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Tópico: ¿ cambiarán las tasas de prestaciones en especie en 2009?
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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Enero 05, 2009 22:16:52 Asunto: Re: ¿ cambiarán las tasas de prestaciones en especie en 2009?
Finalizando el tópico, podemos concluir en tres puntos: 1. Las tasas quedarán iguales a las de 2008. (como lo dijo Pepesoto) 2. Queda abierta la posibilidad de evaluar el costo beneficio de pedir la devolución de las cuotas enteradas en demasia, según los abogados los particulares tienen todas las posibilidades de ganarle el juicio al IMSS. 3. Retomar lo que menciona bsasc de hacer llegar a nuestros diputados información al respecto, para que evaluen el impacto de modificar las tasas del artículo 106. Jamás se había visto que un artículo transitorio estableciera una tasa mayor que la que marca la Ley, lo correcto es que en Ley se establece la tasa final y en transitorios se da una aplicación paulatina. Saludos cordiales.
Tópico: Jubilación
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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Enero 05, 2009 22:04:25 Asunto: Re: Jubilación
Costo del amparo?? En Puebla cobran entre 15% y 25% del monto recuperado (cuotas de Infonavit de julio de 1997 en adelante). Lo más sencillo es acudir a la Procuraduria de la Defensa de los Derechos del Trabajador y en forma gratuita llevan el juicio. Saludos
Tópico: PERIODO NOMINA 29 DIC AL 4 ENE
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Enero 04, 2009 14:32:51 Asunto: Re: PERIODO NOMINA 29 DIC AL 4 ENE
Coincido con sosgtorreon, en el momento que pague la nómina ahi la acumulo, para el caso mencionado sería en 2009. Transcribo un párrafo del artículo 6 del CFF Las contribuciones [u]se causan conforme se realizan las situaciones jurídicas o de hecho[/u], previstas en las leyes fiscales vigentes durante el lapso en que ocurran. Como lo mencionaron anteriormente los ingresos en crédito no se considerán para el cálculo del ISR capitulo I.
Tópico: tablas 2009 sueldos y salarios
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Enero 04, 2009 14:20:26 Asunto: Re: tablas 2009 sueldos y salarios
Las tarifas de 2008 son identicas a las de 2009. Aún no procede actualizarlas!!
Tópico: Estimulo Fiscal Diesel
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Enero 04, 2009 14:18:29 Asunto: Re: Estimulo Fiscal Diesel
Emanuel Punto 1 en el ejercicio 2008 aunque estuvo vigente el estimulo por diesel, el importe fue cero, por lo cual no existe ningun importe por acreditar. Punto 2 respecto al estimulo de casetas, cuando pagues tu ISR solamente disminuyes dicho estimulo en el recuadro correspondiente. Solamente recuerda cumplir con los requisitos obligatorios para tener derecho al estimulo de peajes.
Tópico: Tabla INPC
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Enero 04, 2009 14:11:20 Asunto: Re: Tabla INPC
Nadiae Yo creo que tu actualización es correcta, lo que te debe faltar es [u]quitar los tres ceros [/u]de los pesos viejos que aplicaban antes de 1992. Saludos cordiales
Tópico: Saldo a favor con CAS o Subsidio
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Enero 04, 2009 14:08:07 Asunto: Re: Saldo a favor con CAS o Subsidio
Por supuesto que puedes compensar el saldo a favor de isr contra el iva. Solamente verifica que tu papel de trabajo donde calculaste los pagos provisionales de isr esté correcto, es comun que algunas empresas que no pueden acreditar el subsidio para el empleo [u]'inventan'[/u] pagos provisionales de isr los cuales pagan con acreditamiento de subsidio al empleo; al final del ejercicio tienen un saldo a favor de isr que pueden compensar contra iva.
Tópico: COI o Contpaq? Encuesta
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Mensaje Foro: Software Enviado: Enero 04, 2009 12:56:16 Asunto: Re: COI o Contpaq? Encuesta
En Puebla es lider COI, hay un excelente soporte tecnico y en muchas universidades llevan algunas materias donde ven COI, NOI y SAE por lo cual los egresados conocen bien dicho sistema. En lo personal prefiero CONTPAQ i, el soporte tecnico en Puebla es un poco lento, por lo cual requiero hablar directamente a Guadalajara; los egresados no conocen los programas de Computación en Acción. [u]Voto a favor del CONTPAQ i[/u] p.d. Si alcanza tu presupuesto (a partir de10,000.00 dólares) lo mejor es SAP
Tópico: ¿ cambiarán las tasas de prestaciones en especie en 2009?
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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Enero 03, 2009 14:29:47 Asunto: Re: ¿ cambiarán las tasas de prestaciones en especie en 2009?
Transcribo el comunicado que COPARMEX envía a sus socios: “Estimados socios de COPARMEX: El pasado 2 de diciembre, COPARMEX realizó una Consulta ante el Instituto Mexicano del Seguro Social, con la finalidad de aclarar una posible diferencia de interpretaciones respecto a los efectos de la vigencia del artículo 106 de la Ley del Seguro Social. La consulta se realizó en base a que: A. La fracciones I y II del artículo 106 de la Ley del Seguro Social, establece cuotas patronales y obreras que han sido incrmentadas o disminuidas año con año, por así haberse dispuesto en la Ley del Seguro Social de 1997. B. El Decreto de reformas a la Ley del Seguro Social de 1997, establece en su artículo Décimo Noveno, que las modificaciones ya fueran incrementos o disminuciones de las tasas señaladas en el artículo 106 citado, comenzarían en el año de 1998 y terminarán en el año 2007. C. Por otra parte, el Acuerdo 692/99 del IMSS, modifica la fecha de vigencia de estos artículos, señalando que el inicio de vigencia de el artículo Decimo Noveno Transitorio comenzaría el día 1 de enero de 1999, por lo que las modificaciones de incremento o decremento a las tasas a las que se refiere el artículo 106, serán el día 1 de enero de cada año, comenzando en el año de 1999, terminando en el 2008. De lo anterior, consideramos que existía el riesgo de una interpretación desfavorable para los sectores productivos, que causara que al concluir el año 2008, se regresara a las tasas establecidas en el artículo 106 Fracción I y II, del 13.9% como cuota fija, más el 6% de cuota patronal y 2% de cuota obrera. Por lo que acudimos a realizar la Consulta correspondiente ante el IMSS, para obtener su opinión favorable respecto a que los porcentajes establecidos en el artículo 106 deben continuar como hasta el día de hoy, [u]es decir, por cada asegurado pagar una cuota patronal del 20.40% de un SMGDF, y para los asegurados con salario base de cotización superior a tres veces el SMGDF, (además de la cuota señalada anteriormente) el 1.10% como cuota patronal y el 0.40% como cuota obrera[/u]. El Instituto a través de su Dirección Jurídica, realizó la contestación a la Consulta conforme a Derecho y a los argumentos expresados por COPARMEX. Por los motivos expresados, les informamos sobre la Consulta y su respuesta por considerarlo de su interés.
Tópico: ¿ cambiarán las tasas de prestaciones en especie en 2009?
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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Diciembre 31, 2008 20:52:22 Asunto: Re: ¿ cambiarán las tasas de prestaciones en especie en 2009?
bsasc Tus plantemientos son precisos y certeros, coincido con tu punto de vista de pagar con las tasas del transitorio y solicitar la devolución de la diferencia con el artículo 106. 1. Les conviene aplicar el artículo 106 (13.90%) a todas las empresas que tengan trabajadores con ingresoso menores a 4 salarios mínimos del Distrito Federal. 2. Empresas con trabajadores que ganan exactamente 4 salarios mínimos del D. F. son identicas las cuotas aplicando el xix transitorio o el artículo 106. 3. A empresas con trabajadores que perciban ingresos superiores a 4 salarios mínimos, les conviene aplicar el xix transitorio. Los tres puntos anteriores es considerando la cuota fija y la cuota adicional. Saludos cordiales

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