Foros


Inicio » Búsqueda » Mensajes de vcaspe

Autor Mensaje
Tópico: ACUERDO 360/96 DEL 25/09/1996 DEL H. CONSEJO TECNICO DEL IMSS
vcaspe

Mensajes: 6
Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Marzo 23, 2010 21:42:38 Asunto: Re: ACUERDO 360/96 DEL 25/09/1996 DEL H. CONSEJO TECNICO DEL IMSS
No tengo uno con ese número, ¿está correcta la referencia? ¿de que trata dicho acuerdo? a lo mejor tengo uno similar si lo encuentras nos avisas donde saludos vc@spe
Tópico: ¿Cuando nos reunimos en un SIMPOSIO?
vcaspe

Mensajes: 81
Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Marzo 23, 2010 20:55:42 Asunto: Re: ¿Cuando nos reunimos en un SIMPOSIO?
Que les parece lo siguiente: FECHAS: los viernes 7, 14, 21 y 28 de Mayo (MAYO SERA EL MES DE LOS FISCALISTAS DE FISCALIA, NUESTRO MES) y que conste es después de las declaraciones PF y PM ,,,,,,,,,, GUAJUUUUUUUUUUUUUUUUUUUUUUUU HORA: De 21.30 a 23.30 (Por aquello de los tecolotes), con cariño por supuesto y yo soy uno de ellos LUGAR: Hasta ahora me parece que la opción más viable es la de PP, esa donde caben 20 TEMAS: Los sugeridos más votados: Viernes 7, Fiscal Viernes 14, Seguridad Social Viernes 21, Laboral Viernes 28, Excel PONENTES: Los más votados mas no botados, allí figuran ya: pp, enrique,Icruiz, lobozac(ojalá pueda estar) JUANCAM, y otros que se me están olvidando. PARTICIPANTES: Los primeros 20 CUOTA DE RECUPERACIÓN: El enorme placer de servir y hacer más grande este foro ¿que dicen? Saludos vc@spe
Tópico: RETENCION INFONAVIT VSM
vcaspe

Mensajes: 29
Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Marzo 23, 2010 00:44:27 Asunto: Re: RETENCION INFONAVIT VSM
Hola jleeglz En el tenor de su comentario coincido COMPLETAMENTE con Ud, pero en el caso que nos ocupa no. ¿Por que tendría el trabajador que realizar trámites engorrosos cuando por las dos leyes (LFT y LINFONAVIT) el patrón no debe descontarle más allá del 20% de su salario para la amortización de su crédito? Hagamos cuentas: a) El trabajador que percibe el mínimo ganaría en un bimestre de 61 días (considerando que no tiene incidencias): 57.46*61=3,505.06 b) El descuento bimestral conforme al aviso sería de: 57.46*34.4128*2=3,954.72 c) El descuento bimestral conforme a las 2 leyes seria de(En un bimestre de 61 días): 57.46*20%*61=701.12 d) Si le descontamos conforme al aviso el trabajador se quedaría con: 3,505.06 - 3,954.72= ( 449.66) Es decir, le quitamos todo y nos queda a deber; bajo la lógica de algunos: ¿quien pagaría esa diferencia en caso de un requerimiento del instituto? e) Si le descontamos conforme a las dos leyes el trabajador se quedaría con: 3,505.06 - 701.12= 2,804.05 ¿Solución? APLICAR ESTRICTAMENTE EL 29 LINFONAVIT Y 97 LFT Demasiado simple, ¿no cree? Un saludo vc@spe
Tópico: CALCULO DEL PAGO DE VACACIONES
vcaspe

Mensajes: 15
Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Marzo 23, 2010 01:18:27 Asunto: Re: CALCULO DEL PAGO DE VACACIONES
Demasiado complicado JMAU? Veamos Primero DOS TESIS: VACACIONES, PAGO DE. (DIAS DE DESCANSO). El principio que rige la percepción de salarios durante las vacaciones que la ley concede a los trabajadores, es el que deben percibir, durante sus días de vacaciones, exactamente el mismo salario que hubiesen percibido si no las hubiesen disfrutado. Partiendo de este principio, si en el lapso de ellas ocurre uno o más días de los que la ley señala como de descanso obligatorio, el obrero percibirá, en cada uno de estos días el salario simple, correspondiente al día de descanso. Así, pues, si por un año de labores, el trabajador tiene derecho a cuatro días laborables y hay un domingo, percibirá el pago de cinco días; si su descanso por dos años de servicios, es de seis días laborables y hay un domingo intermedio percibirá, como en una semana corriente de trabajo, el pago de un séptimo día; si las vacaciones exceden de seis, ocho, nueve, diez, once, doce o más días, el patrón cumple pagando al trabajador, con salario simple, los ocho, nueve, diez y once días, incluyendo en ellos los días de descanso obligatorio que se interpongan, porque así los hubiese percibido si en lugar de estar en vacaciones, hubiera estado laborando. Esta normalidad legal, puede naturalmente, alterarse en las cláusulas contractuales, porque la voluntad de las partes es la Suprema Ley, cuando no se contravienen disposiciones de orden público; pero sin alterar lo establecido en el artículo 82 de la Ley Federal del Trabajo, precisamente por tal razón. Amparo Directo en Materia de Trabajo 2284/52. Cía. Compresora de Mexicali, S.A. 30 de octubre de 1952. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente. Fuente: Semanario Judicial de la Federación. Instancia Cuarta Sala. Parte CXIV. pág. 211. VACACIONES, DERECHO AL PAGO DE LOS DÍAS INHÁBILES COMPRENDIDOS EN EL PERÍODO DE. El derecho al pago de vacaciones no se reduce exclusivamente al número de días hábiles que correspondan al trabajador conforme a la disposición legal o contractual relativa; sino también al pago de los días inhábiles comprendidos en el período respectivo, según se desprende de lo dispuesto por los artículos 69 y 76 de la Ley Federal del Trabajo. TERCER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA DE TRABAJO DEL PRIMER CIRCUITO. Amparo directo 4978/87. María Eugenia Gutiérrez Figueroa. 21 de septiembre de 1988. Unanimidad de votos. Ponente F. Javier Mijangos Navarro. Secretario Héctor Landa Razo. Fuente: Semanario Judicial de la Federación. Octava Época. Segunda Parte-2, julio a diciembre de 1988, pág. 615. Segundo: Durante el período vacacional de los trabajadores el patrón está obligado a pagarles su salario íntegro, esto es como si estuviera laborando. Le pregunto: ¿Como le Paga / Retiene al trabajador normalmente? Haga eso ahora Tercero Las vacaciones se otorgan sobre días laborables (76 LFT) con la particularidad que a pesar del descanso el trabajador recibe su salario, presentándose en consecuencia una ficción jurídica. Esto es: no chambea pero cobra como si chambeara por lo que genera el derecho a percibir el séptimo día (69 LFT) Cuarto CONCLUSION: El pago lo deberá hacer como normalmente lo realiza incluidos los descuentos de Ley ¿Dudas? vc@aspe
Tópico: ¿Cuando nos reunimos en un SIMPOSIO?
vcaspe

Mensajes: 81
Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Marzo 22, 2010 21:16:48 Asunto: Re: ¿Cuando nos reunimos en un SIMPOSIO?
Mis brothers Pues bien, intenté ingresar pero por restricciones en esta lap no pude acompañarlos. En cuanto esté en casa lo checo. 1saludoato2, especialmente a las nenas hermosas y bellas que alegran este foro. PD Aver si el buen kikín no sale con una jal..... jajajajajajaja vc@spe
Tópico: REFORMA LABORAL, AHI VA. ¿QUE OPINAN?
vcaspe

Mensajes: 9
Mensaje Foro: Laboral Enviado: Marzo 20, 2010 21:38:14 Asunto: REFORMA LABORAL, AHI VA. ¿QUE OPINAN?
Hi colegas Como ya saben el pasado 18 de marzo las parlamentarias de Acción Nacional presentaron la INCIATIVA DE ENMIENDAS A LA LEY FEDERAL DEL TRABAJO al pleno de la Cámara de Diputados del CU ¿Ya tuvieron oportunidad de leerla? ¿Que opinan? Saludos a todos vc@spe
Tópico: IDE REG SIMPLIFICADO ANUAL, SIN OPERACIONES
vcaspe

Mensajes: 4
Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Marzo 20, 2010 21:19:45 Asunto: Re: IDE REG SIMPLIFICADO ANUAL, SIN OPERACIONES
Sólo fueron dos más, 4 - 0 chompitas. Animo!!! vc@spe
Tópico: ¿Cuando nos reunimos en un SIMPOSIO?
vcaspe

Mensajes: 81
Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Marzo 20, 2010 20:42:41 Asunto: Re: ¿Cuando nos reunimos en un SIMPOSIO?
Tigre hugo Ojalá puedan encontrarse con lobozac allá en la tierra de los temerarios, se toman una a mi salud y hagan extensivo el brindis por la hermandad de esta gran comunidad. SALUD!! vc@spe
Tópico: CUANDO CADUCAN LAS FACULTADES DEL IMSS
vcaspe

Mensajes: 6
Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Marzo 20, 2010 20:33:16 Asunto: Re: CUANDO CADUCAN LAS FACULTADES DEL IMSS
Un respetuoso y afectuoso saludo sin sombrero Sr Petrus. Su gran experiencia es nuestro abono vc@spe
Tópico: Donde puedo obtener un contrato individual de trabajo ?
vcaspe

Mensajes: 8
Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Marzo 20, 2010 20:21:57 Asunto: Re: Donde puedo obtener un contrato individual de trabajo ?
Jajajajajajajajajaja, No se preocupe mi buen Enrique Definido desde siempre más no redefinido Desposeído nunca sino todo lo contrario y por supuesto que tampoco confundido Si le ha tocado bailar sin que le guste intentaré compadecerlo de su suerte LA UNICA VERDAD SIN DUDA ALGUNA, SE LA DIRE CON ESTA FRASE, VERSO O NETA: LAS MUJERES AQUI, EN CHINA Y EN LA LUNA SON LO MAS HERMOSO DEL PLANETA. CON CRISTAL O SIN EL DESDE LA CUNA POR ELLAS CACHETEO LA BANQUETA Un saludazo vc@spe

Página: 1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 13 14 15 16 17 18 19 20 21 22 23 24 25 26 27 28 29 30 31 32 33 34 35 36 37 38 39 40 41 42 43 44 45 46 47 48 49 50 51 52 53 54 55 56 57 58 59 60 61 62 63 64 65 66 67 68 69 70 71 72 73 74 75 76 77 78 79 80 81 82 83 84 85 86 87 88 89 90 91 92 93 94 95 96 97 98 99 100 101 102 103 104 105 106 107 108 109 110 111 112 113 114 115 116 117