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Tópico: Calculo de aguinaldo segun articulo 142 consulta
Mem

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Diciembre 10, 2006 Asunto:
Adartse. Me preguntan por aca, que sucede si aun no conoces todas las percepciones del ejercicio... es decir la segunda quincena de diciembre o días restantes del año. Lo mas sencillo es estimarla, en caso de una variación haces un ajuste en el calculo de la segunda quincena o última semana de diciembre. Lo ideal es ajustar la retención de las prestaciones de fin de año (aguinaldo y demás si las hay) con el cálculo anual del isr sobre sueldos y salarios. Saludos.
Tópico: Calculo de aguinaldo segun articulo 142 consulta
Mem

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Diciembre 10, 2006 Asunto:
Adartse. Para tu caso en particular no te convienen aplicar el artículo 142 del RISR. Te quedan otras dos opciones: 1. Sumar el aguinaldo gravado a la percepción mensual y aplicar tarifas del art. 113, 114 y 115(en tu caso el art. 115 va a dar cero). y el resultado es el impuesto a retener. (seguramente menor al obtenido con la mecanica del 142 risr). 2. Sumar todos los ingresos gravables del ejercicio, mas aguinaldo gravado y aplicar tarifas del art. 177 y 178. Al resultado obtenido le restas la sumatoria del CAS que le correspondio en el ejercicio. Al importe obtenido lo disminuyes con las retenciones efectuadas en el ejercicio. El resultado es el importe a retener de isr, seguramente menor que en la opción 1. Saludos.
Tópico: IMSS e ISR ¿van de la mano?
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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Diciembre 10, 2006 Asunto:
Para efectos del calculo de la prima de antiguedad debes tomar 10 años (ademas es real), para efectos de la deducción de la parte exenta de la prima de antiguedad va de la mano con 10 años.
Tópico: AFORE
Mem

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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Diciembre 10, 2006 Asunto: Re: AFORE
[quote:7ed93164a1="DCT1979"]Hola a todos, Tengo la siguiente cuestión; Será recomendable hacer aportaciones voluntarias al AFORE? y retirarlo pasado los 6 meses? Gracias, espero sus opiniones. Saludos![/quote:7ed93164a1] [color=red:7ed93164a1]Realizar ahorro siempre es recomendable, retirarlo no...[/color:7ed93164a1] Lo interesante de las aportaciones voluntarias a la Afore, es que no hay un minino a aportar... conozco trabajadores que ahorran $100. a la semana y obtienen rendimientos mas altos que en una cuenta de ahorros.
Tópico: AFORE
Mem

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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Diciembre 10, 2006 Asunto:
Artículo 176. Las personas físicas residentes en el país que obtengan ingresos de los señalados en este Título, para calcular su impuesto anual, podrán hacer, además de las deducciones autorizadas en cada Capítulo de esta Ley que les correspondan, [color=red:025037e58e]las siguientes deducciones personales:[/color:025037e58e] V. Las aportaciones complementarias de retiro realizadas directamente en la subcuenta de aportaciones complementarias de retiro, en los términos de la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro o a las cuentas de planes personales de retiro, [color=red:025037e58e]así como las aportaciones voluntarias realizadas a la subcuenta de aportaciones voluntarias[/color:025037e58e], siempre que en este último caso dichas aportaciones cumplan con los requisitos de permanencia establecidos para los planes de retiro conforme al segundo párrafo de esta fracción. El monto de la deducción a que se refiere esta fracción será de hasta el 10% de los ingresos acumulables del contribuyente en el ejercicio, sin que dichas aportaciones excedan del equivalente a cinco salarios mínimos generales del área geográfica del contribuyente elevados al año.
Tópico: Nueva Regla 2.3.2.15 del 28 agosto 2006
Mem

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Diciembre 10, 2006 Asunto:
El viernes pregunte al Administrador de Asistencia al Contribuyente, sobre esta situación y me dice que no tienen fecha para cuando empezaran a recibir los avisos. Al parecer la nueva plataforma del sat, sigue teniendo "pequeños" problemas para arrancar.
Tópico: TABLA ANUAL PARA EL CALCULO DE AGUINALDO
Mem

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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Diciembre 07, 2006 Asunto:
En la sección DESCARGAS encuentras las tarifas anuales.
Tópico: DESPENSA EN EFECTIVO
Mem

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Diciembre 07, 2006 Asunto:
[quote:da5d4556d1="CERVANTES-QUIJANO"]Normalmente estoy de acuerdo contigo Chavalon, pero esta vez no concuerdo. Me toco un asunto asi hace un tiempo, y opte por presentar una consulta ante la autoridad, la cual me nego obviamente, y la gane en el TFJFA. No estoy diciendo que sea un criterio fijo, nada mas menciono [color=red:da5d4556d1]que si se puede ganar. [/color:da5d4556d1] Saludos[/quote:da5d4556d1] He estado buscando alguna tesis o jurisprudencia, sobre el tema y no he visto absolutamente nada, a favor de otorgar despensa en efectivo. En un tópico parecido de hace algunos meses, Francisco Vazquez Garcia, menciono un caso aislado en el que se gano la deducción de despensa en efectivo... lo cheque y no me convence para arriesgar a la empresa. Incluso el mismo Francisco no se convence con la despensa en efectivo. Habría que evaluar costo beneficio, sólo que la mayoria de estos casos se han perdido. Saludos.
Tópico: COMO CONSIDERO UN IVA QUE PAGA UN MEDICO?
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Diciembre 07, 2006 Asunto:
Para mi el participar en el foro, me permite estar al día... cuando dejo de entrar siento incertidumbre de la reglamentación fiscal. Que tenga un día "alegre" Cheque y que a Alegria le lleguen muchos "Cheques" de su cobranza. Saludos.
Tópico: DEVOLUCION DE IVA
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Diciembre 06, 2006 Asunto: Re: DEVOLUCION DE IVA
[quote:f0a75cf707="EDITORIAL"]HOLA, SALUDOS A TODOS. ALGUIEN TIENE EL PROGRAMITA QUE NECESITO PARA CAPTURAR MI INFORMACION? O TENGO QUE IR AL SAT PARA QUE ME LO PROPORCIONEN. GRACIAS POR SU ATENCION BUENAS TARDES[/quote:f0a75cf707] Checa en la sección DESCARGAS, ahi debe estar el programa para devolución de Iva.

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