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Tópico: AFORE (DEFUNCION)
juancarm

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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Febrero 23, 2009 12:57:45 Asunto: Re: AFORE (DEFUNCION)
De inmediato con el acta de defuncion. Debe ser el beneficiario Saludos
Tópico: salario del D.F.
juancarm

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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Febrero 23, 2009 12:30:19 Asunto: Re: salario del D.F.
Porque asi lo marca la Ley del Seguro Social, normalmente en las disposaiciones del imss no hace diferencias entre areas geograficas. Saludos
Tópico: para el llenado de dart
juancarm

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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Febrero 20, 2009 14:15:31 Asunto: Re: para el llenado de dart
MARIFER, RESPUESTAS EN ORDEN: 1.- DEBES PEDIRLA PARA HACER CORRECTAMENTE LAS COSAS 2.- CON LA ST-1 SE ASEGURA CUANDO FUE EL ACCIDENTE Y DESDE QUE MOMENTO COMENZARON LAS INCAPACIDADES POR ACCIDENTE, TAMBIEN TRATE DE CONSEGUIR EL DICTAMEN DE ALTA. 3.- CHECA LA CALIFICACION DE LA ST-1 Y LA ST-2. LAS DOS DEBEN COINCIDIR SI ES RIESGO O NO ES. SALUDOS PD. NO LE HAGA MUCHO CASO A LO QUE DICEN LAS INCAPACIDADES
Tópico: DUDA SOBRE LA PRIMA DE RIESGO
juancarm

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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Febrero 20, 2009 14:07:20 Asunto: Re: DUDA SOBRE LA PRIMA DE RIESGO
PARA QUE PRESENTARLA??? SI NO LA PRESENTA ESTA EN EL SUPUESTO DE TENER MENOS DE 10 TRABAJADORES Y COTIZAR CON LA PRIMA MEDIA DE SU CLASE. IGUALMENTE AL HABER TRANSCURRIDO MAS DE SEIS MESES SIN TRABAJADORES Y SI QUIERE REACTIVAR SU REGISTRO LO UBICARAN EN LA PRIMA MEDIA DE LA CLASE, NO IMPORTANDO EL RESULTADO DE SU DETERMINACION DE LA PRIMA DE RIESGO. SALUDOS
Tópico: Saldo a favor de Ret. de ISR de Informativa Sueldos
juancarm

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Febrero 20, 2009 13:44:39 Asunto: Re: Saldo a favor de Ret. de ISR de Informativa Sueldos
Gracias a ti por darle seguimiento
Tópico: Previsión Social, mismas
juancarm

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Febrero 20, 2009 13:43:10 Asunto: Re: Previsión Social, mismas
Si puedes hacer estas diferencias, solamente establece perfectamente el concepto de 'DIRECTIVO' Y 'PERSONAL ADMINISTRATIVO' porque no debe haber ninguna excepción. Saludos
Tópico: Duda en Finiquito por muerte natural a Viuda
juancarm

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Febrero 20, 2009 13:36:06 Asunto: Re: Duda en Finiquito por muerte natural a Viuda
Se le pagan salarios y prestaciones pendientes, asi como prima de antigüedad. Los impuestos se le calculan normales. Saludos
Tópico: Duda en los ingresos acumulables en la decla de sueldos y salarios
juancarm

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Febrero 20, 2009 13:32:49 Asunto: Re: Duda en los ingresos acumulables en la decla de sueldos y salarios
Si realizaste pagos por separacion, debiste haber aplicado el procedimiento del articulo 112 de la Ley del ISR y en este procedimiento obtienes el ingreso no acumulable. Saludos
Tópico: Saldo a favor de Ret. de ISR de Informativa Sueldos
juancarm

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Febrero 20, 2009 13:23:14 Asunto: Re: Saldo a favor de Ret. de ISR de Informativa Sueldos
Si haces el calculo anual, estas obligada a regresarles el saldo a favor o cobrarles el saldo a cargo, esa es la finalidad del ajuste anual. Estas en problemas si ya no estan algunos trabajadores (por eso es recomendable hacer el ajuste en el mes de Diciembre). No puedes devolverlo a otra persona diferente. La solucion que se me ocurre es buscarlos y entregarles su saldo a favor con la respectiva firma del recibo en el que conste su entrega. Saludos
Tópico: D. Informativas de Sueldos y Salarios
juancarm

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Febrero 20, 2009 13:17:27 Asunto: Re: D. Informativas de Sueldos y Salarios
Silva, fuiste muy claro en tu procedimiento; pero mi duda esta en el fundamento legal para hacer ese procedimiento. Porque te aseguro que no es lo mismo llevarte el acumulado anual a una tabla anual, que sumar mes a mes cuanto de subsidio le correspondio. Checa un ejemplo practico y veras que no es lo mismo. Enrique, el unico procedimiento que conozco esta en el mismo octavo transitorio del subsidio al empleo en el que indica que se sumaran las cantidades mensuales que les correspondieron por subsidio al empleo en cada mes y eso es lo que podras aplicar contra el impuesto, no encuentro ningun fundamento de tabla anual de subsidio al empleo. Lobo, yo tampoco he encontrado en que campo debe ir el subsidio al empleo que le correspondio sumado de las tablas, aunque algunos dicen que porque lo decia una revista si debe incluirse; pero no han incluido el fundamento. Saludos

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