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Tópico: ¿ cambiarán las tasas de prestaciones en especie en 2009?
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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Diciembre 17, 2008 08:59:56 Asunto: Re: ¿ cambiarán las tasas de prestaciones en especie en 2009?
He platicado con varios contadores sobre el tema de las tasas de Seguro Social en 2009 y todos coinciden en que seguiran igual. En mi caso, estoy seguro que lo correcto es que dichas tasas regresen a lo que marca la Ley. Alguien puede apoyarme con la exposición de motivos de la Ley del Seguro Social que se publico el 21 de diciembre de 1995??? puede ser que ahí esté la respuesta. Saludos
Tópico: devolucion de fondo de ahorro
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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Diciembre 17, 2008 08:50:47 Asunto: Re: devolucion de fondo de ahorro
Artículo 8 transitorio de la Ley de INFONAVIT
Tópico: ¿ cambiarán las tasas de prestaciones en especie en 2009?
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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Diciembre 11, 2008 09:41:54 Asunto: Re: ¿ cambiarán las tasas de prestaciones en especie en 2009?
Acuerdo numero 692/99 Confirmacion de vigencia de las modificaciones anuales a las primas del seguro de enfermedades y maternidad (DOF 26/I/2000) Este Consejo Tecnico, con fundamento en lo dispuesto por los articulos 263, 264 fraccion XI, decimo noveno transitorio y segundo del Decreto por el que se reforma el parrafo primero del articulo primero Transitorio de la Ley del Seguro Social, publicado en el Diario Oficial de la Federacion el 21 de noviembre de 1996, que autoriza al Instituto Mexicano del Seguro Social para dar a conocer el computo de fechas, plazos, periodos y bimestres previstos en los articulos transitorios de la propia Ley del Seguro Social, y en los terminos del contenido del oficio 1679 del 29 de noviembre de 1999 de la Dirección Juridica, acuerda: I. Se precisa el dia primero de enero de 1999, como fecha de inicio de las disposiciones a que hace referencia el articulo decimo noveno Transitorio de la Ley del Seguro Social mencionada, por lo que las modificaciones de incremento o decremento a las tasas a que se refiere el articulo 106 de la Ley citada, seran el dia primero de enero de cada año, [u]comenzando en el año de 1999, para terminar en el año 2008. [/u] II. Publiquese el presente Acuerdo en el Diario Oficial de la Federacion.
Tópico: PENSION POR VIUDEZ TAMBIEN TIENE DERECHO LA CONCUBINA?
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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Diciembre 04, 2008 20:41:34 Asunto: Re: PENSION POR VIUDEZ TAMBIEN TIENE DERECHO LA CONCUBINA?
Artículo 129. También tendrán derecho a pensión los beneficiarios de un asegurado fallecido por causa distinta a un riesgo de trabajo que se encontrara disfrutando de una [u]pensión por incapacidad permanente[/u] derivada de un riesgo igual, si aquél tuviera acreditado el pago al Instituto de [u]un mínimo de ciento cincuenta cotizaciones semanales [/u]y hubiese causado baja en el régimen obligatorio, cualquiera que fuere el tiempo transcurrido desde la fecha de su baja. Si el asegurado disfrutaba de una pensión de incapacidad permanente total y fallece por causa distinta a un riesgo de trabajo, sin cumplir el requisito del párrafo anterior sus beneficiarios tendrán derecho a pensión, [u]si la que gozó el fallecido no tuvo una duración mayor de cinco años[/u].
Tópico: ¿ cambiarán las tasas de prestaciones en especie en 2009?
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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Diciembre 04, 2008 12:14:11 Asunto: ¿ cambiarán las tasas de prestaciones en especie en 2009?
Recientemente me han preguntado en forma reiterada si las tasas que marca la fracción I y II del artículo 106 cambiarán para 2009, siempre había contestando que NO porque el último incremento y decremento fue en enero de 2008. Revisando el texto del artículo 19 transitorio, es claro que las modificaciones a dichas tasas sólo aplicarían para los años de 1998 a 2007, más una prorroga de seís meses quedo de 1999 a 2008. Lo interesante es que en apliación estricta no debemos quedarnos con las tasas vigentes en 2008, 20.40% cuota fija y 1.50% cuota excedente, sino regresar a las que originalmente marca la LSS en el artículo 106 fracción I y II de 13.90% y 8%. Es IMSS está en contra de lo anterior, en Monterrey hay un organismo empresarial que está por pronunciarse en que las tasas en 2009 deben ser las que marca la LSS, porque las disposiciones transitorias sólo aplican temporalmente. Me gustaria conocer sus puntos de vista. Saludos cordiales
Tópico: Detienen al precursor de las cooperativas
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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Diciembre 04, 2008 12:02:05 Asunto: Detienen al precursor de las cooperativas
Detienen a iniciador de mecanismos que evaden ISR y pago de prestaciones de los trabajadores El Servicio de Administración Tributaria (SAT) informó que el juez Tercero de Distrito de Procesos Penales Federales, con sede en el Reclusorio Norte, libró orden de aprehensión en contra de Sergio Castro López, uno de los pioneros de la implementación en México de esquemas fiscales agresivos, los cuales provocan graves daños a los trabajadores y al fisco. Desde octubre del año pasado, la autoridad fiscal informó sobre la puesta en marcha de un programa permanente de fiscalización a sociedades cooperativas dedicadas a la prestación de servicios profesionales y al suministro de recursos humanos (también conocidas como de outsourcing), debido a que a sus trabajadores se les otorga la remuneración con base en conceptos de previsión social y no de sueldos y salarios, evitando así la retención y pago del Impuesto Sobre la Renta (ISR). El organismo fiscalizador detalló que Castro López quedó sujeto a proceso ante el juez Tercero de Distrito de Procesos Penales Federales, con sede en el Reclusorio Norte, por prácticas fiscales indebidas. De acuerdo con el SAT, Castro López es uno de los pioneros de la implementación en México de esquemas fiscales agresivos, uno de los que más utilizó es el denominado esquema de sociedades cooperativas. Este esquema priva a los trabajadores de la sociedad cooperativa del servicio médico y se les desconoce antigüedad en el empleo y su derecho a percibir utilidades, mientras que el erario federal y local dejan de percibir importantes sumas de contribuciones por concepto de impuesto sobre la renta por la prestación de un servicio personal subordinado, aportaciones de seguridad social e impuestos locales sobre nóminas. Una característica de este tipo de actividades es que ocultan la contabilidad, con el fin de que a la autoridad se le dificulte la fiscalización y comprobación a quien se revisa o a sus clientes. Actualmente el inculpado está sujeto a proceso penal, y el Juez decidirá su situación.
Tópico: SICOP SMART V 1.5
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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Diciembre 04, 2008 12:00:17 Asunto: Re: SICOP SMART V 1.5
Se supone que en ésta semana 'por fin' funcionara el portal de INFONAVIT para enviar los dictamenes... la capacidad de su servidor es insuficiente, por lo cual está bloqueado el servicio.
Tópico: Modificacion de salario con jornada reducida a 4 hrs. diarias
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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Diciembre 02, 2008 21:18:28 Asunto: Re: Modificacion de salario con jornada reducida a 4 hrs. diarias
Opción menor a 8 horas, como han opinado algunos colegas. Recuerda que el salario base de cotización no puede ser inferior al de tu región.
Tópico: pension, afore, infonavit
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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Noviembre 20, 2008 21:09:10 Asunto: Re: pension, afore, infonavit
La AFORE le va a regresar: 2% del Seguro de Retiro 92 y 97. 5% de INFONAVIT del periodo marzo de 1992 a junio de 1997. 5% de INFONAVIT a partir del 1 de julio de 1997 habra que iniciar un juicio. 5% de INFONAVIT anterior a marzo de 1992 se lo regresan en el INFONAVIT.
Tópico: seguros
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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Noviembre 20, 2008 21:02:49 Asunto: Re: seguros
Seguro voluntario Aplica para el seguro de salud para la familia. Revisando la normatividad no encuentro que se pueda transferir dicho derecho.

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