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Tópico: IVA en honorarios medicos
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Junio 21, 2010 17:25:17 Asunto: Re: IVA en honorarios medicos
a_cano hugoocejo Gracias por sus participaciones. Inocentemente pense que pudiese existir una exención. Saludos
Tópico: IVA en honorarios medicos
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Junio 21, 2010 14:54:42 Asunto: Re: IVA en honorarios medicos
[quote]¿Honorarios o donativo? [/quote] Se factura como honorarios medicos a_cano En aplicación estricta del artículo 15 de la LIVA, como no es S C debiera causar IVA. Me surge la duda porque es una institución de beneficencia y pudiera existir algún 'criterio' que lo exentara. Saludos
Tópico: INCREMENTO DE SALARIO DIARIO SUBITO
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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Junio 21, 2010 12:44:49 Asunto: Re: INCREMENTO DE SALARIO DIARIO SUBITO
[quote]Solamente debe cubrir como el [b]8.56%[/b] del salario que se reporte de manera fija (por mes) durante el tiempo que le falte por las 500 semanas o por los 5 años. [/quote] El porcentaje a cubrir en 'covoro' es de 10.075%
Tópico: IVA en honorarios medicos
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Junio 21, 2010 12:34:48 Asunto: Re: IVA en honorarios medicos
Enrique y CPVictor: Gracias por sus aportaciones. Saludos
Tópico: ¿SE PAGA ACTUALIZACION Y RECARGOS AL COMPENSAR UN SALDO A FAVOR?
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Junio 21, 2010 12:32:27 Asunto: Re: ¿SE PAGA ACTUALIZACION Y RECARGOS AL COMPENSAR UN SALDO A FAVOR?
RCCF Artículo 12.- Para los efectos de los recargos a que se refiere el artículo 21 del Código, se entenderá que el pago de las contribuciones o aprovechamientos se realizó [b]oportunamente cuando el contribuyente realice el pago mediante compensación[/b] contra un saldo a favor o un pago de lo indebido, hasta por el monto de los mismos, siempre que se hubiere presentado la declaración que contenga el saldo a favor o se haya realizado el pago de lo indebido con anterioridad a la fecha en la que debió pagarse la contribución o aprovechamiento de que se trate. Cuando la presentación de la declaración que contenga el saldo a favor o la realización del pago de lo indebido se hubieran llevado a cabo [b]con posterioridad a la fecha en la que se causó la contribución[/b] o aprovechamiento a pagar, los recargos se causarán por el periodo comprendido entre la fecha en la que debió pagarse la contribución o aprovechamiento y la fecha en la que se originó el saldo a favor o el pago de lo indebido a compensar.
Tópico: ACCIDENTE EN TRAYECTO ( CONCESION DE TRANSPORTE )
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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Junio 18, 2010 12:12:14 Asunto: Re: ACCIDENTE EN TRAYECTO ( CONCESION DE TRANSPORTE )
Memo: Hace dos años el IMSS envio una circular interna, donde consideraban RT los ocurridos en el traslado, siempre y cuando el transporte lo proporcione la empresa... Despues de varias platicas con el IMCP el IMSS se retracto y cancelo la circular. Supongo que por ahi se están agarrando, en la circular hacían referencia a varias tesis de RT.
Tópico: INCREMENTO DE SALARIO DIARIO SUBITO
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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Junio 18, 2010 12:06:59 Asunto: Re: INCREMENTO DE SALARIO DIARIO SUBITO
Karina: Es importante conocer cuantas semanas cotizadas tiene el señor, si trae solamente 500 semanas no tiene caso incrementar el SBC. Para promediar el salario toman las últimas 250 semanas cotizadas. Si gustas enviame un mail a mem13@prodigy.net.mx y te comparto un artículo que baje del portal del IMCP, donde se describe como se calculan las pensiones. Saludos
Tópico: IVA en honorarios medicos
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Junio 17, 2010 23:25:18 Asunto: IVA en honorarios medicos
Cruz Roja IAP, expide recibos por consultas medicas sin cobrar el IVA... es correcto o la exención sólo aplica para SC. Saludos
Tópico: Cesantía - Retiro
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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Junio 17, 2010 23:22:27 Asunto: Re: Cesantía - Retiro
[quote]Le darán lo que acumuló en su afore ? independiente de la Pensión. ?? [/quote] Al momento de pensionarte por cesantia o vejez con la Ley de 1973, de la Afore sólo recibiras el saldo de SAR 1992, Retiro 1997 y Vivienda 1992-1997. El resto del saldo se utilizara para financiar tu pensión.
Tópico: ST-7 SE SUGIERE NO LLENARLO
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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Junio 14, 2010 11:30:01 Asunto: Re: ST-7 SE SUGIERE NO LLENARLO
En Puebla, si el trabajador acude al IMSS por un probable RT y no entrega el formato ST 7, despues de 1 ó 2 años verifican en la empresa que sucedio con el RT... El personal del IMSS, no ha profundizado en sus investigaciones, solamente nos dijeron que si lo habiamos llevado con el medico particular, es obligación reportar el RT al IMSS.

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