya optaste por el Capítulo IX no puedes cambiarlo..bueno el problema es que el artículo 168 ... Segundo párrafo después de la fracción V, te dice que ... La perdida .... Se podrá disminuir de los intereses acumulables que perciba en los términos de ESTE CAPITULO en el ejercicio...... El problema es: EJERCICIO 2004 declarados: INTERESES NACIONALES .- CAPITULO VI (PERDIDAS POR CONDICIONES DEL MERCADO) INTERESES DEL EXTRANJERO.- CAPITULO IX (PERDIDAS POR ESTRATEGIA (INVERSIONES EN INSTRUMENTOS EXENTOS)) EJERCICIO 2005 INTERESES NACIONALES.- CAPITULO VI (GANACIAS POR CONDICIONES DEL MERCADO) INTERESES DEL EXTRANJERO.- CAPITULO IX (PERDIDAS POR ESTRATEGIA (INVERSIONES EN INSTRUMENTOS EXENTOS))
Tópico: EMPRESA EXTRANJERA
Cheque

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Mensaje Foro: Excel Enviado: Mayo 18, 2006 Asunto: Re: EMPRESA EXTRANJERA
La metiste en el foro equivocado, porque no lo metes en el fiscal para que te responden, yo por ejemplo, no entro a otro foro que no sea el fiscal.

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