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Tópico: Declaracion Sueldos y salarios (calculo aual)
Mem

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Enero 29, 2007 Asunto:
Artículo 116. Las personas obligadas a efectuar retenciones en los términos del artículo 113 de esta Ley, calcularán el impuesto anual de cada persona que le hubiere prestado servicios personales subordinados. ........... [color=red:6ab800eb69]No se hará el cálculo del impuesto anual a que se refiere este artículo, cuando se trate de contribuyentes[/color:6ab800eb69]que: a) Hayan iniciado la prestación de servicios con posterioridad al 1 de enero del año de que se trate o hayan dejado de prestar servicios al retenedor antes del 1 de diciembre del año por el que se efectúe el cálculo. Inciso reformado DOF 01-12-2004 b) Hayan obtenido ingresos anuales por los conceptos a que se refiere este Capítulo que excedan de $300,000.00. c) Comuniquen por escrito al retenedor que presentarán declaración anual. Inciso reformado DOF 30-12-2002
Tópico: Carga Batch
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Enero 29, 2007 Asunto:
Alguien menciono que se pueden utilizar las del año pasado... estoy terminando una de sueldos y salarios y voy a probar con la hoja de excel del año pasado.
Tópico: Carga batch, Informativas
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Enero 29, 2007 Asunto:
Enrique compañero del foro, el año pasado estuvo pasando una hoja en excel que te realiza la carga batch de sueldos y salarios.
Tópico: CONSULTA SOBRE EL CREDITO DIESEL
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Enero 27, 2007 Asunto: Re: CONSULTA SOBRE EL CREDITO DIESEL
[quote:42257ac686="DINAFISC"]Buenas tardes Sabe alguien de ustedes si puedo aplicar el factor del .355 de La Ley de Ingresos al Diesel subsidiado para uso agricola Gracias.[/quote:42257ac686] Sólo puedes aplicar el estimulo de Sagarpa, que es el que mas te conviene. O bien no aplicar el de Sagarpa y tomar el de .355 con el limite.
Tópico: PAGO DEL SUA DICIEMBRE 2006
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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Enero 27, 2007 Asunto:
Rafael Aumentado la curiosidad, que tipo de salario maneja? Porque si fuera salario variable, el pago de las prestaciones de fin de año le incrementaria el salario en el primer bimestre de 2007.
Tópico: Formato de Finiquito por Accidente de Trabajo
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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Enero 27, 2007 Asunto:
Respecto a la MT1, supongo que el IMSS no te la ha exigido porque los beneficiarios no han ido a pelear sus derechos como pensión para viuda y huerfanos o en ausencia de estos pensión para los padres. Además tienen derecho a la ayuda para gastos de funeral. Este riesgo de trabajo, va impactar en tu prima de riesgo de trabajo para el año siguiente.
Tópico: Formato de Finiquito por Accidente de Trabajo
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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Enero 27, 2007 Asunto:
Ademas de los proporcionales de vac. prima vac. aguinaldo y prima de antiguedad. Algunas empresas dan (opcional o por contrato colectivo) ayuda para "gastos de marcha". Es bueno esperar un poco para saber quienes los beneficiarios.
Tópico: AVISOS DE DICTAMEN
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Enero 26, 2007 Asunto:
Los contribuyentes que opten por hacer dictaminar sus estados financieros a que se refiere el párrafo anterior, [color=red:97c469fd31]lo manifestarán al presentar la declaración del ejercicio del impuesto sobre la renta que corresponda al ejercicio por el que se ejerza la opción[/color:97c469fd31]. Esta opción deberá ejercerse dentro del plazo que las disposiciones legales establezcan para la presentación de la declaración del ejercicio del impuesto sobre la renta. No se dará efecto legal alguno al ejercicio de la opción fuera del plazo mencionado.
Tópico: Alimentos (art 109 fracc XXII)
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Enero 26, 2007 Asunto:
Prácticas fiscales indebidas!! Sociedades cooperativas. Salarios y previsión social (Criterio que se modifica en el mes de marzo de 2005). Las sociedades cooperativas que presten servicios a terceros, a través de sus socios y trabajadores, constituidas con la única finalidad de disminuir, entre otras contribuciones, el impuesto sobre la renta por concepto de salarios y en general por la prestación de un servicio personal subordinado, y de aplicar exenciones y deducciones que no cumplen con los requisitos y límites previstos en la Ley del Impuesto sobre la Renta, contravienen lo previsto en la misma, en materia de salarios y de previsión social, al disminuir el impuesto y aplicar exenciones y deducciones en forma improcedente. Esta práctica también se realiza por algunos contribuyentes a través de la sociedad en nombre colectivo y en comandita simple, en contravención a lo dispuesto en la ley.
Tópico: Empresas OUTSORCING
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Enero 26, 2007 Asunto:
Criterio de la autoridad. Sociedades cooperativas. Salarios y previsión social (Criterio que se modifica en el mes de marzo de 2005). Las sociedades cooperativas que presten servicios a terceros, a través de sus socios y trabajadores, constituidas con la única finalidad de disminuir, entre otras contribuciones, el impuesto sobre la renta por concepto de salarios y en general por la prestación de un servicio personal subordinado, y de aplicar exenciones y deducciones que no cumplen con los requisitos y límites previstos en la Ley del Impuesto sobre la Renta, contravienen lo previsto en la misma, en materia de salarios y de previsión social, al disminuir el impuesto y aplicar exenciones y deducciones en forma improcedente. Esta práctica también se realiza por algunos contribuyentes a través de la sociedad en nombre colectivo y en comandita simple, en contravención a lo dispuesto en la ley.

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