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Tópico: Descuento Infonavit
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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Mayo 11, 2012 18:10:15 Asunto: Re: Descuento Infonavit
Hola DELEON, ud pregunta: [color=red][i]y es aqui donde surge la duda, puede el patron descontar todo en una sola quincena?? [/i][/color] [color=blue][b]NO, NO PUEDE[/b][/color]. Ni siquiera en varias. Deudas de febrero de 2012 han rebasado por mucho el término legal para descontarlas, igual las de Marzo y si se pasma un poco quizá hasta la de Abril. Además añade: [color=red][i]Ayer le di los fundamentos a este trabajador para que negociara su deuda [/i][/color] [color=blue][b]¿Cuales fundamentos DELEON?[/b][/color] ¿El 110 Fracción I? No creo que le convenga ese fundamento, analícelo Un saludo pues --- 0 --- 0 --- 0 --- 0 Enrique Te mando un saludo y deseo que mis Aguilas estén en la final, difícil misión pero no imposible sobre todo si fuimos los mejores en cancha ajena Lo de Tigres si que está más grave no crees? Un saludo vcaspe
Tópico: Retención de salarios asimilados
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Mayo 11, 2012 18:01:02 Asunto: Re: Retención de salarios asimilados
Que tal ADRYAG74, buenas tardes ¿Pudimos ayudarla y resolvimos su duda? Un saludo vcaspe
Tópico: PTU no reclamada entre quienes se distribuye?
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Mayo 11, 2012 17:58:54 Asunto: Re: PTU no reclamada entre quienes se distribuye?
Que tal vicentino buenas tardes Su nueva duda: [color=red][i]'entre todos los trabajadores' ; independientemente de cuanto tiempo laboraron en la empresa.. si estan o no estan... no hay condicionantes?[/i][/color] [color=blue][b]Si bien es cierto que el Reglamento refiere TODOS LOS TRABAJADORES recuerde que no se pueden crear obligaciones si no por mandato de ley[/b][/color] Como queda entonces? Es muy simple: TODOS LOS TRABAJADORES que la propia Ley permita, es decir a los mismos que tienen derecho al reparto del ejercicio más reciente Un saludo vcaspe
Tópico: REPARTO DE UTILIDADES
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Mayo 11, 2012 17:53:29 Asunto: Re: REPARTO DE UTILIDADES
Hola grupoimper buenas tardes Ojalá me regale tres respuestas: 1.- ¿Como entiende Ud lo dispuesto en el artículo y fracción de la LFT referidos? 2.- ¿Ud considera que en el caso de esta SC podría aplicarse? 3.- ¿Porque? De antemano muchas gracias vcaspe
Tópico: Calculo base ptu empresa maquiladora aplica art 216bis isr
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Mayo 11, 2012 17:49:31 Asunto: Re: Calculo base ptu empresa maquiladora aplica art 216bis isr
Hola moisés buenas tardes Su duda: [color=red][i]por favor pudieran orientarme sobre la mecanica de calculo de la base para PTU de una empresa maquiladora de exportacion 100% que determina su utilidad fiscal con base en el art. 216bis de la ley de isr[/i][/color] Al respecto le refiero: [color=blue][b]En la Resolución de la Quinta Comisión Nacional para la PTU (DOF03022009) se considera UTILIDAD [u]la renta gravable determinada con base en lo dispuesto en la Ley del ISR[/u].[/b][/color] Por tanto si Ud determina su Renta Gravable conforme se lo ordena la LISR no hay ningún problema en su monto Espero haberlo ayudado Saludos vcaspe
Tópico: diferencias imss al cierre de una obra
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Mayo 09, 2012 17:09:26 Asunto: Re: diferencias imss al cierre de una obra
Que tal lili buenas tardes En su duda Ud señala: [color=red][i]pero alguien sabe que parte toman de los contratos por subcontratistas, y las demas facturas para poder disminuir segun ellos mis diferencias?[/i][/color] [color=blue][b]NO LO TOMAN DE ALLI,[/b][/color] el IMSS tiene sus propias cifras - oficiales por cierto. Salvo su mejor opinión y la de los especialistas que aquí concurren, temo que su caso no podría resolverse en este foro pues es digno de revisión exhaustiva. Documentos, trámites, plazos, requerimientos, entre otros, deberían revisarse para una buena asesoría Si lo desea estoy a sus órdenes, en mi perfil encontrará los datos de contacto Saludos vcaspe
Tópico: REPARTO DE UTILIDADES
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Mayo 09, 2012 16:59:21 Asunto: Re: REPARTO DE UTILIDADES
Hola marica68 buenas tardes Ud pregunta: [color=red][i]¿quisiera saber si puedo entregar esta cantidad a la trabajadora en pagos (1, 2, 3, etc) por falta de liquidez o definitivamente es en una sola exhibicion?[/i][/color] En mi opinión no existe ningún impedimento para el pago en abonos [color=blue][b]siempre y cuando justifique su falta de liquidez y logre la aceptación del trabajador[/b][/color]. Le recomiendo un convenio firmado Saludos vcaspe
Tópico: Retención de salarios asimilados
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Mayo 09, 2012 16:19:10 Asunto: Re: Retención de salarios asimilados
Hola ADRYAG buenas tardes Ud pregunta: [i][b][color=red][i]le puede retener un importe mayor ? tendrá alguna implicación para nosotros?[/i][/color][/b][/i] [color=blue][b]SI PUEDE[/b][/color] retener un importe mayor y en la medida que Ud efectúe el pago total por el importe retenido no hay ninguna implicación adversa, desde luego deberá contar con el consentimiento del asimilable No olvide poner especial cuidado en el tratamiento del SUBSIDIO. Cabe aclarar que en mi opinión no se trata de dos patrones en cambio si de dos retenedores. Si Ud tuviera relación laboral con sus prestadores de servicios entonces no podría efectuar pagos por asimilados, forsozamente deberá pagar SUELDOS Saludos vcaspe
Tópico: PTU no reclamada entre quienes se distribuye?
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Mayo 09, 2012 16:10:06 Asunto: Re: PTU no reclamada entre quienes se distribuye?
Que tal vicentino buenas tardes Ud comenta: [color=red][i]sin embargo tengo la duda entre quienes se tiene que repartir ya que la lFT no hace mencion [/i][/color] [color=blue][b]SI DICE[/b][/color], sin embargo para que le quede más claro le recomiendo lectura del REGLAMENTO DE LOS ARTÍCULOS 121 Y 122 DE LA LEY FEDERAL DEL TRABAJO allí se señala en el artículo 9 lo siguiente: [color=blue][b]ARTÍCULO 9o.- El importe de las utilidades que no se hayan reclamado en el año en que sean exigibles, se agregará a la utilidad del año siguiente, [u]para ser repartido entre todos los trabajadores[/u][/b][/color] [b]Cabe aclarar que la PTU generada en el ejercicio 2010 aún no puede ser repartida juntamente con la que corresponde a 2011 toda vez que el término para su cobro lo es el mes de mayo de 2012 . [/b] Un saludo vcaspe
Tópico: CALCULO SALARIO VARIABLES
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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Mayo 09, 2012 13:41:50 Asunto: Re: CALCULO SALARIO VARIABLES
Hola brendis464 Ud señala y pregunta: [color=red][i]TENGO ENTENDIDO QUE PARA CALCULAR LAS VARIABLES TENGO QUE TOMAR ENCUENTA SOLO ALAS PERSONAS QUE TIENEN TIEMP EXTRA TRIPLE, ESTO ES CORRECTO?[/i][/color] [color=blue][b]SI ES CORRECTO[/b][/color]. El Artículo 27 Fracción IX de la Ley del Seguro Social señala: [color=gray][b]Artículo 27. Para los efectos de esta Ley, se excluyen como integrantes del salario base de cotización, dada su naturaleza, los siguientes conceptos: IX. El tiempo extraordinario dentro de los márgenes señalados en la Ley Federal del Trabajo.[/b][/color] A su vez la LFT en su numeral 66 establece: [color=gray][b]Artículo 66 Podrá también prolongarse la jornada de trabajo por circunstancias extraordinarias, sin exceder nunca de tres horas diarias ni de tres veces en una semana.[/b][/color] Por su parte el 68 de LFT prohibe: [color=gray][b]Artículo 68 Los trabajadores no están obligados a prestar sus servicios por un tiempo mayor del permitido de este capítulo[/b][/color] [color=blue][b]En esta tesitura la LFT sólo permite el trabajo en tiempo extraordinario siempre y cuando no rebase 3 horas en un día ni tres días en una semana, [u]si esta condición se cumple entonces los pagos hechos al trabajador por este concepto no integrarán salario para efectos del Seguro Social[/u][/b][/color] Un saludo vcaspe

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