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Tópico: Programa de Correcciòn de Patrones.
juancarm

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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Julio 28, 2008 Asunto: Re: Programa de Correcciòn de Patrones.
Si aceptas la corrección patronal tienes que llenar el formato "CORP-01 Solicitud de corrección patronal" y recibiras una notificación de aceptación. Posteriormente tendras que llenar las cedulas de corrección y entregar la documentación comprobatoria. El aceptar la correción no quiere decir que estas mal, simplemente que vas a analizarte para saber como estas. He entregado varias correcciones sin diferencias y no ha habido problema porque esa es la realidad, cuando te entregan la constancia obtienes los beneficios mencionados. Saludos :P
Tópico: aportaciones seguridad social....
juancarm

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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Julio 28, 2008 Asunto: Re: aportaciones seguridad social....
Las cuotas al Infonavit emanan de la Ley Federal del Trabajo al igual que las del Seguro Social. Saludos :P
Tópico: Programa de Correcciòn de Patrones.
juancarm

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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Julio 28, 2008 Asunto: Re: Programa de Correcciòn de Patrones.
felicidad, tu lo haz dicho es una INVITACION y tu que haces cuando te invitan??? pues si quieres vas y si no quieres no vas, es tu decisión o no??? invitaciones he recibido muchas.... Saludos :P
Tópico: Sustitucion patronal
juancarm

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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Julio 26, 2008 Asunto: Re: Sustitucion patronal
[quote="eguisa"][color=green:e859576aa4]1o.- por la conservacion de los derechos de los trabajadores y sobre todo porque una empleada esta a punto de recibir su incapacidad por maternidad. 2o.-la gente del seguro tiene que apegarse a derecho y si la ley establece cuando opera la sustitucion patronal, ellos tienen que aceptar el tramite sin objecion.[/color:e859576aa4] [/quote] Por eso pregunte porque estabas tan insistente en hacerlo. 1.- los derechos de los trabajadores se conservan por las semanas cotizadas independientemente con el patron que esten, lo mismo sucede con las incapacidades de maternidad necesitas reunir semanas independientemente con que patròn, por lo que si es baja con uno y alta en otro no pierde ningun derecho. 2.- Estas en todo tu derecho de ir a quejarte o incluso al recurso de inconformidad, eso es lo que promuevo; pero en este caso no le veo ninguna ventaja por las razones expuestas. Saludos y nos comentas lo sucedido :P
Tópico: REGULARIZAR EL SALARIO BASE DE COTIZACION
juancarm

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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Julio 26, 2008 Asunto: Re: REGULARIZAR EL SALARIO BASE DE COTIZACION
Porque efectuaste los aumentos???? sera que les estas pagando mas de lo que los tienes afiliados????
Tópico: SUBSIDIO AL EMPLEO
juancarm

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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Julio 25, 2008 Asunto: Re: SUBSIDIO AL EMPLEO
Asi debe ser, pero sigue intentandolo tal vez en alguna ocasión te deje :twisted: Saludos :P
Tópico: Que pasa con la prima de riesgo?
juancarm

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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Julio 25, 2008 Asunto: Re: Que pasa con la prima de riesgo?
La prima de riesgo se asigna en base a la actividad mas riesgosa, asi es que todos deben cambiar a la prima mas alta. En el imss no importa la actividad preponderante. Saludos :P
Tópico: Sustitucion patronal
juancarm

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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Julio 25, 2008 Asunto: Re: Sustitucion patronal
hola, porque te interesa que el imss la determine como sustitucion patronal??? sera por la prima de riesgo????
Tópico: CUAL ES EL PROCED. DE RECURSO DE INCONFORMIDAD IMSS.?
juancarm

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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Julio 25, 2008 Asunto: Re: CUAL ES EL PROCED. DE RECURSO DE INCONFORMIDAD IMSS.?
Checate el reglamento del recurso de inconformidad, seguramente ahi se te despejaran muchas dudas. Saludos :P
Tópico: Pension por viudez y orfandad
juancarm

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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Julio 24, 2008 Asunto: Re: Pension por viudez y orfandad
En la ley del imss te establece la forma de calcular las pensiones, requisitos y quienes tienen derecho. Saludos :P

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