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Tópico: Inscripcion Rep. Legal ???
Mem

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Agosto 12, 2005 Asunto:
La pregunta se refiere a representante legal... no a socio ó accionista. La respuesta ya la dió missveronica.
Tópico: aviso de compensacion
Mem

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Agosto 12, 2005 Asunto: Re: aviso de compensacion
[quote:80028c9400="cpap"]que tal. Oigan, se me pasó presentar el aviso de compensación en tiempo, busqué en el cff y menciona multa por la no presentación del aviso, en este caso que fué presentado en forma extemporánea, creen que pueda tener algún problema saludos[/quote:80028c9400] [color=orange:80028c9400]Mi opinión es que si presentaste el aviso de compensación en forma espontanea, NO HAY MULTA. Para mayor seguridad checa el status de tu compensación en la ALAC y sales de dudas.[/color:80028c9400]
Tópico: GASTOS MENORES 8%
Mem

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Agosto 12, 2005 Asunto: Re: GASTOS MENORES 8%
[quote:d612312ad3="rcjf2002"]Haber si entiendo bien, Se puede aplicar esta deducción ciega en un contribuyente del Régimen intermedio, por ejemplo, que en el mes de julio tiene un total de ingresos acumulados de 70,000.00 y un total de deducciones autorizadas de 50,000.00, esto resultaria en una utilidad de 20,000.00 Si a esta utilidad le aplico esta deducción ciega del 8% (1,600.00) Estaría sumando al total de mis deducciones autorizadas, esta cantidad de 1,600.00 pesos adicionales???[/quote:d612312ad3] [color=orange:d612312ad3]Estas en lo correcto. Es reforma de 2005, último párrafo del art. 123 LISR[/color:d612312ad3]
Tópico: GASTOS MENORES 8%
Mem

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Agosto 12, 2005 Asunto:
missveronica. Por tu nombre me imagino que estoy en el certamen de Señorita Contaduria. Respecto a la exclusión general de $6,333.33 mensuales existe un error en la LISR, en pagos provisionales si puedes restarlo... Sólo que en la anual no se puede!!! En tópicos anteriores, se ha recomendado mejor no disminuir la exclusión general en pagos prov. para no complicarte en la anual. Saludos
Tópico: ayuda para deducir un auto?
Mem

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Agosto 12, 2005 Asunto:
Si es en arrendamiento puro, $250.00 diarios según decreto del 23 de abril de 2003.
Tópico: Devolucion del Credito al Salario a favor
Mem

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Agosto 12, 2005 Asunto:
Una forma sencilla de recuperar el CAS, eleva tus pagos provisionales y paga acreditando CAS. Cuando hagas tu declaración anual, tienes saldo a favor y puedes compensar o solicitar devolución. De otra forma de 2002 hacia adelante no se puede pedir en devolución, ni aun llevandolo al Tribunal. Con relación en la tesis expuesta por sosgtorreon
Tópico: BUENAS NOTICIAS
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Agosto 12, 2005 Asunto: Re: BUENAS NOTICIAS
[quote:9546e5dcc9="CARLOS0708"]y la fecha limite para presentar complementaria? por favor respondan[/quote:9546e5dcc9] Mejor abre un tópico nuevo con tu pregunta.
Tópico: GASTOS MENORES 8%
Mem

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Agosto 12, 2005 Asunto: Re: GASTOS MENORES 8%
[quote:f9fd9dcaf9="missveronica"]Precisamente estoy checando este dato, desde mi punto de vista en ley dice que se deducir un 8% de la utilidad que resulte, pero tengo ciertas dudas ( y por lo que veo somos varios a los que no nos queda claro) Primero.- La ley dice que esto en sustitucion de los gastos menores que señala el reglamento, ya cheque reglamento y no veo a que se refiere con los gastos menores.... [color=olive:f9fd9dcaf9]Utilizalo como tu quieras, es un beneficio, queda libre lo que tu quieras considerar como gasto menor[/color:f9fd9dcaf9] Segundo.- Esto para efecto de pagos provisionales o declaracion anual, no lo especifica. [color=olive:f9fd9dcaf9]Aplica para pagos provisionales y por consecuencia para cálculo anual[/color:f9fd9dcaf9] Tercero.- Entonces ¿ se tendrá el beneficio de la exclusion general 6,333.33 cada mes y aparte el 8% de la utilidad que resulte ?? [color=olive:f9fd9dcaf9]En 2005 sólo el 8% de la utilidad sin rebasar $25,000.00 [/color:f9fd9dcaf9][color=orange:f9fd9dcaf9]En 2006 el 8% de la utilidad sin rebasar $25,000.00 y laexclusión general de $6,333.33[/color:f9fd9dcaf9] Ah que buenas gentes... 8O[/quote:f9fd9dcaf9]
Tópico: RETENCION ISR DEFUNCION ¡URGENTE!
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Agosto 12, 2005 Asunto:
En el régimen fiscal de nuestro pais, ni porque se muera se escapa de pagar impuestos. Calculale como si estuviera vivo, no hay ningún trato preferencial. Recuerda aplicar la exención del art. 109 f X
Tópico: INVENTARIO ACUMULABLE SIN FACTOR DE UTILIDAD*
Mem

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Agosto 12, 2005 Asunto:
dragonces. Tienes toda la razon, acumular el inventario es una opción. Si no tomas dicha opción, debes considerar que tus primeras ventas (hasta por tu inv. inicial), no tienen costo fiscal y el impuesto sería más elevado. Existe una lógica fiscal, el inventario inicial de 2005 ya fué una deducción fiscal (via compras) para volver a deducirlo... primero debes acumularlo. Sino estarias teniendo un doble beneficio.

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