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Tópico: IDE NO ACREDITADO EN EL EJERCICIO.......SINO EN OTRO
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Marzo 02, 2010 22:23:15 Asunto: Re: IDE NO ACREDITADO EN EL EJERCICIO.......SINO EN OTRO
[quote]Con los comentarios vertidos por ISAKI y Saul Castro queda mas claro que el agua [color=red]que lo que procederia en este caso sería la compensación o devolución[/color]. saludos. [/quote] Que tal enrique. Nos regala su analisis?.. saludos
Tópico: IDE NO ACREDITADO EN EL EJERCICIO.......SINO EN OTRO
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Marzo 02, 2010 22:20:37 Asunto: Re: IDE NO ACREDITADO EN EL EJERCICIO.......SINO EN OTRO
[quote]No se puede acreditar en ejercicios posteriores ya que lo dispuesto por el Art. 7 coercitivamente exije el acreditamiento en el mismo ejercicio[/quote]. Una precision... Artículo 7. El impuesto establecido en esta Ley efectivamente pagado [color=red]en el ejercicio de que se trate[/color], será acreditable contra el impuesto sobre la renta a cargo en dicho ejercicio El acreditamiento ocurrira por lo sigiente..., si observa el numeral 7 primer parrafo podra vislumbrar que PRIMERO CONDICIONA a que el gravamen denominado IDE sea pagado EN EL EJERCICIO QUE SE TRATE............recuerde que por ahi existe una RM....revisela...y si este IDE corresponde al siguiente ejercicio, porsupuesto que se acreditara.......cuestion de concatenar...
Tópico: COMPENSACION DE IVA
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Marzo 02, 2010 16:58:19 Asunto: Re: COMPENSACION DE IVA
[quote]CP HUGO ME REQUIRIERON EN LA DE GAUDALUPE. ALGUN COMENTARIO??? [/quote] Solo da seguimiento a lo que te requirieron. [quote]si ya estas segura que definitivamente fue un error desistete [/quote] No lo considero prudente que se desista, debe dar seguimiento al requerimiento de la autoridad y cumplir con dicho mandato, de lo contrario representa actos de molestia y muy posiblemente mas postergaciones a su trámite...pero en fin... saludos
Tópico: IDE NO ACREDITADO EN EL EJERCICIO.......SINO EN OTRO
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Marzo 02, 2010 16:30:33 Asunto: Re: IDE NO ACREDITADO EN EL EJERCICIO.......SINO EN OTRO
[quote]y creo que no lo puedes acreditar en siguientes ejercicios pero si compensar y solicitar en devolucion [/quote] Difiero de su opinión por los siguiente... a) el numeral 7 IDE especifica que si puedes acreditar el IDE vs ISR b) ahora bien, [color=red]la regla es una OPCION, por eso dice...podrás.....no especifica deberás, o aplicarás......[/color]...es decir, da libre albedrío a si el causante quiere o no ponerle un ' 0 ', si para posteriormente compensar........pero a su vez y en caso de subsistir algun remanente, entonces puedo solicitar devolución, NO solo compensar....en otras palabras, [color=red]primero tienes que AGOTAR el ACREDITAMIENTO DEL 7...antes de llegar a compensar o solicitar devolución..............................[/color] c) Pero..........quien lleva el mando es el 7 IDE, que a su vez especifica......... Artículo 7. El impuesto establecido en esta Ley efectivamente pagado en el ejercicio de que se trate, [u]será acreditable contra el impuesto sobre la renta a cargo en dicho ejercicio,[/u] ..........salvo que previamente hubiese sido acreditado contra el impuesto sobre la renta retenido a terceros............. o............. compensado contra otras contribuciones federales a su cargo o............ hubiese sido solicitado en devolución. Veamos el párrafo donde algunos argumentan que se pierde.el IDE en otro ejercicio................... [color=red]Cuando el contribuyente no acredite en un ejercicio el impuesto establecido en esta Ley efectivamente pagado,[/color]............ pudiendo haberlo hecho conforme a este artículo, ...................perderá el derecho a hacerlo en los ejercicios posteriores ...................y hasta por la cantidad por la que pudo haberlo efectuado. En síntesis, si el causante tiene : ISR A CARGO..................1,000 ( - ) IDE Recaudado.............200 ( primer y segundo pàrrafo del 7 IDE ) P.P ISR.............................800 La pregunta de lo arriba citado..¿ Estoy acreditando el IDE ? si................ Pero.......... ISR A CARGO.................. 0 ( - ) IDE Recaudado.............200 ( primer y segundo pàrrafo del 7 IDE ) P.P ISR.............................( 200 ) La pregunta de lo arriba citado[quote]..¿ Estoy acreditando el IDE ? NO, puesto no tengo UN ISR A CARGO.............¿ Cómo lo aplico si no tienes ISR ?................¿ Lo pierdo ? NO...puesto fué imposible acreditarlo................................¿ a que base,? ¿ a que gravamen ?[/quote] Pero en fin, las opiniones son respetables para quienes exponen que si se pierde, pero no las comparto... saludos
Tópico: AYUDA URGENTE GASTOS PAGADOS EN EFECTIVO
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Marzo 02, 2010 12:03:15 Asunto: Re: AYUDA URGENTE GASTOS PAGADOS EN EFECTIVO
mira lobozac la situacion es la siguiente: cuenta bancaria so tengo, el poblado en el que vivo efectivamente no hay ningun banco y tengo que trasladarme por carretera aprox 1 hora para hacer los depositos, banca electronica estoy batallando ya que internet por parte de telmex no hay, y el de telcel o iusacell se batalla para tener conexion, algunos de mis proveedores me exigen pago con efectivo ya que segun ellos desconfian porque como estoy alejado de la ciudad donde ellos tienen sus negocios tienen el temor de que les vaya a dar un cheque sin fondos, ante estas situaciones que puedo hacer. Puede hacer dos cosas: 1.- Hacer una promoción ante la autoridad hacendaria para que lo libere de la obligación de expedir cheques. 2.- Pagar en efectivo y cuando la autoridad le hiciera alguna visita domiciliaria para revisar el correcto cumplimiento de sus oblicaciones fiscales y le determinara alguno o algunos créditos por esta situación, en este y solo en este caso se tendría que 'pelear' con ella en un juicio... Le recomiendo que se asesore con un experto fiscal para tales efectos...cualquier opción que tome es bajo su responsabilidad pero debe tener elementos suficientes para tomarla...
Tópico: AYUDA URGENTE GASTOS PAGADOS EN EFECTIVO
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Marzo 01, 2010 23:51:47 Asunto: Re: AYUDA URGENTE GASTOS PAGADOS EN EFECTIVO
vea el numeral 31 F-III,LISR donde dice...las autoridades podran liberar etc.... saludos
Tópico: F3241 - Anexo 7 IVA 16% Si Origen es de Noviembre 2009
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Marzo 01, 2010 15:36:58 Asunto: Re: F3241 - Anexo 7 IVA 16% Si Origen es de Noviembre 2009
Pues si, lo mas conveniente es presentar dicho escrito, de lo contrario, el sat podrá decirte, es que tu pusiste 16%......... programitas tan obsoletos y eso que todavian hacen los citados con el icono del ' zorrito '..ni hablar. saludos
Tópico: Nueva tarifa para pago impuesto sobre nóminas Campeche
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Marzo 01, 2010 15:20:19 Asunto: Re: Nueva tarifa para pago impuesto sobre nóminas Campeche
la del DOF.......pero no batalles, habla a finanzas de tu estado ..o..apersónate ante la misma... saludos
Tópico: COMPENSACION DE IVA
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Marzo 01, 2010 15:18:44 Asunto: Re: COMPENSACION DE IVA
[quote]el asunto es que [color=red]me requieren la documentacion comprobatoria [/color],[/quote] lo que te hayan comentado el SAT...ademas del requerimiento... por curiosidad , en cual ALR te requirieron? saludos
Tópico: Anticipo a Proveedores ¿IVA DESGLOSADO?
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Marzo 01, 2010 15:10:03 Asunto: Re: Anticipo a Proveedores ¿IVA DESGLOSADO?
[quote]¿Entonces cuando puedo acreditar para efectos de I.V.A. ese anticpo? [/quote] ¿ que teme paisano ?...la respuesta ya le fué otorgada. saludos

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