Foros


Inicio » Fiscal

Página: 1 2 3

Mensaje Autor

Arriba
19/Abr/11 11:57
ASIMILADOS A SALARIOS ¿LE APLICA LA NO RETENCIÓN?

BUEN DÍA,

ME SURGIÓ UNA DUDA, OJALÁ PUEDAN APOYARME,

En el caso de un Asimilado a Salarios que percibe un salario mínimo, ¿le aplica lo señalado en el Art. 113, primer párrafo, que señala. 'No se efectuará retención a las personas que en el mes únicamente perciban un salario mínimo general correspondiente al área geográfica del contribuyente'.
A los asimilados no les aplica el subsidio al empleo, entonces mi duda es si tampoco se le retendría el ISR?, en su caso, ¿Es el Empleador el que tendría que pagar dicho ISR?

Agradezco de antemano sus comentarios
 
Perfil

WANDA
Cabo

Mensajes: 28
Ingresó: Marzo 05, 2011
Ubicación:

No Conectado

Agregar como amigo

Arriba
19/Abr/11 13:00
Re: ASIMILADOS A SALARIOS ¿LE APLICA LA NO RETENCIÓN?

WANDA:
...entonces mi duda es si tampoco se le retendría el ISR?..

Si se le debe retener ISR y como bien comentas no tiene derecho al Subsidio al Empleo.




Saludos
 
'El optimista piensa que el realista es pesimista. El pesimista dice que el realista es optimista. El realista sabe que el optimista es idealista.'
 
Perfil

CHAVALON
General de Brigada

Mensajes: 5795
Ingresó: Abril 03, 2005
Ubicación:

No Conectado

Agregar como amigo

Arriba
19/Abr/11 16:59
Re: ASIMILADOS A SALARIOS ¿LE APLICA LA NO RETENCIÓN?

GRACIAS!! CHAVALÓN

Saludos
 
Perfil

WANDA
Cabo

Mensajes: 28
Ingresó: Marzo 05, 2011
Ubicación:

No Conectado

Agregar como amigo

Arriba
19/Abr/11 18:05
Re: ASIMILADOS A SALARIOS ¿LE APLICA LA NO RETENCIÓN?

Wanda

Cuando capturas un asimilado en el DIM Anexo 1...¿ será la misma mecánica a que si capturaras un trabajador ?


saludos
 
Consultores Fiscales : www.elfiscal.net, Twitter: ElFiscalNet Super promoción de Cursos: http://www.elfiscal.net/p/super-promocion-de-cursos-fiscales.html
 
Perfil

CPhugoocejo
General de Brigada

Mensajes: 5322
Ingresó: Mayo 18, 2004
Ubicación:

No Conectado

Agregar como amigo

Arriba
19/Abr/11 22:58
Re: ASIMILADOS A SALARIOS ¿LE APLICA LA NO RETENCIÓN?

Por mi parte, me pronuncio que debe de aplicarse la garantia constitucional de igual para efectos de la retencion de impuestos.

1 salarios minimo general es lo que se especifica como monto para no hacerle deduccion por ISR dentro de la LFT.

Si bien para los que imperan en esta ley no le aplicaria impuesto alguno por ISR. No es posible que solo algunas personas reciban este beneficio.

El SUBE no le aplicaria en favor a este tipo de contribuyentes.

Pero, en definitiva no debe existir ISR a cargo
 
Saludos cordiales, enrique9727 ¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate. Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?
 
Perfil

enrique9727
General de División

Mensajes: 15565
Ingresó: Julio 10, 2007
Ubicación:

No Conectado

Agregar como amigo

Arriba
20/Abr/11 10:51
Re: ASIMILADOS A SALARIOS ¿LE APLICA LA NO RETENCIÓN?

Wanda:

Si un asimilado a salarios sólo percibe un salario mínimo en el mes, no debe haber retención de ISR.

Fundamento artículo 113 LISR y artículo 123 de la Constitución.

Saludos
 
¡¡ juntos damos soluciones !!
 
Perfil

Mem
Teniente Coronel

Mensajes: 2922
Ingresó: Mayo 18, 2004
Ubicación:

No Conectado

Agregar como amigo

Arriba
20/Abr/11 11:02
Re: ASIMILADOS A SALARIOS ¿LE APLICA LA NO RETENCIÓN?

es asimilado a salarios para efectos de ISR pero no quiere decir que esté protegido por la ley laboral ni el 123 de la Constitución.
 
Jorge B.
 
Perfil

JABP
Teniente

Mensajes: 243
Ingresó: Enero 12, 2005
Ubicación:

No Conectado

Agregar como amigo

Arriba
20/Abr/11 11:23
Re: ASIMILADOS A SALARIOS ¿LE APLICA LA NO RETENCIÓN?

La verdad tengo mis dudas mem, en cuanto a la exencion de retencion de asimilables a salrios, pienso que en ambos caso la constitucion y la ley del ISR se refieren a trabajadores con relacion laboral. Transcribo los articulo para el analisis:

Art 123 CPEUM

fraccion VIII.- El salario mínimo quedara exceptuado de embargo, compensación o descuento.

Artículo 109 LISR. No se pagará el impuesto sobre la renta por la obtención de los siguientes ingresos:

fraccion I. Las prestaciones distintas del salario que reciban los trabajadores del salario mínimo general para una o varias áreas geográficas, calculadas sobre la base de dicho salario, cuando no excedan de los mínimos señalados por la legislación laboral, así como las remuneraciones por concepto de tiempo extraordinario o de prestación de servicios que se realice en los días de descanso sin disfrutar de otros en sustitución, hasta el límite establecido en la legislación laboral, que perciban dichos trabajadores.

Saludos
 
Perfil

choco75
Teniente

Mensajes: 327
Ingresó: Enero 03, 2011
Ubicación:

No Conectado

Agregar como amigo

Arriba
20/Abr/11 13:16
Re: ASIMILADOS A SALARIOS ¿LE APLICA LA NO RETENCIÓN?

Por otro lado estan lo sipuesto por el articulo 113 de la LISR primer parrafo:

Artículo 113. Quienes hagan pagos por los conceptos a que se refiere este Capítulo están obligados a efectuar retenciones y enteros mensuales que tendrán el carácter de pagos provisionales a cuenta del impuesto anual. No se efectuará retención a las personas que en el mes únicamente perciban un salario mínimo general (¿exento?) correspondiente al área geográfica del contribuyente.

De este primer parrafo del 113 se puede entender que toda persona a la que se le hagan retenciones en el capitulo de salarios estaria exento de la retencion de ISR, tal como sostiene mem

Ahora en caso de no hacer la retención como dice mem hay que hacer la siguiente pregunta:

1.- El no hacer la retención según el primer párrafo del 113 LISR ¿es dejar exento a los asimilables a salarios? ¿o se absorbe la cuota por el obligado a retener?

¿Que opinan?

Saludos.



Editado: Abril 21, 2011 00:30:36
 
Perfil

choco75
Teniente

Mensajes: 327
Ingresó: Enero 03, 2011
Ubicación:

No Conectado

Agregar como amigo

Arriba
21/Abr/11 13:23
Re: ASIMILADOS A SALARIOS ¿LE APLICA LA NO RETENCIÓN?

Hola buenas tardes Choco:

Precisamente esa es la fundamentacion legal a mi participacion anterior. Que bien que la localizaste. Eres muy bueno observando los detalles finos. No a todos se les da.

Donde se fundamentaria la grarantia individual constitucional de la igualdad (tributaria). No es posible que algunos contribuyentes, siendo iguales, tengan un trato preferencial solamente para ciertos y otros no. En esta disposicion que compartes, es precisamente para señalar que toda persona fisica, sea por ingreso que sea sin determinacion de ISR, siempre y cuando sea exclusivamente por este monto especificado (y efectivamente es por el area geografica del contribuyente) y por cualesquier tipo de ingreso que se perciba.

Pero hay que aclarar que no es una deduccion o se le disminuiria de los ingresos acumulables. Esta parte de la disposicion atiende la premisa para que la LISR no sea inconstitucional y se pueda fungir como una contribucion con todas las de la ley.

Y el retenedor no absorve ninguna partida, simplemente no retendria bajo lo comprendido por esta norma, ni el contribuyente cubreria ISR, mas sin embargo si declararian, tanto el retenedor y el contribuyente, y no habria ISR a cubrirse por disposicion expresa de su propia ley.
 
Saludos cordiales, enrique9727 ¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate. Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?
 
Perfil

enrique9727
General de División

Mensajes: 15565
Ingresó: Julio 10, 2007
Ubicación:

No Conectado

Agregar como amigo


Página: 1 2 3