28/Sep/11 21:41
Re: Accidente en hora de descanso?
Una disculpa estudiante, torrencial aguacero aquí en la angelópolis ,,,,,,,, pero recio recio.
Bueno, ya revisé tu documento, gracias
No se alcanza a ver la parte de la calificación, pero viendo la fecha lo más seguro es que no esté calificado aún.
De todas maneras dale una checada, mira:
En el reverso de la hora, es decir, la parte que llena la empresa, ubica por favor el campo marcado con el número 40, que dice:
SE ACEPTA COMO ACCIDENTE DE TRABAJO
SI NO
Esa parte deberá estar llenada por el médico tratante y es la que finalmente determinará como lo ha considerado el IMSS; asimismo deberá estar firmada y sellada.
Algunos médicos le adicionan una leyenda con máquina de escribir que dice:
SI SE ACEPTA COMO ACCIDENTE DE TRABAJO, o
SI DE TRABAJO o
NO DE TRABAJO, etc,,,,,
Lo hacen para no dejar lugar a confusiones.
Entiendo que el procedimiento que seguiste fue el siguiente:
a) El trabajador se lesiona y acude a la atención médica
b) Personal del IMSS lo atiende, le llena el formato ST7 en la parte frontal y lo da al trabajador para su entrega a la empresa
c) la empresa investiga directamente con el trabajador lo sucedido (si le das una hoja en blanco mejor para que el lo llene de su propia mano, nombre, fecha y firma
d) la empresa investiga con los demás compañeros de trabajo lo sucedido (videos, cintas, fotos, etc,,,, cualquier información es buena
e) la empresa llena el formato, con su versión de los hechos y los elementos acopiados, lo fecha, nombra, firma y sella y lo entrega al trabajador no sin antes recabar de este último nombre, firma y fecha de entrega
f) el trabajador lo lleva al instituto para la calificación respectiva
g) el instituto lo califica, sella y firma y entrega al trabajador para su traslado al patrón
h) el trabajador lo entrega al patrón
i) el patrón cuenta con la calificación del caso
En función a esto último, se emprenderán las acciones correspondientes.
Ahora bien, entretanto se sigue el proceso anterior el Instituto no podrá emitir incapacidades al trabajador como RT, motivo por el cual le expedirá como PROBABLE RT y el trabajador a su vez las cobrará al 60% de su SBC
En cuanto se tenga la calificación correspondiente entonces se harán los ajustes del monto del subsidio pagado al trabajador
El tema da para mucho, mucho más ,,,,,,, pero espero haber satisfecho con esto tu principal inquietud y si no pues aquí seguimos
Saludos desde aqui
Hasta pronto
vcaspe
Feliz cumpleaños mi México Querido..!!
Bienvenido Agosto, mes de la redención. Hoy te invitamos hermano...!!!