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14/Sep/09 18:55
ASALARIADOS SOCIOS DE PERSONAS MORALES

Buenas tardes Amigos del foro.

En una nueva empresa S.A. DE C.V., Donde solo existen 2 Socios (y No existe Admon. Único si no CONSEJO DE ADMINISTRACION). Se bien por entendido y además de sus oportaciones en este foro que he podido leer que si bien se puede manejar como asalariados si existe la REAL 'Subordinación' y tener todas las obligaciones y derechos de trabajadores normales.

Los 2 Accionistas, pretender trabajar en su propia empresa y tener puestos de directores con sus respectivos sueldos de mercado, establecer sus formalidades 'Contrato-recibos de nomina-Alta imss-Lista de Asistencia, etc?

PREGUSTAS.
1.- ¿La retención por ser trabajador seria normal con subsidio o le aplicaría la tasa maxima como honorarios a directivos sin subsidio?
2.- ¿podiar afiliarlos al Imss como cualquier trabajador, ya que el Imss no me los quiere aceptar pues dice que son dueños?
3.- Seria deducible respetando estas formalidades como una nomina normal?
4.- Al final del año repartiria sus utilidades con su retención de impuesto respectivo, normal y entregar su constancia como cualquier socio, por esas utilidades?

De antemano muchas gracias.
Gaby
 
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GABY08
Sargento Primero

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14/Sep/09 19:39
Re: ASALARIADOS SOCIOS DE PERSONAS MORALES

'SUELDOS DE MERCADO'............YA NO EXISTEN..............NECESITAS LEER TESIS JURISPRUDENCIALES SOBRE EL TEMA A VER QUE TE DICEN.......

http://www.fiscalia.com/modules.php?name=Foros&sop=verTopico&idTema=36842&idCat=11


SALUDOSEditado: Septiembre 14, 2009 19:43:35
 
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lobozac
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14/Sep/09 21:12
Re: ASALARIADOS SOCIOS DE PERSONAS MORALES

Otra tarea
 
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Emprendedorfiscal
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14/Sep/09 21:50
Re: ASALARIADOS SOCIOS DE PERSONAS MORALES

:neutral: Buenas noches Gaby. Estos socios forman el consejo de administración. Ambos no pueden ser trabajadores de sí mismos. Por esta ocasión, el imss tiene razón: No pueden ser afiliables, porque no son trabajadores.

Suerte,
El Lic.

.
 
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pepesoto
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15/Sep/09 09:21
Re: ASALARIADOS SOCIOS DE PERSONAS MORALES

Voy a dar mi opinion, (aunque no estan de acuerdo muchos foristas).

Sin consultar al IMSS, los doy de alta, por medio del IDSE.
Les pago su nomina (retensiones y las prestaciones a que tengan derecho).
Pago sus impuestos como cualquier empleado.

Resultado:
Si es deducible

En caso de revision del IMSS, es probable que los tengan que dar de baja. Pero no trasiende en mayor problema.


Saludos
 
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vabdo
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15/Sep/09 10:33
Re: ASALARIADOS SOCIOS DE PERSONAS MORALES

Ley Federal del Trabajo

Artículo 127. El derecho de los trabajadores a participar en el reparto de utilidades se ajustará a las normas siguientes

Los directores, administradores y gerentes generales de las empresas no participarán en las utilidades;


En lo que respecta a la LISR art. 113

... Tratándose de honorarios a miembros de consejos directivos, de vigilancia, consultivos o de cualquier otra índole, así como de los honorarios a administradores, comisarios y gerentes generales, la retención y entero a que se refiere este artículo, no podrá ser inferior la cantidad que resulte de aplicar la tasa máxima para aplicarse sobre el excedente del límite inferior que establece la tarifa contenida en el artículo 177 de esta Ley, sobre su monto, salvo que exista, además, relación de trabajo con el retenedor, en cuyo caso, se procederá en los términos del párrafo segundo de este artículo.

En este caso, al ser los 2 socios los que toman las decisiones en la empresa no podrian estar sujetos a una relacion de trabajo, pues ellos mismos serian patron y empleado; ese seria el argumento que te daria tanto Hacienda como el IMSS.

Los podrias asegurar si arriba de ellos estuviera algun administrador unico, es decir si ellos no fueran la cabeza de la empresa; por lo que en tu caso, la retencion para efectos de ISR seria la tasa maxima del limite inferior, no estarian asegurados y menos les podrias dar utilidades




Espero haberte ayudado



Editado: Septiembre 15, 2009 10:45:50
 
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JHSR
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15/Sep/09 10:36
Re: ASALARIADOS SOCIOS DE PERSONAS MORALES

No por ser parte del consejo de administracion no pueden ser trabajadores, la relacion de trabajo se da con la subordinacion y aun siendo parte del consejo si puede haber subordinacion, no digo que en todos los casos suceda, pero se necesita analizar cada caso en particular.

Saludos
 
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juancarm
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15/Sep/09 10:39
Re: ASALARIADOS SOCIOS DE PERSONAS MORALES

Voy a dar mi opinion, (aunque no estan de acuerdo muchos foristas).

Sin consultar al IMSS, los doy de alta, por medio del IDSE.
Les pago su nomina (retensiones y las prestaciones a que tengan derecho).
Pago sus impuestos como cualquier empleado.

Resultado:
Si es deducible

En caso de revision del IMSS, es probable que los tengan que dar de baja. Pero no trasiende en mayor problema.


Si estoy deacuerdo con tu comentario... ni modo que llegue el IMSS y diga 'señores, tengan sus cuotas de vuelta porque no debieron ser afiliados'....mientras dure en su caso (creo que es mas dificil asegurar a un administrador único que a miembros del consejo)......
 
Yo solo se que no he pagado, ni pagaré...a mi que el gobierno me pague el suport.
 
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BR2
Capitán Segundo

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15/Sep/09 10:48
Re: ASALARIADOS SOCIOS DE PERSONAS MORALES

adicionalmente a mi comentario

Art. 31 LISR

Las deducciones autorizadas en este Título deberán reunir los siguientes requisitos:

X. Tratándose de honorarios o gratificaciones a administradores, comisarios, directores, gerentes generales o miembros del consejo directivo, de vigilancia, consultivos o de cualquiera otra índole, éstos se determinen, en cuanto a monto total y percepción mensual o por asistencia, afectando en la misma forma los resultados del contribuyente y satisfagan los supuestos siguientes:

Que el importe anual establecido para cada persona no sea superior al sueldo anual devengado por el funcionario de mayor jerarquía de la sociedad.

Que el importe total de los honorarios o gratificaciones establecidos, no sea superior al monto de los sueldos y salarios anuales devengados por el personal del contribuyente; y

Que no excedan del 10% del monto total de las otras deducciones del ejercicio

Espero haberte ayudado
 
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JHSR
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17/Sep/09 21:25
Re: ASALARIADOS SOCIOS DE PERSONAS MORALES

:neutral: Buenas noches.

En una nueva empresa S.A. DE C.V., Donde solo existen 2 Socios (y No existe Admon. Único si no CONSEJO DE ADMINISTRACION). Se bien por entendido y además de sus oportaciones en este foro que he podido leer que si bien se puede manejar como asalariados si existe la REAL 'Subordinación' y tener todas las obligaciones y derechos de trabajadores normales.


Laboralmente: Son dos socios: Peto y Pito Los dos forman el consejo de administración: Peto y Pito. Son patrones: Peto y Pito. Para efectos de imss debe existir un trabajador y Pito no lo es... Peto tampoco... Tal vez si contratan a otra persona distinta que no sea Peto ni Pito...

Grube,
El Lic.

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pepesoto
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