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Tópico: HOLA ALGUIEN SABE SI YA SE PUBLICO EL DECRETO EXENCION IMPAC
jjfarias

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Agosto 03, 2005 Asunto: Re: HOLA ALGUIEN SABE SI YA SE PUBLICO EL DECRETO EXENCION I
Y sinceramente ni para que esperar, dudo que se vaya a publicar para este ejercicio.
Tópico: CONTRATO DE ARRENDAMIENTO
jjfarias

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Agosto 03, 2005 Asunto: Re: CONTRATO DE ARRENDAMIENTO
[quote:587ee67c43="arenas467"]Hola a Todos: Espero y se encuentren bien todos, molestandolos espero y me puedan ayudar lo que pasa es que vamos a rentar una casa - habitación pero los contratos de arrentamiento que tenemos son algo obsoletos y las relaciones que me hacen los contratos con el codigo civil de jalisco no coinciden por tal motivo me gustaria si me pudieran enviar un contrato de arrendamiento o me mandaran las relaciones con el codigo civil de jalisco; se los agradeceria mucho, ya que la verdad ya busque y pues es un mundo de información.[/quote:587ee67c43] Sería muy arriesgado por parte mia enviarte un Contrato, toda vez que esta ajustado al Estado de Nuevo León, es decir a su legislación, pero puedes darle una leida al Titulo Sexto, Capitulo I, II, III y IV del Código Civil del Estado de Jalisco. Y si tienes dudas contactame al correo que esta en mi perfil.
Tópico: Descuentos de Multas
jjfarias

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Agosto 03, 2005 Asunto: Re: Descuentos de Multas
Habría que ver que criterio le puede dar la Autoridad al término de "Obligaciones Formales" que señala dicho Artículo Transitorio, pero bueno se puede intentar la condonación con fundamento en lo anterior. Hay que tener en cuenta que las obligaciones formales implican el hecho de hacer, no hacer o de tolerar, por lo que en tal sentido debería en principio proceder esa condonación. SUERTE
Tópico: necesito ayuda para cancelar una multa
jjfarias

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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Agosto 03, 2005 Asunto: Re: necesito ayuda para cancelar una multa
[quote:58cf08905c="irly"][b:58cf08905c][color=darkred:58cf08905c]yo tambien les expuse mi caso y nadie me contesto excepto uno pero nadie me dio solucion. En mi caso en Tampico, anteriormente se podian cancelar las multas aun siendo requeridas el mismo dia pero despues salieron con la puntada que sin carta poder y notariada no se podrian realizar dichas cancelaciones, pero ademas me salen que desde 2003 se supone que no tendrian que estarse autorizando las cancelaciones; que si surte efecto aun siendo pagadas el mismo día. Y yo comente que porque se ponian tan santurrones para un caso y para el otro se hacen de la vista gorda. se que puedes interponer un recurso, irte a demanda etc pero es gasto de abogados, tiempo y esfuerzo que tendria que ver si vale la pena el monto que se pelearia.[/color:58cf08905c][/b:58cf08905c][/quote:58cf08905c] Precisamente por eso le contestamos al compañero cristian que era necesario interponer un medio de defensa, toda vez que a sabiendas de las jugarretas y artimañas del Instituto por mas que tengas la razón en que a interpretación de la Ley el pago que hiciste fue de manera espontanea en virtud de que aun no surtia efectos la notificación, dicha Autoridad dudo que te lo quiera cancelar con un escrito libre. Precisamente por eso se comenta al respecto de que no solo es la molestia por parte de dicha Autoridad y la incertidumbre y la inseguridad que provoca, sino que ademas el tener que contratar un Abogado especialista en la materia que formule un mecanismo de defensa solido y contundente. Puede el Patrón elaborar un Recurso de Inconformidad pero probablemente no tenga la tecnica juridica que pueda tener un Abogado, mas no te impide intentarlo. SUERTE PD.- Además tienes que garantizar en un plazo de quince días siguientes a la notificación de dichos créditos (Otra molestia mas)
Tópico: fundamento legal de vigencia de recibos arrendamiento
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Agosto 02, 2005 Asunto: Re: fundamento legal de vigencia de recibos arrendamiento
[quote:9ceca65206="ross"]hola a todos los fiscalistas de este foro ................ mi pregunta es acerca de las de arrendamiento.......lo que necesito es saber cual es le fundamento legal de que los recibos de arrendamiento no tengan caducidad, ahora bien tengo dos facturas de dos diferentes arrendadores uno con fecha de caducidad explicita en su recibo y otro no.......de antemano gracias[/quote:9ceca65206] Dale una leida a la Regla 2.4.19 de la RMF para el 2005.
Tópico: Descuentos de Multas
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Agosto 02, 2005 Asunto:
[quote:39aed5b45c="enriquecarde"]Gracias jjfarias te agradesco no se si quepa hacer mencion que la multa se impuso porque el anterior contador hizo el tramite por internet para reiniciar actividades en el regimen de repecos y la multa es porque segun el no esta suspendido porque estaba dado de alta como sueldos el dejo de trabajar en 2004 marzo y la suspencion de actividades del regimen dde repecos la hixzo en dic del 2003[/quote:39aed5b45c] La verdad veo un poco confuso lo que manifiestas. Pero veamos. Me puedes transcribir el concepto de la Multa? Si no es mucha molestia, por que la verdad no lo veo aun claro.
Tópico: Descuentos de Multas
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Agosto 02, 2005 Asunto: Re: Descuentos de Multas
[quote:701a5feb91="enriquecarde"]AYUDENME NO SEAN MALA ONDA ME URGE CONOCER SU PUNTO DE VISTA[/quote:701a5feb91] Segun entiendo el contribuyente pertenece al Regimen de Pequeños Contribuyentes, si es así puedes fundamentar tu escrito con lo siguiente: Ley de Ingresos de la Federación. Articulo Quinto Transitorio Párrafo Tercero:"Los particulares, que por el monto de los ingresos que obtengan, se encuadren en el régimen de pequeños contribuyentes a que hace referencia la Ley del Impuesto Sobre la Renta, durante el ejercicio fiscal 2005 QUEDARAN LIBERADOS DE LAS INFRACCIONES O SANCIONES QUE CORRESPONDAN POR INCUMPLIMIENTO DE OBLIGACIONES FORMALES, salvo que se trate de conductas reincidentes. El SAT podrá otorgar facilidades administrativas a las personas a que hace referencia este párrafo, para que puedan corregir su situación fiscal." PD Señala también domicilio para oír y recibir notificaciones.
Tópico: ESCRITO PARA SOLICITAR PRESCRIPCION DE CREDITOS
jjfarias

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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Agosto 02, 2005 Asunto: Re: ESCRITO PARA SOLICITAR PRESCRIPCION DE CREDITOS
[quote:c9e356abc2="tijuana"]Hola a todos y todas en el foro Tengo varios creditos por diferencias de SIVEPAS del seguro social, correspondientes a 1999 y voy a solicitar la prescripcion. Alguien tendra algun machote o formato para presentar este escrito? Saludos y buena suerte.[/quote:c9e356abc2] A como veo el criterio de dicho Instituto y toda vez que te esta emitiendo ese tipo de documentos aun y a pesar de que son créditos que a traves del tiempo prescriben, tal y como lo establece el Art. 146 del CFF, veo complicado que esta Autoridad con un simple escrito te los vaya a cancelar. Por lo anterior, es necesario que interpongas un mecanismo de defensa, el Rec. de Inconformidad ante el Consejo Consultivo o la Demanda de Nulidad ante el TFJYFA ejercitando como excepción la prescripción del crédito fiscal. Asi que asesorate bien con un especialista en la materia. SUERTE
Tópico: VERIFICACION DE DOMICILIO F.
jjfarias

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Agosto 02, 2005 Asunto: Re: VERIFICACION DE DOMICILIO F.
[quote:92e257ec9e="coyonet07"]SALUDOS A TODOS TENGO UNA DUDA EL DIA DE HOY LLEGO UNA PERSONA DEL SAT VERIFICANDO EL DOMICILIO FISCAL A LA EMPRESA CREEN QUE ESTO SEA UNA AVISO DE QUE ME VAN A REVISAR POR PARTE DE LA AUTORIDAD O SEA SOLO LO QUE MENCIONA EL PAPEL VERIFICACION DE DOMICILIO FISCAL :( ESPERO SUS COMENTARIOS TAL VEZ ALGUIEN DE USTEDES YA ALLA PASADO POR ESTO :idea:[/quote:92e257ec9e] Como bien dice la palabra es una simple verificación del domicilio señalada en el Padrón de Contribuyentes, que en nada tiene que ver el inicio de las facultades de comprobación por parte de la aludida Autoridad. Para llevar a cabo cualquiera de los actos de fiscalización señaldos en la legislación tiene que llevar una serie de procedimientos desde la notificación del Oficio del inicio hasta su resolución. Por lo que no veo por que tengas que preocuparte.
Tópico: MULTA
jjfarias

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Agosto 02, 2005 Asunto: Re: MULTA
Si no quieres pagar la multa en principio, tienes que Impugnar mediante un mecanismo de defensa ya que de conformidad con el Art. 144 en su párrafo segundo el plazo para garantizar será de 5 meses. Es la unica opción que le veo, o en su caso solicitar una condonación (Algo complicado) SUERTE

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