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Tópico: RECURSO DE INCONFORMIDA ANTE INFONAVIT
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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Septiembre 28, 2011 17:07:54 Asunto: Re: RECURSO DE INCONFORMIDA ANTE INFONAVIT
Bien Sharitin, hay todo por ganar y nada por perder. Te agradeceré la retroalimentación. Ahora bien, en caso de algún implacable ,,,,,,,,,, entonces aquí andamos para ayudarte a elaborar el solicitado RI y enseñarle a esos del Instituto que con los de este foro ni una más PD ,,,,,, no, ya no menciones más el cafecito de Córdoba ,,,,,,, porque ahorita volamos para allá. saludos vcaspe [color=blue][i][b]Feliz Cumpleaños mi México Querido..!![/b][/i][/color]
Tópico: Accidente en hora de descanso?
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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Septiembre 28, 2011 17:00:14 Asunto: Re: Accidente en hora de descanso?
Bien estudiante, gracias por tu respuesta. Estoy confundido ahora, mira Al principio leí: [color=red][i]el IMSS me lo esta considerando como riesgo de trabajo[/i][/color] Eso me hacía pensar que ya te lo habían calificado, pero en tu segunda participación dijiste: [color=red][i]en la incapacidad inicial que emitio el IMSS esta marcando el campo de probable riesgo; entonces quisiera pensar que ya no habría vuelta atras; que lo debo de considerar como riesgo[/i][/color] En este orden de ideas quisiera saber: ¿Ya tienes la ST-7 Calificada? ¿Que dice? Por otra parte: El incidente [color=blue][u][b]NO es un ACCIDENTE DE TRABAJO[/b][/u][/color] por una razón muy simple: [color=red][u][b]No fue ocasionada en ejercicio o con motivo del trabajo[/b][/u][/color] aún y cuando haya sucedido dentro de las instalaciones de la empresa en la hora de descanso. Distinto habría sido que el trabajador hubiese [u]recibido órdenes[/u] de jugar fútbol. Pero hay una cosa, el IMSS eso no lo sabe y el trabajador - vivaracho - no se lo dirá. le corresponde al patrón decirlo y para ello deberá valerse de toda la información que haya alrededor de esto y así plasmarlo en el formato correspondiente utilizando todos los campos posibles (hay uno que dice observaciones) y de ser necesario podrá emplear hojas en blanco y adjuntarlas para dejar claro cual era la verdadera actividad del trabajador al momento del evento, De no hacerse así entonces el IMSS - también vivaracho - lo calificará como un RT Nuevamente: ¿Ya tienes la ST7 calificada? ¿Que dice? Saludos y gracias de nuevo vcaspe [color=blue][i][b]Feliz cumpleaños mi México Querido..!![/b][/i][/color]
Tópico: Proceso de fusión
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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Septiembre 28, 2011 15:17:57 Asunto: Re: Proceso de fusión
Pérez, buenas tardes No le veo problema, siempre y cuando vaya aparejado de la correspondiente documentación y transparencia. ¿Y que hay de las demás prestaciones? ¿Todo en orden? Bueno, es hora de un rico platillo Saludos y buen provecho vcaspe [color=blue][i][b]Feliz cumpleaños mi México Querido..!![/b][/i][/color]
Tópico: Finiquito por Defuncion
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Mensaje Foro: Laboral Enviado: Septiembre 28, 2011 15:13:21 Asunto: Re: Finiquito por Defuncion
Si, de acuerdo, en ambas cosas: a) lo del futbol b) lo del reconocimiento de la deuda saludos vcaspe [color=blue][i][b]Feliz cumpleaños mi México Querido..!![/b][/i][/color]
Tópico: Pensión por Invalidez
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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Septiembre 28, 2011 15:06:11 Asunto: Re: Pensión por Invalidez
Mil y un proyectos relativos a esto tienen congelados allí, si allí, en la H Cámara de Diputados. Todos ellos a la luz de la razón, la justicia, el espíritu de la Ley, etc etc debieran ser completamente admisibles pero ,,,,,,,, les tiembla la mano. Son miles de millones de pesos, dicen ellos, desestabilizaríamos al país, y,,,,, CRACK... entonces mejor no, sólo los guardamos. El gobernado entonces, después del trancazo que le dan en el Instituto al negársela, recupera la lucidez y ,,,,,,,,, se acuerda del amparo pero ,,,,,,, mala suerte, ya se le adelantó alguien, si, ese alguien que ha sumido al país en una gran crisis de inseguridad y todo lo demás ,,,,,,, extiende la mano, saca al director jurídico del HSS, el mismisimo que intentó ponerle tranca a las pensiones, el de los 10SMG, y cual certero cazador lo pone en la segunda sala ,,,,,,, justito a donde caerán estos asuntos. RESULTADO: No, no se puede, por ahora,,,,,, vcaspe [color=blue][i][b]Feliz Cumpleaños mi México Querido..!![/b][/i][/color]
Tópico: Credito Infonavit reactivado
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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Septiembre 28, 2011 14:48:46 Asunto: Re: Credito Infonavit reactivado
En infinitum ,,,,,,, No lo hallé, será este? [color=red][i]esta semana le llego un escrito de Infamevit a su domicilio en el que se le avisa que se le tiene que volver a retener[/i][/color] (Con tu permiso y mi respeto Danilo) Como quiera, - en caso que sí se trate de aviso de retención - en mi opinión debe ir dirigido al patrón y no al trabajador La emisión no tiene soporte, ni siquiera en reglamento, cuando se trata de una reanudación, es decir, cuando ya medió un aviso de suspensión Este fue uno de los principales motivos por los que el Instituto pretendió - en 2008 - que se aprobara un nuevo reglamento y no prosperó en su intento. No obstante hay una salida fácil, muy fácil, que concilia las tres partes involucradas, es decir: CERO REQUERIMIENTOS, CERO DEMANDA LABORAL Y CERO INCONFORMIDAD DEL TRABAJADOR. Está en cada quien tomar la decisión: cuidar sólo lo fiscal y descuidar lo laboral, cuidar sólo lo laboral y descuidar lo fiscal, cuidar lo fiscal y cuidar lo laboral, descuidar lo fiscal y descuidar lo laboral. Saludos a todos vcaspe [color=blue][i][b]Feliz cumpleaños mi México Querido..!![/b][/i][/color]
Tópico: Credito Infonavit reactivado
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Mensajes: 32
Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Septiembre 28, 2011 14:38:02 Asunto: Re: Credito Infonavit reactivado
Mi querido gato A ver cuando me explicas eso eso de tus inducciones . deducciones .., la verdad mi capacidad no da para más. Por cierto, regresaré a leer desde el génesis porque no recuerdo haber leído antes que llegó un aviso de retención. Voy pues´n y vuelvo vcaspe [color=blue][i][b]Feliz cumpleaños mi México Querido..!![/b][/i][/color]
Tópico: Confirmacion de movimientos IDSE
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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Septiembre 28, 2011 14:33:27 Asunto: Re: Confirmacion de movimientos IDSE
Hola Porfis, saludos hasta Chiapas ,,,, mi querida y amada tierra Tamalitos de chipilin, manjar, cochito horneado,,,,,, mmmmmm creo que ya hace hambre. Le contesto: El comentario de gente del Instituto es correcto, le daré los fundamentos: [color=red][i][b]Artículo 15.[/b] Los patrones están obligados a: I. Registrarse e inscribir a sus trabajadores en el Instituto, comunicar sus altas y [u]bajas[/u], las modificaciones de su salario y los demás datos, [u]dentro de plazos no mayores de cinco días hábiles[/u];[/i][/color] ¿Que sucede entonces cuando el patrón ha rebasado dicho plazo? Se aplica lo contenido en el respectivo reglamento - RACERFI - en su artículo 57 tercer párrafo, cito: [color=red][i]En el caso de la presentación extemporánea del aviso de baja, éste surtirá sus efectos [u]a partir del día siguiente al de su recepción[/u] por el Instituto[/i][/color] Esta regla solo tiene dos excepciones: a) Si se trata de defunción b) Si se trata de pensión de invalidez. Debido a ello, pues, deberá pagar hasta el 4 de julio PD. Lo anterior a reserva de la multa que el IMSS puede fincar por esa extemporaneidad, aunque en la práctica no las he visto Un saludo vcaspe [color=blue][i][b]Feliz Cumpleaños mi México Querido..!![/b][/i][/color]
Tópico: Plazo para recibir notificación de cambio de Prima de Riesgo por parte del IMSS
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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Septiembre 28, 2011 14:19:34 Asunto: Re: Plazo para recibir notificación de cambio de Prima de Riesgo por parte del IMSS
Hola GPACAJEME, buenas tardes Me enredé un poco con eso de 2009, 2010, las cédulas y otro dato que anda por allí. Me quedó con lo esencial de tu duda: I) ¿Puede cambiar sin notificar? Desde luego que NO, el fundamento es - entre otros - el 16 de nuestra Constitución: [color=red][i]todo acto de acutoridad debe estar debidamente fundado y motivado[/i][/color] II) ¿Cuánto tiempo tiene para notificar? cinco años, aún está en tiempo. Fundamento 251 Fracc XVI, 287 y TITULO V de la LSS, entre otros, y sus correlativos del CFF A reserva de tu comentario, recibe un saludo vcaspe [color=blue][i][b]Feliz Cumpleaños mi México Querido..!![/b][/i][/color] [i]Editado: Septiembre 28, 2011 14:20:24[/i]
Tópico: Accidente en hora de descanso?
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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Septiembre 28, 2011 14:07:44 Asunto: Re: Accidente en hora de descanso?
Hola student, buenas tardes Te noto preocupado, espero equivocarme. Conforme a Ley puedes hacer algo al respecto, pues allí claramente se estipula: [color=red][i][b]Artículo 42.[/b] Se considera accidente de trabajo toda lesión orgánica o perturbación funcional, inmediata o posterior; o la muerte, producida repentinamente [u]en ejercicio, o con motivo del trabajo[/u], cualquiera que sea el lugar y el tiempo en que dicho trabajo se preste[/i][/color] El secreto está en la parte sub-rayada. Conforme a tu dicho es claro que el trabajador [u]no estaba en ejercicio de su trabajo[/u], así como tampoco el accidente se ocasionó [u]con motivo del trabajo[/u], al menos que haya recibido órdenes de su jefe. Sin embargo la parte fundamental está en la información que tú proporcionaste al Instituto, si es que la proporcionaste Podrías decirme: ¿Que información anotaste en la ST7? Nada más la que se refiere al incidente. En espera de ello recibe un saludo desde Puebla vcaspe [color=blue][i][b]Feliz Cumpleaños mi México Querido..!![/b][/i][/color]

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