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Tópico: Prima de RT para 2011
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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Febrero 15, 2011 16:28:12 Asunto: Re: Prima de RT para 2011
jajajajaja, sólo era broma ,,,,,,,,,, lo que sucede es que me siento muy positivo. saludos camarada juancam ,,,,,, es bueno que siempre haya uno de nosotros al pendiente colaborando kike ,,,,,,,, estoy listo para la revancha ,,,,,,,,,,, me gustó la victoria sobre la máquina ,,,,,,,, pero no canten victoria, nos vemos en la aguililla ,,,,,,,, perdón ,,,,, en la liguilla ,,,,,,, es que como la vamos a ganar ,,,,,,,, jajajajajajajaja Pasando a tema ,,,, estoy convencido que el accidente se califica en la ST-7; el proceso que comentas es correcto pero al final el instituto debe devolver al patrón - vía trabajador o correo certificado - la ST-7 debidamente calificada y en la ST-2, cuando ya ha sido dado de alta el accidentado sólo lo corrobora, esta última por cierto siempre llena de errores debido a que no siempre es el mismo médico que expide la 7. Comparto la opinion de juancam en cuanto a que se debe buscar siempre que sean igualitas y a mis clientes siempre les aconsejo que lo hagan inmediatamente cuando les es presentada y no días o meses después ,,,,,,, por razones obvias; pero cuando el daño ya está hecho, como en el presente, lo que prevalece es la ST-7 por ser el documento con la calificación oficial. En este caso específico el certificado de incapacidad no es un documento que apoye pues en el nunca aparecerá un accidente en trayecto ,,,,,,, siempre será riesgo de trabajo. Como que eso no ayuda, ¿no creen? y a donde anda ana??????? saludazos ,,,,,,,, vcaspe
Tópico: Prima de RT para 2011
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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Febrero 15, 2011 10:31:29 Asunto: Re: Prima de RT para 2011
Corrección: Dice: profecional Debe decir: profesional vcaspe
Tópico: Prima de RT para 2011
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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Febrero 15, 2011 10:28:56 Asunto: Re: Prima de RT para 2011
Hola anaili buen día ¿Apurada con la determinación de la prima? Mire: El formato con valor oficial para la calificación de un incidente como enfermedad profecional o no es el ST-7, sin embargo aún en este el instituto cae en serios errores debido a la falta de capacitación a sus médicos y demás participanrtes. Le recomiendo revisar dos aspectos que detonan en la calificación de un caso: a) La naturaleza del incidente b) Formato ST-7 En caso de haber una contradicción en estos dos aspectos cerciórese preguntando directamente al médico tratante. ¿Dudas? Estoy disponible ahora y como no están ni Kike, ni Lic pepesoto (a quienes les mando un afectuoso saludo y abrazo fraternal) pues soy EL REY DE ESTE FOROOOOOOOOOOOOOOOOOOOOOOOO vcaspe
Tópico: Formato editable del CLEM-02
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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Febrero 15, 2011 10:19:37 Asunto: Re: Formato editable del CLEM-02
Una disculpa, me referí a JUANCAM en lugar de CHAVALON y aunque también a Juancam le mando especial saludo quien hizo la recomendación es CHAVALON Saludos Chava ,,,,,,,, un abrazo vcaspe
Tópico: Formato editable del CLEM-02
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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Febrero 15, 2011 10:16:31 Asunto: Re: Formato editable del CLEM-02
Hola Anaili, buenos días El formato autorizado para presentar la declaración del factor de riesgo no es la CLEM-02 sino CLEM 22 (Determinación de Prima) y de haber tenido accidentes se debe complementar con CLEM-22A (Relación de casos); supongo que tuvo Ud un error al digitarlo. No he tenido oportunidad de revisar la zona de descargas de Fiscalía pero creo en la palabra del colega Juancam a quien le mando un cordial saludo por lo que le recomiendo visitarla. Claro que puede utilizar el archivo de 2008 pero le costará un poquito más de trabajo llenarlo porque para vaciar la información de 2010 deberá deshabilitar las macros y capturar manualmente cierta información, considero que no tiene caso si ya existe un formato para declarar el ejericio 2010, ¿Ud que opina? Le doy la opción del imss para descargar el archivo: http://www.imss.gob.mx/patrones/prima2011.htm Si ninguna de estas le convence tiene una opción más: Puede imprimirla desde el sua y presentarla en ventanilla Si tiene dudas sobre su llenado estoy a sus órdenes Anaili, reciba un saludo y felicitación del día de la amistad vcaspe
Tópico: INCAPACIDAD NO PRESENTADA
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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Febrero 12, 2011 21:56:23 Asunto: Re: INCAPACIDAD NO PRESENTADA
Hola nini ,,,,,,,,,,, (ya me asusté) ,,,,,,,, Buenas noches Espero pueda ayudarlo ,,,,,,,,, El formato ST-6 no lo conozco , ¿se referirá al ST7? Si no lo llenaron pudo haber sucedido una de dos cosas: a) Que el IMSS calificó el, en sus facultades, el caso como un Riesgo de Trabajo ò b) Que el trabajador ya no se presentó por segunda vez al Instituto y simplemente quedó como un probable riesgo, tal como dice el certificado Si lo que sucedió fue lo del primer inciso entonces deberá modificar su RT, si sucedió lo del inciso b) simplemente no secuderá nada. ¿Como saberlo? Le aconsejo lo siguiente: En primer lugar sopée al trabajador para que le diga todo: ¿Cáuntas veces acudió al IMSS por el mismo caso? ¿que documentos le dieron? ¿Que médico lo atendió? ¿Cuántos certificados de incapacidad le expedieron? ¿Porque no le llevó al patrón las copias? ¿Estuvo incapacitado y al mismo tiempo estaba laborando? Etc, Etc ,,,, ¿Se fija? En caso de haber sido incapacitado por varios días y con varios certificados de incapacidad deberá pedirle copias ,,,, las que corresponden al patrón. Con este paso ya tiene la primera parte de la información. ¿Cómo saber que le dijo la verdad? Con el paso Número dos y consiste en lo siguiente: En el certificado de incapacidad que le llevó viene el nombre del médico que lo atendió, acérquese a él, investigue, ¿cuántos días lo subsidiaron? ¿Como lo calificaron finalmente? ¿Entregó el trabajador, de sí mismo, el ST7? ¿Que versión dió a los médicos? Etc, Etc ,,,, Con esta información casi casi lo amarra ,,,,,,, me refiero al asunto ,,,,,,,, Pero esto no basta pues el propio instituto falla en los reportes que se proporcionan entre ellos ,,,,,,,, le aconsejo cierre el caso con un tercer paso ,,,,,,,, aqui le voy: Acérquese a la Delegación que le corresponde (no la subdelegación, la DELEGACION) en el departamento de clasificación de empresas ,,,,, con su NRP y una copia del certificado que le dió el trabajador investigue como quedó asentado en la base de datos del imss ,,,,, y entonces sabrá como dar el paso final ,,,,,,,,, es decor ,,,,,,,,,,, si lo incluye o no en su declaración, si lo impugna ,,,,, o simplemente no hace nada. Por último ,,,,,,,,,,,, no todos los casos calificados como POSIBLE RIESGO DE TRABAJO terminan siéndolo ,,,,,,,, Reciba un saludo y........ ARRIBA EL AMERICAAAAAAAAAAAAAAA ,,,,,,,,,, vcaspe
Tópico: Bloqueo de cuenta bancaria por el IMSS
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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Febrero 10, 2011 22:09:43 Asunto: Re: Bloqueo de cuenta bancaria por el IMSS
Hola miguel buenas noches el amparo, bien fundamentado, es 100% resuelto a favor del patrón,,,,,,, adelante..!! Yendo un poco más allá ,,,,,,,, dicho sea con todo respeto; no me parece una buena acción el dejar de pagar las cuotas,,,,,,, Le recomiendo resolver paralelamente esta omisión en el pago pues el IMSS desde hace poco más de un año ha venido copiando los procedimientos del INFONAVIT y ya no embarga bienes muebles sino la negociación en su conjunto,,,,, de que le paga le paga,,,,,,,, slds... vcaspe
Tópico: Salario base de cotizacion 30 o 30.4
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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Febrero 05, 2011 10:05:05 Asunto: Re: Salario base de cotizacion 30 o 30.4
Hola sr flores buen día Apoyo el comentario del sr enrique97, es allçi en donde debería encontrar la respuesta a su pregunta,,,,,, regularmente se le dice al trabajador: 'tu sueldo es de 6000 pesos mensuales' En estos casos la manera correcta de encontrar la cuota diaria es dividiendo ese importe entre 30 tal como ya se lo indicaron y que tamnbién apoyo Para los efectos de nuestro ejemplo la cuota diaria es de 200.00 la cual deberá multiplicarse por el factor de integración y así obtener el SDI Sólo me queda una duda: ¿Que parte del salario es la que pretende integrar? ¿La parte fija o la parte variable? Si se tratarà de parte variable entonces el número de días a considerar es diferente Saludos vcaspe
Tópico: PROBLEMAS CON EL IDSE AL INGRESAR POR PRIMERA VEZ A UN NUEVO PATRON
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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Febrero 05, 2011 09:56:33 Asunto: Re: PROBLEMAS CON EL IDSE AL INGRESAR POR PRIMERA VEZ A UN NUEVO PATRON
Hola mendez,buen día Le voy a dar mi comentario basado en mi experiencia IDSE aloja en servidores diferentes la información correspondiente a los registros patronales lo cual provoca en algunas ocasiones el acceso, en un mismo equipo, a algunos registros pero a otros no. Ni se trata de javases ni de viruses ni de cosa del demonio ,,,,, siemplemente a la disponibilidad o no de los servidores. Me ha aparecido en varias ocasiones la espantosa leyenda 'servidor no diponible, intente en otro momento' pero cuando cambio de registro patronal sí me permite el acceso. Desde mi punto de vista es cuestión de esperar, en algunas ocasiones dos o tres días. Entretanto, apoyo el consejo que le dieron de presentar en ventanilla sus movimientos. Ah , y una sabia recomendación: cuando se trate de fallas técnicas de hardware o software nunca acuda a los del imss ,,,,,,,,,,, ellos no están preparados para aconsejarle. Mejor acuda a este foro,,,,,,,,,, yo sé lo que le digo. ¿Le digo un secreto? Tengo amigos en subdelegaciones de diferentes entidades federativas y me han comentado que cuando el patrón acude con ellos por fallas del sua o del idse ,,,,,,, antes de darles alguna respuesta,,,,,,, primero nos buscan en fiscalía ¿como la ve? PD Señor kike 97 ,,,,,,,,,,,, LAS AGUILAS LEVANTAN EL VUELO ,,,,,,,,,!!!!!! Estoy más FELIZZZZZZZZZZZZZZZZZZZZZZZZZZZZZZ LOS AMO A TODOSSSSSSSSSSSSSSSSSSSSSSSSSSSS
Tópico: INFORMACION
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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Febrero 02, 2011 15:07:01 Asunto: Re: INFORMACION
Hola cuty La experiencia nos enseña lo siguiente: Lo que mal inicia, mal sigue y mal acaba ,,,,,,, Aunque no en todos los casos se cumple ¿como saber si del suyo saldrá bien librada? Supongamos que el patrón se 'arregla' con el trabajador y a cambio de su silencio le paga hasta el último centavo por los daños y perjuicios ocasionados en el accidente de trabajo ,,,,,,,, y conste que estamos hablando hasta del último centavo y en estos casos considere lo que el buen lic pepesoto le ha dicho respecto al chantaje que el trabajador ejerce sobre su contratador - pueden ser muchos pesos- Regresando al supongando ,,,,,,,,,,, el patrón ya pagó y el trabajador se quedó contento. ¿Que sigue? ¿Su patrón actual lo seguirá empleando? ¿Lo liquidará? ¿Que pasará con las cotizaciones perdidas? ¿A poco cree que el trabajador no las reclamará cuando se entere? ¿Bajo que mecanismo le efectuarán el pago? ¿Que documento firmará el trabajador? ¿Ese documento es a favor o en contra del patrón? ¿Y si hay una secuela por el accidente? Perdón ,,,,,,,, solo son unas cuantas preguntas, la realidad es mucho más abundante. Un saludo vcaspe

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