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19/Abr/06 12:47
Gastos a prorrata en el extranjero

Cuando una empresa tiene servicios compartidos (planeación financiera, impuestos, etc) en las oficinas centrales y estan fuera de México, tiene que determinar la parte proporcional de gasto que le corresponden a las distintas entidades en varios países para distribuirlo.

Sin embargo, los gastos a prorrata en el extranjero en terminos de la fracción XVIII, parecieran ser no deducibles.

Como han soportado este tema en sus empresas?
 
Lo importante no es saber, sino tener el teléfono del que sabe.
 
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18/May/06 17:23
Re: Gastos a prorrata en el extranjero

Ya lo cheque, cuidado, parece no haber salida si son gastos a prorrata.

La unica salida es que los reembolsos de gastos sean uno a uno o armar un contrato de prestación de servicios, con el costo mas un margen, pero soportando muy bien el servicio prestado.
 
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