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Tópico: DEBERÁN.....O PODRÁN ?
CPhugoocejo

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Abril 25, 2011 13:34:12 Asunto: Re: DEBERÁN.....O PODRÁN ?
[quote]PERO............Y SI EXISTE, EXACTAMENTE UNA MULTA EN CODIGO PARA LA NO PRESENTACION DEL LISTADO ?[/quote] ´ Si existe....( de hecho en algunos estados de nuestro México fincan las multas en lo siguiente )... [color=red]Artículo 81 CFF. Son infracciones relacionadas [/color]con la obligación de pago de las contribuciones, [color=red]así como de presentación de declaraciones[/color], solicitudes, documentación, avisos, [color=red]información[/color] o expedir constancias: II.- [color=blue]Presentar las declaraciones, las solicitudes, los avisos, o expedir constancias, incompletos, con errores o en forma distinta a lo señalado por las disposiciones fiscales[/color], o bien cuando se presenten con dichas irregularidades, las declaraciones o los avisos en medios electrónicos. Lo anterior no será aplicable tratándose de la presentación de la solicitud de inscripción al Registro Federal de Contribuyentes. saludos [i]Editado: Abril 25, 2011 13:34:35[/i]
Tópico: DEBERÁN.....O PODRÁN ?
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Abril 25, 2011 13:14:49 Asunto: Re: DEBERÁN.....O PODRÁN ?
Si la obligación de presentar el listado de conceptos del ejercicio 2010 en forma mensual radicaba en la LIF 2010, y se consideraba de carácter imperativa, ahora en la misma ley tambien lo dicta en forma imperativa, pero NO en forma mensual, sino anual..........[color=red]entonces a mi punto de vista es ANUAL la presentacion del listado del IETU correspondiente al ejercicio 2011...............ya que la LEY NO DA OPCION para presentarlas en forma mensual.[/color] Respecto a las multas [color=red]habría que remitirse al CFF[/color], en donde se fincaría las citadas por presentarlas en forma incorrecta, [color=red]ya que estarían enviando listados sin tener la obligacion por LEY de hacerlos.[/color] saludos
Tópico: REPECOS
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Abril 24, 2011 22:05:32 Asunto: Re: REPECOS
Bien decía mi Maestro, cuando muchos contadores [color=red]puedan dicernir la interpretacion en su totalidad, en ver un todo, en no solo conocer ciertos terminos y ENCASILLARSE [/color]en los mismos, entonces podras ver realmente el espiritu de la ley. saludos
Tópico: ASIMILADOS A SALARIOS ¿LE APLICA LA NO RETENCIÓN?
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Abril 24, 2011 20:08:02 Asunto: Re: ASIMILADOS A SALARIOS ¿LE APLICA LA NO RETENCIÓN?
El Numeral 113 LISR aplica para calculos de ISR a trabajadores aplicando a su vez el SE, pero en los asimilados se aplica la tabla del numeral en comento, pero sin SE porque NO son trabajadores. Por ende si se les retiene ISR a los asimilados. saludos
Tópico: REPECOS
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Abril 24, 2011 18:43:39 Asunto: Re: REPECOS
[quote]Ahora, ¿Quién aplica las reglas de RMF opcionales y los Anteproyectos? La aplica quien las conoce[/quote] Los contadores publicos especialistas en la materia, [color=red]no cualquier persona puede aplicar reglas miscelaneas.[/color], los anteproyectos NO son validos, por eso hay que ver el 33 CFF. No es correcto usar opciones en detrimento de nuestros clientes., [u]ojala alguien tenga el fundamento de que toda publicacion en la pagina del sat es juridicamente valida[/u], [color=red]puestos los terminos fiscales NO son los mismos que los juridicos[/color]..... saludos
Tópico: listado de ietu por arrendamiento pf
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Abril 24, 2011 18:31:52 Asunto: Re: listado de ietu por arrendamiento pf
[quote]mis ingresos anuales fueron menos de 20,000 pesos yo solo tengo la obligacion de presentar declaracion anual de isr e ietu [/quote] Solo por curiosidad....¿ tiene los fundamentos de lo que cita en el parrafo citado? saludos
Tópico: REPECOS
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Abril 23, 2011 12:25:58 Asunto: Re: REPECOS
Además debemos recordar lo que estipula el numeral 33 ya citado con anterioridad, pero para una mayor comprensión está lo siguiente.. [color=red]Penúltimo párrafo del 33 CFF.[/color] Asimismo, [color=red]las autoridades fiscales darán a conocer a los contribuyentes, a través de los medios de difusión que se señalen en reglas de carácter general[/color], los criterios de carácter interno que emitan para el debido cumplimiento de las disposiciones fiscales, salvo aquéllos que, a juicio de la propia autoridad, tengan el carácter de confidenciales, [u]sin que por ello nazcan obligaciones para los particulares [/u][color=blue]y únicamente derivarán derechos de los mismos cuando se publiquen en el Diario Oficial de la Federación[/color] Mas claro ni el agua... ¡ ¡ ¡ he ahí la razón de [color=red]mi sugerencia[/color]., en fin. saludos
Tópico: REPECOS
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Abril 23, 2011 11:56:13 Asunto: Re: REPECOS
[quote]Bueno, [color=red]le recuerdo que NO todas las reglas son TRAMITES en una RM[/color], usted señaló que con la regla II.1.1 puede revivir y dar validez reglas de un anteproyecto y NO ES ASÍ.,……o me va a decir que todas las reglas miscelaneas son trámites??? NO, NO…., amen de la falta de observancia general que ya le había yo mencionado[/quote] Así es, cada quien.... ¡ ¡ ¡ saludos
Tópico: REPECOS
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Abril 23, 2011 09:48:23 Asunto: Re: REPECOS
[color=red]Exactamente colega taxfiscalistas,[/color] totalmente de acuerdo con usted. saludos
Tópico: REPECOS
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Abril 23, 2011 09:44:44 Asunto: Re: REPECOS
[quote]'No Memoli..........Ni aún aplicando una regla vigente como usted señala puede aplicarse al contenido de un anteproyecto, pues éste último NO es válido, porque éste aún NO esta publicado en el DOF. Ah, Caray...¿Dónde dice eso que dice? Ignoraba que esta regla en particular estaba condicionada por lo que comenta...[/quote] [color=red]No ha entendido la disposición,[/color] [u]para mi es muy claro, pero se lo explicaré de otro modo[/u]…usted señaló lo siguiente………. Título II.1. Disposiciones generales Requisitos de los trámites II.1.1. '....Cuando en las páginas de Internet del SAT o de la Secretaría se establezcan a favor de los contribuyentes, [color=red]requisitos diferentes a los establecidos en la presente Resolución para la realización de algún trámite[/color], podrán aplicar en sustitución de lo señalado en la citada Resolución, [u]lo dispuesto en dichas páginas para el trámite que corresponda.[/u] [color=red]Recuerda el ejemplo que le expuse con antelación sobre la aplicación de reglas de un anteproyecto…?[/color] [color=red]Bueno, le recuerdo que NO todas las reglas son TRAMITES en una RM[/color], [color=blue]usted señaló que con la regla II.1.1 puede revivir y dar validez reglas de un anteproyecto y NO ES ASÍ[/color].,……[u]o me va a decir que todas las reglas miscelaneas son trámites??? NO, NO…., amen de la falta de observancia general que ya le había yo mencionado.[/u] 'La regla si es vigente, el anteproyecto NO es oficial............' [quote]Por eso, Hugo...La regla sí está vigente...Por separado, el anteproyecto No es Oficial... La regla le está dando 'vida' al publicar en su página del SAT a un anteproyecto que por sí solito no tiene validez … Justo por eso, porque el anteproyecto no tiene validez, la autoridad sacó esta reglita...¿O para qué la sacó entonces? [/quote] Esa pregunta no me la haga a mi, [color=red]puesto no soy legislador…..[/color] .¿[quote]Cómo aplica entonces usted una regla miscelánea cuando ha decidido aplicarla en beneficio del contribuyente? Y estamos hablando de una regla publicada en el DOF y vigente ... Se aplican las reglas Miscelaneas cuando se publiquen en el DOF.... ¿Y la regla que estoy mencionando no está publicada en el DOF?[/quote] [color=red]'La regla si es vigente, el anteproyecto NO es oficial............ ( esto ya se lo habia mencionado )[/color] [quote]Para finalizar mi participación en este tópico …. Me gustaría si puede darme el fundamento de esto que dice: 'No Memoli..........Ni aún aplicando una regla vigente como usted señala puede aplicarse al contenido de un anteproyecto, pues éste último NO es válido, porque éste aún NO esta publicado en el DOF.[/quote] [color=red]Aquí me dispensará, pero como observo usted copia arriba y abajo el mismo párrafo, pues ahí le va……….[/color] [color=red]Bueno, le recuerdo que NO todas las reglas son TRAMITES en una RM[/color], [color=blue]usted señaló que con la regla II.1.1 puede revivir y dar validez reglas de un anteproyecto y NO ES ASÍ[/color].,……[u]o me va a decir que todas las reglas miscelaneas son trámites??? NO, NO…., amen de la falta de observancia general que ya le había yo mencionado.[/u] PD-. [color=red]Y eso que usted no me contestó todas mis preguntas, sobre todo las jurídicas que le hice con antelación…en fin.[/color] saludos

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