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Tópico: calculo de finiquito (despido)
juancarm

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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Junio 26, 2008 Asunto: Re: calculo de finiquito (despido)
Lo que yo entendi de la pregunta es con que salario se debe de pagar. Para determinar el salario con el que se tendra que indemnizar, checate el articulo 84 de la Ley Federal del Trabajo y comentas.......... Saludos :P
Tópico: MODIFICACION DE SALARIO
juancarm

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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Junio 25, 2008 Asunto: Re: MODIFICACION DE SALARIO
Puedes presentar las modificaciones de salario que quieras, estos casos los ve el seguro social como de mala fe y va a revisar al patron para cerciorarse que es legal lo que hizo. Cualquier movimiento de salario que presente el patròn debe acatarlo el seguro social a menos que tenga algun fundamento para no hacerlo. Yo le haria la modificaciòn a los seis meses, pues tengo el contrato que me respalda, de otra forma si se veria raro y mas dificil de respaldar. Saludos :P
Tópico: Visita de la secretaria del trabajo y prevision social
juancarm

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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Junio 25, 2008 Asunto: Re: Visita de la secretaria del trabajo y prevision social
Pues por lo que mencionas claro que se puede defender, ojala hubieras hecho valer esos elementos que mencionas, porque la defensa empieza desde el momento del citatorio y notificacion de la orden. Saludos :P
Tópico: subsidio para el empleo por periodos
juancarm

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Junio 24, 2008 Asunto: Re: subsidio para el empleo por periodos
Abogado, una cosa es credito al salario y otra subsidio al empleo aunque algunos lo ven igual no lo es. La diferencia esta en el articulo transitorio mencionado que antes no existian tales reglas que ahora si existen. Para mi para el credito al salario si se podian aplicar tablas semanales, quincenales o las tablas con las que pagaras, pero con el subsidio al empleo ya no y tendra que pagarse por dia, en el transitorio mencionado esta el procedimiento. Puedes checar en el buscador con anterioridad ya se trataron las diferencias entre credito al salario y subsidio al empleo, recuerda que las leyes son de aplicacion estricta. Saludos :P
Tópico: PERDIDA DE PENSION POR VIUDEZ
juancarm

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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Junio 24, 2008 Asunto: Re: PERDIDA DE PENSION POR VIUDEZ
si, pero dejame checarte el fundamento....
Tópico: Retención Infonavit
juancarm

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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Junio 24, 2008 Asunto: Re: Retención Infonavit
Respuestas en el mismo orden 1. Si es credito cofinavit no debe dar ningun aviso a su patron. 2. Con tus estados de cuenta corroboras el pago de cualquier deuda. Saludos :P
Tópico: error 20525
juancarm

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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Junio 24, 2008 Asunto: Re: error 20525
No, no lo se. Tratare de ver si me sale ese error............
Tópico: trabajador ( menor de edad )
juancarm

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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Junio 24, 2008 Asunto: Re: trabajador ( menor de edad )
veo dos preguntas. 1 si puedes dar de alta un trabajador menor de edad. 2. Si es trabajador porque le vas a pagar como asimilado??? al trabajador hay que pagarle como trabajador y al asimilado como asimilado. Saludos :P
Tópico: pension
juancarm

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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Junio 23, 2008 Asunto: Re: pension
[quote="Maribelmt"] tenia un trabajador que se pensiono en 2007, pero por error del auditor lo volvio a dar de alta meses despues que le dieron su pension, ahora el imss le exije al trabajador la devolucion de lo que ya le habia otorgado y ya no le da nada mensual........[/quote] Pues asi como lo menciona yo le fincaria responsabilidades al auditor, porque un error suyo (como lo menciona) desata todo el problema. Estos son servicios profesionales y a veces se preguntan porque son caros??? por esta razòn hay que tener mucho cuidado en lo que se hace, asi como para pagar los errores que cometan. Saludos :P
Tópico: RECHAZO APLICACION DECRETO 5% POR ADEUDO APORTACIONES RCV
juancarm

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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Junio 23, 2008 Asunto: Re: RECHAZO APLICACION DECRETO 5% POR ADEUDO APORTACIONES RC
[quote="enrique9727"]El problema no es que se tiene derecho para decidir el rumbo del dinero. Ese mismo derecho lo tiene el IMSS, pues ahora el decide como pagar es quien tiene la lana.[/quote] Porque ellos tienen la lana pueden hacer lo que quieran, pues no es tu lana y tu puedes hacer lo que quieras, que tal si despues das de baja a tus trabajadores y ya no tienes contra que pagar???? Solamente imaginate que hacienda o las demas instituciones hicieran lo mismo (porque ellos tienen la lana) les daria una nota de credito a cada contribuyente para despues a ver si tienes impuestos a pagar te los aplico????

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