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26/Jun/04 23:52
Sociedad Civil ó PFAP

Nuevamente amigos!!!

Se trata de un grupo de médicos anestesiólogos que están como PFAEP (honorarios), pero están viendo la posibilidad de hacer un S.C por cuestiones de que a "algunos colegas les va mejor en este tipo de sociedad"

Ahorita estuve checando la LFSM y no me dice nada de una sociedad civil...mencionan sociedad en comandita, las sociedades anonimas, las de resp limitada y asoc en particip.....que hago???

Por donde empiezo a buscar para analizar las posibles "bondades" de tributar bajo una S.C. ??

Alguien lleva contabilidades de una SC?? como se manejan??

Lo único que sé es que distribuyen utilidades llamadas "remanentes" y les aplican las tablas del Art.113, pero qué se tiene que hacer primero para fundar un Soc Civil????

Gracias por su ayuda y orientación
Buen fin de semana!!
8O
 
lgz
 
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lauracgomez
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27/Jun/04 14:12
Re: Sociedad Civil ó PFAP

Estimada Laura:

No vas a encontrar las SC en una Ley Mercantil, ya que como su nombre lo indica, las SC son Sociedades Civiles, reguladas, por tanto, en una Ley Civil.

Checa el Código Civil Federal. La creación es muy similar, vas con el notario y todo eso, pero ellos saben mejor los pasos en las SCs asi que ni te angusties.

Las bondades de la SC radican en si va a tener fines de lucro o no para saber si va a ser PM no contribuyente y la otra, la manera de repartir las utilidades como anticipos a cuenta de, reteniendo el ISR con el Capitulo I de Salarios.
 
Lo importante no es saber, sino tener el teléfono del que sabe.
 
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Cheque
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28/Jun/04 8:46
Re: Sociedad Civil ó PFAP

Estimada Laura:

mi opinión al respecto es que definitivamente te conviene crear una Sociedad civil sobre todo si quienes la van a integrar es un grupo de médicos, te lo digo porque hay que recordar que los "servicios profesionales" de medicina, prestados a través de una persona física o sociedad civil están exentos del IVA, si creas una S.A. de C.V. la Ley de IVA te gravaría ésos servicios, en cuanto a lo que comentas de la distribución de anticipos a cuenta del remanente, creo que és lo más interesante de la sociedad civil ya que te permite distribuirles dinero a los socios antes e independientemente del resultado del ejercicio ya que éstos anticipos son deducibles y únicamente les retienes como si fueran empleados con el subsidio al 100% y sin aplicar el crédito al salario (recuerda que si distribuyes por ahí de $4,000 te resulta no retener) y les das su constancia, aquí es bueno decirte que entre más médicos haya, la figura es más noble ya que se distribuye entre más gente y no grava el impuesto, sin son pocos que cada uno se consiga unos dos socios de su familia y se metan en escritura constitutiva para que también puedan recibir dinero por concepto de anticipo de remanente distribuible.
En cuanto a la contabilidad es la misma de cualquier contribuyente de régimen general y con que vayas con el notario él te resuelve lo de la creación. si tienes dudas echame un grito cpdavid_con@hotmail.com
 
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demonguard
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