Foros


Inicio » Búsqueda » Mensajes de CPhugoocejo

Autor Mensaje
Tópico: fecha de vencimiento de recibo de honorarios
CPhugoocejo

Mensajes: 2
Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Octubre 31, 2009 14:37:49 Asunto: Re: fecha de vencimiento de recibo de honorarios
Ha visto la fecha de caducidad de dichos recibos? saludos
Tópico: DUDAS SOBRE GASTOS ...
CPhugoocejo

Mensajes: 5
Mensaje Foro: Contabilidad Enviado: Octubre 31, 2009 14:04:25 Asunto: Re: DUDAS SOBRE GASTOS ...
solorti vea tambien los numerales, 31 F-III, 32, 134 LISR, 29 y 29-A CFF. saludos
Tópico: Los Diputados y senadores Pagan Impuestos
CPhugoocejo

Mensajes: 9
Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Octubre 31, 2009 11:54:14 Asunto: Re: Los Diputados y senadores Pagan Impuestos
baha el que no paguen impuestos los diputados no significa que TU ESTARIAS EXENTA A NO PAGAR IMPUESTOS....... le sugiero vea por favor el capitulo III titulo IV LISR. saludos
Tópico: NOTIFICACION DE CITATORIO
CPhugoocejo

Mensajes: 9
Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Octubre 31, 2009 10:44:46 Asunto: Re: NOTIFICACION DE CITATORIO
Mi estimado Gilberto, un placer leerle por estos lares, dices bien, 'sin aseverar que sea ese en exclusivo el que aplique'..es correcto, [color=red]ya que el citado numeral 48 del CFF no aplica en principio en el caso aludido[/color], ya que solo bastaria para observar el primer parrafo del numeral antes suscrito, pero como cultura y conocimiento para el autor del topico es admisible. Un saludo
Tópico: Ayuda para deudas adquiridas en 2009 como afectarán en 2010
CPhugoocejo

Mensajes: 4
Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Octubre 31, 2009 10:15:14 Asunto: Re: Ayuda para deudas adquiridas en 2009 como afectarán en 2010
Merino Le pido por favor proporcione de que IMPUESTO se refiere usted....porque luego se cae en ' [color=red]especulaciones '...[/color]y no tiene caso......... saludos
Tópico: NOTIFICACION DE CITATORIO
CPhugoocejo

Mensajes: 9
Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Octubre 30, 2009 19:39:20 Asunto: Re: NOTIFICACION DE CITATORIO
Lo dicho..ACUDA ante la autoridad correspondiente.......ahi le diran los pormenores...lo demas ya usted decidira....pagar o impugnar......... saludos
Tópico: impugnar multa
CPhugoocejo

Mensajes: 3
Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Octubre 30, 2009 19:37:41 Asunto: Re: impugnar multa
Pues le sugiero primeramente que se APERSONE en finanzas y vea de que se trata el requerimiento...................porque hay cosas que se arreglan antes de tratar de ' pelearse ' con la autoridad....... saludos
Tópico: ¿Copia de resolucion de Junta de concialiacion y arbitraje?
CPhugoocejo

Mensajes: 14
Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Octubre 30, 2009 18:57:57 Asunto: Re: ¿Copia de resolucion de Junta de concialiacion y arbitraje?
Lobozac En este caso si difiero a considerar en forma presunta que el caso en comento es el equivalente a una sanción, derivado que son cosas distintas en el caso en comento, lo cual me permitiré exponer las razones por el cual considero la deducibilidad del caso aludido. 1-. El numeral propiamente ubicado bajo el titulo II, numeral 32 F-VI se refiere una regla general, en el cual consiste en que los preceptos denominados como las sanciones, las indemnizaciones por daños y perjuicios o las penas convencionales y, que podrán deducirse cuando la ley imponga la obligación de pagarlos por provenir de riesgos creados, responsabilidad objetiva, caso fortuito, fuerza mayor o por actos de terceros. 2-. Ciertamente el pago de una indemnización laboral ante la JCYA representa un desembolso para la empresa que lo eroga, pero No debe perderse de vista, sino que estas deben considerarse necesarias con su actividad y que estas tuvieron incidencias en el desempeño de la entidad. 3-. Respecto a la pena convencional es una obligación accesoria, no el medio o vinculo por el cual las entidades adquieren recursos para la generación de sus ingresos, por lo que ninguna entidad coadyuva o más bien celebra un contrato en que exista la justificación solo por la pena convencional. 4-. Por lo tanto el numeral antes citado no aplica en el caso aludido, [color=red]ya que se sobreentiende que la resolución por si misma, aunado a los numerales concernientes a la Ley Laboral y deducibilidad en materia de ISR serán los indicados que justifiquen la deducibilidad del multicitado caso aludido.[/color] Saludos
Tópico: ACREDITAMIENTO DEL IDE
CPhugoocejo

Mensajes: 6
Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Octubre 30, 2009 15:51:32 Asunto: Re: ACREDITAMIENTO DEL IDE
Ahi le va... http://www.sat.gob.mx/sitio_internet/informacion_fiscal/reforma2008/137_10564.html#15 Lea todo esto y analicelo por favor.......... saludos
Tópico: RESPONSABLE SOLIDARIO???
CPhugoocejo

Mensajes: 4
Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Octubre 30, 2009 15:01:08 Asunto: Re: RESPONSABLE SOLIDARIO???
Ahí le va sugerencias ¿Que debo entender por responsable solidario? ¿Impugnaron el capital constitutivo? ¿En que términos quedo la resolución? PD-. Recuerde que las reglas de exponer un tema sea cual sea en cualquier sección de ESTE FORO, las expone, y[color=red] las NORMA el foro al que pertenecemos, no los foristas..[/color] Espero, le sirva mi comentario mi estimado ZAPATA Saludos

Página: 1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 13 14 15 16 17 18 19 20 21 22 23 24 25 26 27 28 29 30 31 32 33 34 35 36 37 38 39 40 41 42 43 44 45 46 47 48 49 50 51 52 53 54 55 56 57 58 59 60 61 62 63 64 65 66 67 68 69 70 71 72 73 74 75 76 77 78 79 80 81 82 83 84 85 86 87 88 89 90 91 92 93 94 95 96 97 98 99 100 101 102 103 104 105 106 107 108 109 110 111 112 113 114 115 116 117 118 119 120 121 122 123 124 125 126 127 128 129 130 131 132 133 134 135 136 137 138 139 140 141 142 143 144 145 146 147 148 149 150 151 152 153 154 155 156 157 158 159 160 161 162 163 164 165 166 167 168 169 170 171 172 173 174 175 176 177 178 179 180 181 182 183 184 185 186 187 188 189 190 191 192 193 194 195 196 197 198 199 200 201 202 203 204 205 206 207 208 209 210 211 212 213 214 215 216 217 218 219 220 221 222 223 224 225 226 227 228 229 230 231 232 233 234 235 236 237 238 239 240 241 242 243 244 245 246 247 248 249 250 251 252 253 254 255 256 257 258 259 260 261 262 263 264 265 266 267 268 269 270 271 272 273 274 275 276 277 278 279 280 281 282 283 284 285 286 287 288 289 290 291 292 293 294 295 296 297 298 299 300 301 302 303 304 305 306 307 308 309 310 311 312 313 314 315 316 317 318 319 320 321 322 323 324 325 326 327 328 329 330 331 332 333 334 335 336 337 338 339 340 341 342 343 344 345 346 347 348 349 350 351 352 353 354 355 356 357 358 359 360 361 362 363 364 365 366 367 368 369 370 371 372 373 374 375 376 377 378 379 380 381 382 383 384 385 386 387 388 389 390 391 392 393 394 395 396 397 398 399 400 401 402 403 404 405 406 407 408 409 410 411 412 413 414 415 416 417 418 419 420 421 422 423 424 425 426 427 428 429 430 431 432 433 434 435 436 437 438 439 440 441 442 443 444 445 446 447 448 449 450 451 452 453 454 455 456 457 458 459 460 461 462 463 464 465 466 467 468 469 470 471 472 473 474 475 476 477 478 479 480 481 482 483 484 485 486 487 488 489 490 491 492 493 494 495 496 497 498 499 500 501 502 503 504 505 506 507 508 509 510 511 512 513 514 515 516 517 518 519 520 521 522 523 524 525 526 527 528 529 530 531