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Tópico: DIM, ANEXO 1, CAS PDTE D ACREDITAR AL INICO DEL E JERC
juancarm

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Febrero 15, 2008 Asunto: Re: DIM, ANEXO 1, CAS PDTE D ACREDITAR AL INICO DEL E JERC
Yo lo manejo como que el credito al salario de diciembre ya se acredito contra isr, (si es que tengo contra que acreditarlo) y solamente reflejo el que efectivamente me quedara pendiente para el siguiente ejercicio. Saludos :P
Tópico: sueldos y salarios
juancarm

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Febrero 14, 2008 Asunto: Re: sueldos y salarios
[quote:0c15720c6b="btsj"]HOLA COMPAÑEROS, ES DE SUELDOS Y SALARIOS TENGO LA SIGUIENTE DUDA, SE REALIZA EL CALCULO ANUAL DE LOS TRABAJADORES SUJETOS AL CALCULO Y RESULTA IMPUESTO A CARGO, PERO NO SE LO RETENEMOS, EL PATRON LoS PAGA ACREDITANDOLAS CON CREDITO AL SALARIO. ES POSIBLE? y ADEMAS EL ANEXO DE ISR DEL DIM, IMPUESTO DE LOS INGRESOS ACUM 1,000.00 ISR RETENIDO AL CONTRIBUYENTE 100.00 ISR ACARGO 900.00 Los 900.00 son los que el patrón paga con acreditamiento de credito al salario, pero para el DIM lo tendría que dejar como el ejemplo. URGENTE SALUDOS Y GRACIAS[/quote:0c15720c6b] NO SE PUEDE LEGALMENTE PAGAR EL IMPUESTO DEL TRABAJADOR Y SE ACABA EL PROBLEMA, HAY QUE PIRAMIDAR LAS PERCEPCIONES Y RETENERLE AL TRABAJADOR PARA DESPUES ACREDITARLO CON CREDITO AL SALARIO Y EN EL DIM SE REFLEJARIA QUE EXISTIO RETENCIÓN. SALUDOS :P
Tópico: Saldo a favor aplicado en anual Sueldos
juancarm

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Febrero 14, 2008 Asunto: Re: Saldo a favor aplicado en anual Sueldos
Todo lo contrario, si son impuestos a favor (devueltos) no pueden ser impuestos retenidos. Saludos :P
Tópico: PENSION IMSS
juancarm

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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Febrero 14, 2008 Asunto: Re: PENSION IMSS
Checate la ley federal del trabajo, ahi establece los porcentajes correspondientes para cada parte del cuerpo humano. El patrón le va a pagar de por vida su pensión mensualmente???? Saludos :P
Tópico: SUELDOS Y SALARIOS
juancarm

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Febrero 13, 2008 Asunto: Re: SUELDOS Y SALARIOS
Caro: Los calculos que mencionas son correctos solamente verifica que los datos de los acumulados sean correctos y entonces es procedente el saldo a favor. Se lo podrias devolver de inmediato si tiene impuesto a cargo en el pago de su nómina (dejandole de retener) ó compensarlo contra el impuesto a cargo de otros trabajadores. Hasta el momento en que se lo devuelvas lo podras acreditar en los pagos provisionales, no antes. Saludos :P
Tópico: CAMBIO DE ACTIVIDAD
juancarm

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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Febrero 13, 2008 Asunto: Re: CAMBIO DE ACTIVIDAD
Si te fue aceptado el cambio de actividad, pues tienes que pagar con la media de la clase de lanueva actividad, si en la Ema no te han hecho el cambio pues son tardados los del imss para esos cambios, normalmente te envian una verificación para comprobar que efectivamente ya te dedicas a la nueva actividad. Saludos :P
Tópico: DECLARACION ANUAL SALARIOS?
juancarm

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Febrero 11, 2008 Asunto: Re: DECLARACION ANUAL SALARIOS?
[quote:21f543cbcd="NANE"]Gracias Lobozac!! Ahora puedo afirmar que NADIE, sabes lo ùnico que me hace cosquillas es que al rato no venga el trabajador a decirme que le llego un requerimiento por no presentar declaraciòn por no haberle realizado el calculo o decirle que tenia que presentar su declaraciòn, ! por que con los del SAT todo es posible!!! :)[/quote:21f543cbcd] Hola nane, es cierto que nadie esta obligado a realizar la declaración en esas condiciones y ¿porque sera? pues porque normalmente saldria con saldo a favor y eso no le conviene (Sat), mejor que no la presente nadie, no crees?? Saludos :P
Tópico: Subsidio al empleo
juancarm

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Febrero 05, 2008 Asunto: Re: Subsidio al empleo
[quote:05916aa631="rumago"]Hola a todos los foristas. Todos sabemos que la principal finalidad de la Reforma Fiscal para este 2008, es la de recudar mas impuestos por parte del gobierno federal. La mayoria de nosotros hemos estado ocupados en implementar en nuestros sistemas un control contable-fiscal para el IETU y de analizar su impacto en las finanzas de nuestras empresas. Sin embargo , tambien hay un mayor efecto racaudatorio en el calculo del subdidio al empleo en comparacion con el credito al salario que estuvo vigente hasta el 2007, que la mayoría de los contadores y empresarios no han reparado en él y que va a afectar la economía de los trabajadores de nuestras empresas.[/quote:05916aa631] Muy buena observación Rumago, ya se habia comentado algo anteriormente pero no con la claridad que lo expones, tu procedimiento es correcto porque recordemos que son de aplicación estricta y esto es lo que literalmente dice la ley. Algunos estan esperando a que la autoridad les otorgue algun beneficio o prefieren jugarsela y manejarlo igual que el credito al salario, pero la realidad actual es como la expusiste y pobres trabajadores porque tambien salierón amolados con esta reforma fiscal. Saludos :P
Tópico: ISPT retenido
juancarm

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Enero 31, 2008 Asunto: Re: ISPT retenido
[quote:1d6b5a0e5d="anaili"]Hola a tod@s. Estoy realizando la declaracion anual de sueldos y salarios, en el caso de tener un trabajador al cual no se le realiza cálculo anual , ¿el ISPT que le retuve queda como saldo a favor? Gracias.[/quote:1d6b5a0e5d] Porque no se realizó calculo anual???
Tópico: vales de despensa
juancarm

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Enero 31, 2008 Asunto: Re: vales de despensa
Si lo encuadraria dentro de previsión social, cuidando la documentación que debe respaldar esta acción (contratos, plan de previsión social, etc) Con respecto a lo comentado por Enrique es cierto que hay discriminación, como lo hay en la mayoria de las empresas, quien no encuentra dos personas que realizan la misma labor pero no perciben el mismo salario, eso es cosa muy comun pero el que debe de quejarse es el trabajador. Saludos :P

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