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Tópico: Deducciones autorizadas de Personas Morales y Físicas
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Junio 12, 2010 13:19:46 Asunto: Re: Deducciones autorizadas de Personas Morales y Físicas
Puedes buscar en el colegio de contadores públicos algun material o con San Google... suerte y saludos
Tópico: II.5.1 QUE ALGUIEN ME EXPLIQUE
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Junio 12, 2010 13:18:23 Asunto: Re: II.5.1 QUE ALGUIEN ME EXPLIQUE
[quote]ya me encabrone[/quote] a que mi estimado....Sin duda hay que estar firmes ante la autoridad previendo cualquier eventualidad y no perder la calma. saludos
Tópico: Declaración Anual PF que no recibieron el acuse
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Junio 12, 2010 11:22:28 Asunto: Re: Declaración Anual PF que no recibieron el acuse
Así es mi estimado.. saludos
Tópico: ¿ Nueva leyenda en Constancia?
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Junio 12, 2010 11:18:00 Asunto: ¿ Nueva leyenda en Constancia?
II.3.6.2. [u]Para los efectos del artículo 118, fracciones III y V de la Ley del ISR, los retenedores que deban proporcionar constancias de remuneraciones cubiertas a las personas que les hubieran prestado servicios personales subordinados[/u], [color=red]deberán [/color][color=red]asentar en la forma oficial 37, una leyenda en la que se señale la fecha en que se presentó ante el SAT la Declaración Informativa Múltiple de los pagos de las citadas remuneraciones[/color]; el número de folio o de operación que le fue asignado a dicha declaración y manifestación sobre si realizó o no el cálculo anual del ISR al trabajador al que le entrega la constancia. Tratándose de contribuyentes que opten por utilizar en lugar de la forma oficial 37, la impresión del Anexo 1 que emita el programa para la presentación de la Declaración Informativa Múltiple o el Anexo 1 de la forma oficial 30, deberán también asentar en los mismos términos la información a que se refiere el párrafo anterior. [u]Esta información se asentará en el citado formato, impresión o anexo, según se trate, en el anverso o reverso del mismo, mediante sello, impresión o a través de máquina de escribir[/u]. La leyenda a que se refiere la presente regla, [color=red]se asentará [/color]en los siguientes términos: 'Se declara, bajo protesta de decir verdad, que los datos asentados en la presente constancia, fueron manifestados en la respectiva declaración informativa (múltiple) del ejercicio, presentada ante el SAT con fecha ____________________ [color=red]y a la que le correspondió el número de folio o de operación __________, así mismo, SI ( ) o NO ( ) se realizó el cálculo anual en los términos que establece la Ley del ISR.'[/color] Al final de la leyenda antes señalada, deberá nuevamente imprimirse el sello, en caso de que se cuente con éste, y firmarse por el empleador que expida la constancia. [color=red]Las constancias a que se refiere la presente regla, podrán proporcionarse a los trabajadores a más tardar el 28 de febrero de cada año[/color] saludos
Tópico: Declaración Anual PF que no recibieron el acuse
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Junio 12, 2010 10:59:11 Asunto: Declaración Anual PF que no recibieron el acuse
Décimo Sexto Transitorio RM 2010-2011 Los contribuyentes personas físicas que [color=red]enviaron su declaración anual vía Internet el 30 de abril de 2010, que no hubieren obtenido el acuse de recibo electrónico [/color]con el número de operación correspondiente, [color=red]podrán ejercer la opción [/color]a que se refiere la regla[color=red] I.3.11.7. de la presente Resolución,[/color] [u]cuando el pago de la primera parcialidad se hubiera efectuado a más tardar el 3 de mayo de 2010[/u]. Asimismo,[color=red] podrán aplicar el procedimiento establecido en la regla I.3.11.7., las personas físicas que presentaron la declaración el 3 de mayo de 2010 y que optaron por pagar en parcialidades.[/color] Saludos [i]Editado: Junio 12, 2010 11:13:18[/i]
Tópico: II.5.1 QUE ALGUIEN ME EXPLIQUE
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Junio 12, 2010 10:40:14 Asunto: Re: II.5.1 QUE ALGUIEN ME EXPLIQUE
[quote]para ver que tanto afectaria la entrada probable de esta regla en ley. [/quote] En esto depende de ti y NO solo en lo que estipula la regla, sino planeando en OTRAS figuras. saludos
Tópico: II.5.1 QUE ALGUIEN ME EXPLIQUE
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Junio 12, 2010 10:27:42 Asunto: Re: II.5.1 QUE ALGUIEN ME EXPLIQUE
[quote]pero lo mas seguro es que el proximo año ya venga en ley, haciendolo obligatorio[/quote] Okis, pero actualmente NO está estipulado en la LEY, por lo tanto esta regla NO te obliga hacer lo contrario. saludos
Tópico: OPCION MICROE
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Junio 12, 2010 10:18:34 Asunto: Re: OPCION MICROE
[url]http://www.sat.gob.mx/sitio_internet/servicios/20_18325.html[/url] saludos mi estimado.
Tópico: VIGENTE EN 2010 LA NO PRESENTACIÓN DE LA DEC. INF. DE CLIENTES Y PROV.
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Junio 12, 2010 10:05:35 Asunto: Re: VIGENTE EN 2010 LA NO PRESENTACIÓN DE LA DEC. INF. DE CLIENTES Y PROV.
Gracias mi estimado. saludos
Tópico: II.5.1 QUE ALGUIEN ME EXPLIQUE
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Junio 12, 2010 10:02:29 Asunto: Re: II.5.1 QUE ALGUIEN ME EXPLIQUE
[quote]Para los efectos del artículo 2-C de la Ley del IVA, los contribuyentes que no ejerzan la opción de calcular el IVA mediante estimativa deberán presentar el aviso de actualización de actividades económicas y obligaciones[/quote] Jesus ¿ Que no se supone que practicamente todos los Repecos pagan vía estimativa? ¿ Que no los mismo los manejan las entidades federativas de los estados? si todos pagan ante dichas entidades y son estimativas...¿ que razón tiene esta regla? ¿ Entonces para que preocuparse por esa regla? saludos

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