13/Mar/08 13:45
Duda Excención Sector Agropecuario (IETU)
Buenas tardes !
Agradeciendo de antemano su colaboración, Actualmente en el sector primario, se tiene la excención de 40 salarios mínimos en caso de personas físicas, pero para efectos de la recuperación del IVA existe una regla micelanea que te aclara que para obtener la devolución del IVA al 100% tienes que renunciar a dicha excención.
Mi duda es en el caso del artículo 4 de la ley de IETU, que pasa si el contribuyente renuncia a la excención en ISR para la devolución del IVA al 100%, estaría renunciando tambien a dicha excención para efectos del IETU? la duda es basada en la remisión expresa de la Ley del IETU a los terminos y condiciones del Impuesto sobre la renta.
Tambien la duda es en el caso de copropiedades en el sector agropecuario, la excención de los 40% salarios por cada coopropietario en el IETU