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Tópico: Trabajadora domestica
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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Agosto 21, 2007 Asunto: Re: Trabajadora domestica
[quote:81bfeb9cb2="AlexMauricio"]Buenas tardes a todos. alguien sabe que prima de riesgo le correspondería para este año una trabajadora domestica y si la aseguro en el regimen voluntario obligatorio tendria que darle [color=red:81bfeb9cb2]infonavit[/color:81bfeb9cb2] y sar etc.[/quote:81bfeb9cb2] [color=red:81bfeb9cb2]Infonavit no[/color:81bfeb9cb2] Fundamento Ley Federal del Trabajo Artículo 146.- Los patrones no estarán obligados a pagar las aportaciones a que se refiere el Artículo 136 de esta Ley por lo que toca a los trabajadores domésticos.
Tópico: Trabajadora domestica
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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Agosto 21, 2007 Asunto: Re: Trabajadora domestica
[quote:f1a0de06e1="AlexMauricio"]Buenas tardes a todos. alguien sabe para una trabajadora domestica y si la aseguro en el regimen voluntario obligatorio tendria que darle infonavit y sar etc.[/quote:f1a0de06e1] [color=red:f1a0de06e1]Sar si[/color:f1a0de06e1]
Tópico: Trabajadora domestica
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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Agosto 21, 2007 Asunto: Re: Trabajadora domestica
[quote:002a2889ae="AlexMauricio"]Buenas tardes a todos. alguien sabe que prima de riesgo le correspondería para este año una trabajadora domestica[/quote:002a2889ae] [color=olive:002a2889ae]Fracción 8913 Clase I Prima media de la clase I 0.54355%[/color:002a2889ae]
Tópico: TRABAJADOR SE LE LIQUIDA POR PENSION
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Agosto 20, 2007 Asunto:
Prima de antiguedad y partes proporcionales.
Tópico: IA se puede Compensar VS el Crèdito al Salario
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Agosto 17, 2007 Asunto: Re: IA se puede Compensar VS el Crèdito al Salario
[quote:ed86fce5cd="martinlopez"]Crédito al salario Los saldos a favor de crédito al salario no son susceptibles a la compensación universa, en virtud de que el crédito al salario no es un impuesto ni un saldo a favor o pago de lo indebido, es decir, se trata de cantidades entregadas al trabajador conforme a la mecánica que se establece en el artículo 115 de la LISR [color=red:ed86fce5cd]si tienes credito al salario a favor paga isr en pago provisional y no pagas impuesto al activo[/color:ed86fce5cd][/quote:ed86fce5cd] En algunas ocasiones lo hice así, de entrada protesto el despacho que nos dictamina... finalmente aceptaron.
Tópico: IA se puede Compensar VS el Crèdito al Salario
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Agosto 17, 2007 Asunto:
[quote:8e8dae433f="ARMANDOCAAMAL"]ESTO ES LO QUE DICE EL DECRETO DEL 26 DE ENERO DE 2005, EN EL 7° ARTICULO, A QUE SE REFIERE MEM: ARTÍCULO SÉPTIMO.- Los retenedores que entreguen dinero por concepto de crédito al salario a sus trabajadores, en los términos del último párrafo del artículo 115 de la Ley del Impuesto sobre la Renta, vigente hasta el 31 de diciembre de 2004, y de la fracción XXV del artículo tercero del “Decreto por el que se reforman, adicionan, derogan y establecen diversas disposiciones de la Ley del Impuesto sobre la Renta y de la Ley del Impuesto al Activo y establece los Subsidios para el Empleo y para la Nivelación del Ingreso”, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 1 de diciembre de 2004, además de acreditar contra el impuesto sobre la renta a su cargo o del retenido a terceros, también [color=red:8e8dae433f]podrán acreditar [/color:8e8dae433f]contra el impuesto al valor agregado, a su cargo o del retenido a terceros, [color=red:8e8dae433f]o el impuesto al activo a su cargo[/color:8e8dae433f], las cantidades entregadas a sus trabajadores en los términos de los preceptos legales antes citados, siempre que el 95% del número de sus trabajadores hubieran percibido salario mínimo general en el año de calendario inmediato anterior.[/quote:8e8dae433f] Armando gracias por la información, no lo tenia a la mano.
Tópico: IA se puede Compensar VS el Crèdito al Salario
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Agosto 17, 2007 Asunto: Re: IA se puede Compensar VS el Crèdito al Salario
[quote:57479bc646="tpalacio"]Buenas Noches Me gustaría que por favor me indicaran si se puede compensar el Impuesto al Activo VS el Crédito al Salario. Esto en virtud de que en la empresa se tiene que pagar Impuesto al Activo y tenemos mucho Crédito al Salario que no hemos acreditado con ningún impuesto. Muchas gracias por su ayuda y sugerencias.[/quote:57479bc646] Supongo que deseas "acreditar" CAS contra Impuesto al Activo... Verifica el artículo 7º del decreto del 26 de enero de 2005. Saludos
Tópico: PRESTAMOS (obligacion de informar en declaracion)
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Agosto 16, 2007 Asunto:
Artículo 106 LISR ....................... Las personas físicas residentes en México están obligadas a informar, en la declaración del ejercicio, sobre los préstamos, los donativos y los premios, obtenidos en el mismo, siempre que éstos, en lo individual o en su conjunto, excedan de $1’000,000.00.
Tópico: PRESTAMOS (obligacion de informar en declaracion)
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Agosto 16, 2007 Asunto: Re: PRESTAMOS (obligacion de informar en declaracion)
[quote:ebd579eb23="criskras"]Hola, Tres preguntitas por favor: 1) sigue vigente para 2007 la obligatoriedad de informar los PRESTAMOS que recibe una PERSONA FISICA con ACTIVIDAD EMPRESARIAL?? [u:ebd579eb23][color=red:ebd579eb23]Si[/color:ebd579eb23][/u:ebd579eb23] 2) sigue siendo solo si el monto rebasa $1,000,000? [color=red:ebd579eb23][u:ebd579eb23]Si[/u:ebd579eb23][/color:ebd579eb23] 3) me podrian orientar en la base legal? [u:ebd579eb23][color=red:ebd579eb23]Artículo 106 LISR[/color:ebd579eb23][/u:ebd579eb23] Muchas gracias.[/quote:ebd579eb23]
Tópico: INFORME SOBRE CURSOS O DIPLOMADOS DE SEGURIDAD SOCIAL
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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Agosto 15, 2007 Asunto:
gcruz No es exactamente el curso que buscas, el 7 de septiembre habra un curso en el Colegio de Contadores de Merida. El tema es "ISR de sueldos y salarios" que impartira el CPC Ubaldo Díaz de la firma Deloitte Posteriormente iniciaran varios cursos del área de Seguridad Social. Saludos

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