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Tópico: Constructora con plantilla de trabajadores permanentes, ¿aplica el Reglamento?
juancarm

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Septiembre 21, 2009 10:31:54 Asunto: Re: Constructora con plantilla de trabajadores permanentes, ¿aplica el Reglamento?
Si buscabas mayor participación te equivocaste de foro, hubieras tenido mas participacion en el foro de seguridad social. Con respecto a tu duda te comento que tienes razon y no deberian aplicar estas disposiciones en caso de trabajadores permanentes, aunque en la practica el imss siempre quiere que apliques estas disposiciones. En particular siempre he cumplido las obligaciones del reglamento aunque los tenga asegurados permanentes. Saludos
Tópico: programa primer empleo del imss
juancarm

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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Septiembre 18, 2009 22:04:41 Asunto: Re: programa primer empleo del imss
El tramite es por internet, en el apartado primer empleo ahi aparecen todas las opciones para inscribirte. A mi si me ha funcionado, el detalle es que se tiene que estar cazando la opcion para solicitar el subsidio, no siempre esta disponible. Saludos
Tópico: Determinación estimada de cuotas de SS por el Instituto: Legal
juancarm

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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Septiembre 16, 2009 12:12:50 Asunto: Re: Determinación estimada de cuotas de SS por el Instituto: Legal
Cuando eres un contribuyente incumplido debe haber un procedimiento presuntivo para cumplir, en eso estoy de acuerdo y lo preveen casi todas las leyes impositivas. El detalle con el imss es que siempre te quieren aplicar el procedimiento presuntivo sin haber demostrado que incumpliste con alguna obligacion. Esto si es defendible. Saludos
Tópico: PRORROGA A DICTAMEN DEL IMSS ?????
juancarm

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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Septiembre 16, 2009 12:03:55 Asunto: Re: PRORROGA A DICTAMEN DEL IMSS ?????
De que formatos hablas Enrique ??? Empeze a entregar dictamenes al imss desde el mes de Marzo pasado. Saludos
Tópico: ASALARIADOS SOCIOS DE PERSONAS MORALES
juancarm

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Septiembre 15, 2009 10:36:07 Asunto: Re: ASALARIADOS SOCIOS DE PERSONAS MORALES
No por ser parte del consejo de administracion no pueden ser trabajadores, la relacion de trabajo se da con la subordinacion y aun siendo parte del consejo si puede haber subordinacion, no digo que en todos los casos suceda, pero se necesita analizar cada caso en particular. Saludos
Tópico: PRORROGA A DICTAMEN DEL IMSS ?????
juancarm

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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Septiembre 15, 2009 09:53:30 Asunto: Re: PRORROGA A DICTAMEN DEL IMSS ?????
No hay nada de momento, recuerdas las circunstancias del dictamen fiscal?? aqui que circunstancias se te ocurren para que pudiera haber?? Saludos
Tópico: Carga batch de sueldos y salarios 2008.
juancarm

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Septiembre 14, 2009 13:36:30 Asunto: Re: Carga batch de sueldos y salarios 2008.
Checa en el buscador porque en Enero y Febrero se toca mucho este tema. Saludos
Tópico: Registro de amortizaciones de infonavit en SUA
juancarm

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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Septiembre 14, 2009 13:32:31 Asunto: Re: Registro de amortizaciones de infonavit en SUA
ES CORRECTO Y ES MUY COMUN, NO SOMOS ADIVINOS PARA SABER A QUIEN LE DEBEMOS DE RETENER, ESTAMOS OBLIGADOS A RETENER A PARTIR DE QUE SE NOS NOTIFIQUE. TU NO TIENES QUE DEMOSTRAR QUE NO TE HAN NOTIFICADO, EL QUE AFIRME DEBERA DE HACERLO. SALUDOS
Tópico: ES GRAVABLE LA AYUDA PARA HABITACION
juancarm

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Septiembre 11, 2009 10:34:18 Asunto: Re: ES GRAVABLE LA AYUDA PARA HABITACION
No estoy de acuerdo porque la ayuda de renta en efectivo grava, esto es equiparable a despensa en efectivo que si es gravable y vales de despensa que no son gravables, si se da en especie y es general entonces no gravaria, pero en efectivo me temo que gravaria. Saludos
Tópico: Prima dominical fija o variable
juancarm

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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Septiembre 11, 2009 10:27:50 Asunto: Re: Prima dominical fija o variable
[quote]Desafortunadamente juancarm, te puedo comentar que lo he intentado 3 veces. De las cuales unicamente en una ocacion obtuvimos una devolucion por el 60% de lo reclamado, Fue un pago duplicado de una liquidacion[/quote] Creo que nos desviamos del tema inicial pero me parecio interesante este planteamiento de vabdo, al cual te comento lo siguiente: Si tienes las bases y las pruebas, claro que te tienen que devolver, mas cuando se trata de un pago duplicado. Debes de ingresar tu solicitud con algunos requisitos (como sucede con cualquier otra autoridad) despues solo tienes qu esperar a que se cumpla el plazo (no tienes que andar dando vueltas) si te notifican algun requerimiento de informacion debe venir bien fundamentado y entregar lo que te soliciten, esperas a que concluya el plazo y ya debe estar tu devolucion; porque si no a ellos tambien les aplica lo de los intereses y en caso de que no haya respuesta en tiempo te tendran que pagar intereses como lo menciona el CFF. Con esta medida ya estan muy presionados a cumplir, por eso te comento que es como cualquier otra dependencia, todas te ponen trabas pero si cumples los requisitos estan obligados a devolverte. Saludos

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