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Tópico: Hola el impuesto IDE es a partir de 15,000, si realizo 2 depositos de 7,500 c/u en diferente dia, tambien aplica el impuesto?
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Octubre 24, 2009 09:59:04 Asunto: Re: Hola el impuesto IDE es a partir de 15,000, si realizo 2 depositos de 7,500 c/u en diferente dia, tambien aplica el impuesto?
antoniohh Tambien me permito hacerle la Observacion que lo que nos comenta con respecto al IDE...DEBE ser APROBADO por la camara de senadores...., ....antes de ser publicado en el DOF....si tiene la aprobacion y si nos proporciona lo que le pregunta mi estimado Lobozac, pues mucho se lo agradeceriamos.... saludos
Tópico: IVA DE COMERCIALIZADORA EN LA FRONTERA
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Octubre 23, 2009 18:43:09 Asunto: Re: IVA DE COMERCIALIZADORA EN LA FRONTERA
Asi es mi estimado Jesus..... Y a preparar nuestros sistemas y papeles de trabajo para el 01-01-2010..la tasa ya no sera del 10% , sino del 11%....en la region del norte... saludos
Tópico: EMPRESAS PAGADORAS
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Octubre 23, 2009 16:11:23 Asunto: Re: EMPRESAS PAGADORAS
Greddy En ese caso le sugiero ' redacte ' mejor su planteamiento, porque da la impresion de que no conoce del tema, y no es por ignorancia ,sino sobre todo, por la manera de como lo expuso...ya se puede malinterpretar, he ahi que mi comentario anterio iba encaminado no a causar una molestia, sino que al intuir como solicito dicho material denotaba lo antes suscrito...en fin. saludos
Tópico: DESPENSAS Y BOTELLAS DE LICOR SON DEDUCIBLES EN EPOCA NAVIDEÑA?
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Octubre 23, 2009 15:42:40 Asunto: Re: DESPENSAS Y BOTELLAS DE LICOR SON DEDUCIBLES EN EPOCA NAVIDEÑA?
Asi es Br2, el fundamento es el 32 tal como bien lo indicas.........y es el mismo que da la [color=red]generalidad.........[/color]por lo considero no es necasario ver la juris...de lo demas es correcto. saludos
Tópico: Reforma: con chapuza
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Octubre 23, 2009 15:29:17 Asunto: Re: Reforma: con chapuza
Efectivamente Br2, es un mero espejismo el ' poco incremento de los citados gravamenes '...pero al plasmarlos en papeles de trabajo...se eleva al doble el tributo....... saludos
Tópico: Hola el impuesto IDE es a partir de 15,000, si realizo 2 depositos de 7,500 c/u en diferente dia, tambien aplica el impuesto?
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Octubre 23, 2009 15:23:45 Asunto: Re: Hola el impuesto IDE es a partir de 15,000, si realizo 2 depositos de 7,500 c/u en diferente dia, tambien aplica el impuesto?
SVS Al menos este año no te preocuparas por la disminucion a 15,000 ( parte exenta ) si depositas mas de 15,000 claro esta..., por otro lado...si depositas unicamente 15,000 en efectivo en el mes.... no tienes IDE.... ejemplo ( caso contrario) el 1 de ene-2010 depositas...100,000 en efectivo... 100,000(-)15,000 ( parte exenta )=85,000*3% IDE= 2,550......de impuesto.... saludos
Tópico: formas de garantizar el interes fiscal
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Octubre 23, 2009 15:15:46 Asunto: Re: formas de garantizar el interes fiscal
En este caso no se sabe si ya esta fincado el crédito fiscal o únicamente recibió una invitación para ponerse al corriente[color=red].....invitación…= requerimiento?....vea y lea por favor que fue lo que pregunto el autor y analice las diferencias………en fin.[/color] Simplemente aludí a tu comentario, nunca hiciste la aclaración, ahí también hay que usar el 'sentido común'.......[color=red]Se que usted aludió a mi comentario, pero esto que me comenta no tiene sentido , ¿porque preguntar lo mismo?…..además..¿Aclarar en que sentido? No acostumbro el hacer la tarea de otros…, quizás porque algunos no les agrada pensar y desean saber todo, pero esto no es así..[/color] [color=red]saludos [/color]
Tópico: formas de garantizar el interes fiscal
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Octubre 23, 2009 12:47:38 Asunto: Re: formas de garantizar el interes fiscal
Claro que hay que buscar soluciones y ya comenté un par[color=red]....bien por usted mi estimado[/color]. OK.... tal vez no he comprendido adecuadamente.... podrías clarificar las formas?.[color=red]Ahi te va…..agota la NEGOCIACION antes de un crédito fiscal ( esto no solo le sirve con el SAT, sino con el IMSS )…hay cosas que se resuelven antes de…aunque el fisco te diga..No se admite la gestión de negocios……que barbaridad….[/color] Pues la expones como la única (En dónde escribí o mencioné que era la única?,[color=red]léase bien por favor….” Exponer como la única “ no significa escribir que es la única…sepa distinguir por favor[/color] (Porque lo soy no se la daría... tu si?....[color=red]vaya, hasta me entendió en este punto…lógicamente JAMAS le darías a la autoridad una computadora de donde tienes tu trabajo…seria absurdo si la entregas).[/color] Tu mencionaste que en un embargo se daría una computadora y yo comenté que no era posible por ser una herramienta de trabajo... luego entonces?...[color=red]efectivamente, yo mencione que se daría una computadora en un embargo…..pero por SENTIDO COMUN nunca se daría a la autoridad una computadora que para usted LE SIRVA EN SU TRABAJO……ahora si me entendió?[/color] Si gustas compartir adelante....[color=red]ya lo hice mi estimado…el pasito que le decía es lo señalado por Montiel con .buen aporte …………dado que ahí no tiene que garantizar el interés fiscal… Saludos[/color]
Tópico: formas de garantizar el interes fiscal
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Octubre 23, 2009 11:09:19 Asunto: Re: formas de garantizar el interes fiscal
La autoridad lo que busca es recuperar a la brevedad posible los créditos fiscales, de ahí que deberán de ser de fácil realización[color=red]....Pues claro, es su trabajo…..y te pregunto..¡ Cual es el de nosotros?...buscar soluciones…..o no?[/color] Me parece que no leíste adecuadamente mi comentario...'le entregas todos los bienes a la autoridad y aún así le quedas a deber?' …[color=red]Entiendo perfectamente tus comentarios….pero no me has comprendido que existen formas no lesivas para pagarle a la autoridad……[/color] (Nunca mencione que fuera la única…….[color=red]Pues la expones como la única, pero en fin, que bueno que lo aclaras….... [/color](Y luego entonces, tiene que buscar la liquidez de algún modo para pagar los créditos) ..[color=red]Por supuesto, no hablo de no pagarle a la autoridad, sino a lo que me refiero es de extender el modo de pago………..([/color]Y entonces como paga para no hundirlo…... (Ok... entonces que espere la autoridad a que yo reúna lo suficiente para que pueda pagar el crédito....) [color=red]puede ser…pero dormirá tranquilo el causante esperando a los del inseguro esperando los jitomatazos? No, no..[/color] Entonces a que tipo de computadora te refieres? [color=red]Que paso mi estimado….llega la autoridad a embargarte y te dice el ejecutor..¿Que me llevo?...y tu como buen contador le dices…que le parece si se lleva mi computadora donde tengo TODO MI TRABAJO….le parece bien Sr. Ejecutor……entonces que le darías….? ¿Una computadora donde tengas o no el trabajo? Fácil no?[/color] Pues yo no la veo entre líneas... serías tan amable de comentarla[color=red]?...vamos mi estimado, ya te dieron una pista………solo que recuerda que cuando llega un ejecutor a trabar un embargo…¿cuales son las dos figuras antes de pasar a lo que te comenta Saúl?...porque hay un paso antes de llegar a lo que expone correctamente Saúl…¿cual es? Saludos[/color]
Tópico: formas de garantizar el interes fiscal
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Octubre 23, 2009 09:50:26 Asunto: Re: formas de garantizar el interes fiscal
[u]No entendió mi ultimo planteamiento….los ejemplos que expuse era para vislumbrara que NO siempre en un embargo se deben dar bienes, ya no digamos de fácil realización como usted alude, sino que en los embargos de negociación (propiamente que realiza el infonavit) NUNCA sustrae bienes¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡entonces NO siempre en un embargo se sustraen bienes de fácil realización¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡ me comprendió? He ahí las diferencias…………[/u] En el planteamiento inicial se expuso que los bienes no son suficientes para cubrir el importe de los créditos... le entregas todos los bienes a la autoridad y aún así le quedas a deber?..[color=red]Me parece que no leyó usted adecuadamente….le pregunto¿ el causante tiene bienes o no? Si tiene verdad? Si los bienes no son suficientes, acaso por no tenerlos se conformara solo con eso y le dirá a la autoridad…me dispense usted, pero mis bienes que actualmente poseo no alcanzan a garantizarle los créditos fiscales así como así? Sin duda que requiere habilidad para soslayar ese detalle…..de que hay formas… las hay………[/color] De ahí mi opción de la obtención de un crédito para cubrir la mayor cantidad posible de los créditos fiscales y que el contribuyente siga con su actividad para obtener recursos y poder liquidar la totalidad de los créditos.... tons?...[color=red]es una opción la que usted alude, pero no es la única…..aparte si no tiene liquidez, le agregarías una carga mas por la obtención de ese crédito? Lo hundirías más financieramente….. Claro, puede obtener recursos propios de su actividad y trabajo…..en pocas palabras..Lo endeudarías mas…de lo que ya esta el contribuyente….[/color] En cuanto a los bienes, primero embargaran los bienes muebles y con posterioridad los inmuebles sobre todo aquellos artículos que sean considerados de lujo o que no sean exclusivos del trabajo o menaje para poder vivir…..[color=red]recuerde , primeramente, en un embargo…el contribuyente tiene primeramente el DERECHO de otorgar los bienes…no el ejecutor¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡aguas…..[/color] Lo que no te pueden embargar son bienes de primera necesidad como puede ser las herramientas de trabajo, si la computadora que mencionas fuera una herramienta que ocupas para desarrollar tú trabajo, tampoco la podrían embargar!!!!....[color=red]es obvio que las herramientas de trabajo no se embargan, es muy claro el CFF respecto a eso…pero…jamás le mencione que una computadora de TRABAJO sea sujeta a embargo…¡¡¡¡¡cuidado…[/color] [color=red]Concluyendo, la opción que alude representa una carga mas al contribuyente, hay otra opción…solo que hay que verla entre líneas…..pero ahí esta…..cual?...analice de nuevo y la vera…. Saludos[/color]

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