19/Jun/10 00:10
Re: IVA en honorarios medicos
Segun las exenciones para IVA por servicios medico son las siguientes:
Artículo 15 LIVA.- No se pagará el impuesto por la prestación de los siguientes servicios:
XIV.- Los servicios profesionales de medicina, cuando su prestación requiera título de médico conforme a las leyes, siempre que sean prestados por personas físicas, ya sea individualmente o por conducto de sociedades civiles.
XV.- Los servicios profesionales de medicina, hospitalarios, de radiología, de laboratorios y estudios clínicos, que presten los organismos descentralizados de la Administración Pública Federal o del Distrito Federal, o de los gobiernos estatales o municipales.
Habria que investigar si en el reglamento o dentro de la RMF 2010-2011 se apliquen algunas reglas al respecto.
O si la Cruz Roja presta el servicio concesionado con alguna dependencia administrativa de gobierno.
Saludos cordiales,
enrique9727
¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate.
Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?