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Tópico: comprobante fiscal digital reforma 2012
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Diciembre 13, 2011 18:15:30 Asunto: Re: comprobante fiscal digital reforma 2012
[quote]Ahora hay que ser adivinos para la forma de pago[/quote] No mi estimado, [color=red]las formas si las menciona la reforma[/color], en efectivo, transferencias etc etc... saludos
Tópico: comprobante fiscal digital reforma 2012
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Diciembre 13, 2011 17:45:09 Asunto: Re: comprobante fiscal digital reforma 2012
[quote]Una interpretación lógica también podría ser que ese requisito NO es aplicable a comprobantes que no sean cobrados en el momento de realizar la operación, es decir, si se pacta a 30 días el pago, es imposible anotar la forma en que se realizó el pago así como los dígitos de la cuenta[/quote] Difiero mi estimado..la reforma es clara, puesto NO hace distinción alguna a ciertos comprobantes. saludos
Tópico: comprobante fiscal digital reforma 2012
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Diciembre 13, 2011 17:43:16 Asunto: Re: comprobante fiscal digital reforma 2012
[quote]A NO CONCUERDA CON LO QUE SE SEÑALO EN EL CFD/CFDI. ¿HABRA ALGUN INCONVENIENTE POR LA FORMA DE PAGO? EN CUALQUIERA DE LAS DOS, SE ESTA ACUMULANDO PARA IVA, IETU E ISR (PF, SC, Y LAS QUE APLIQUE).[/quote] Si resulta incoveniente mi estimado...la reforma es clara, quien no cumpla con lo dispuesto es NO deducible. saludos
Tópico: comprobante fiscal digital reforma 2012
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Diciembre 13, 2011 16:13:09 Asunto: Re: comprobante fiscal digital reforma 2012
Interesante...pero.......... [quote]c) [color=red]Señalar la forma en que se realizó el pago[/color], ya sea en efectivo, transferencias electrónicas de fondos, cheques nominativos o tarjetas de débito, de crédito, de servicio o las denominadas monederos electrónicos que autorice el Servicio de Administración Tributaria, indicando al menos los últimos cuatro dígitos del número de cuenta o de la tarjeta correspondiente[/quote] aqui a lo que veo, [color=red]es señalar la forma de quien paga[/color]...........vamos, si este paga en efectivo, transferencia, cheques....[color=blue]no importando si es a credito o no.....hay que reflejarlo en el CFDI...............eso amarra con el 31 F-III LISR......[/color] Con eso el fisco cierra el circulo de la evasión fiscal...hay de aquellos que emitan facturas ' balinas '.......................... saludos
Tópico: Discrepancia Determinacion
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Diciembre 13, 2011 10:20:13 Asunto: Re: Discrepancia Determinacion
Que tal mi estimado Jose Luis, .... Definitivamente el tema tiene más aristas....da para más.. saludos
Tópico: Refacturacion personas fisicas
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Diciembre 08, 2011 17:48:14 Asunto: Re: Refacturacion personas fisicas
Solo un comentario.......[color=red]Por regla general se debe ver primeramente la ley, posteriormente el reglamento en cuestión[/color], el autor comenta que la PM recibe el servicio de una PF ya que e[u]l autor del tema pregunta cuando lo puede hacer deducible y si procede o no.[/u] Considero NO refacturar siempre y cuando se cumplan los requisitos que menciona nuestra estimada ngm. Por otra parte, no hay más por agregar,[color=red] la respuesta bien sustentada fué realizada por mi estimada ngm.[/color] saludos [i]Editado: Diciembre 08, 2011 17:50:15[/i]
Tópico: Pago de honorarios en efectivo
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Diciembre 08, 2011 13:32:44 Asunto: Re: Pago de honorarios en efectivo
[quote]pero vamos sigue estando dentro de lo que comentamos no esta exento de retencion de isr.[/quote] Mi estimada Mujer maravilla....... Los asimilados es claro el procedimiento...............respecto a su retención, por eso mismo especifiqué que es una FACILIDAD que la misma LISR nos otorga. saludos
Tópico: Pago de honorarios en efectivo
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Diciembre 08, 2011 12:55:31 Asunto: Re: Pago de honorarios en efectivo
Algunas S.C si pagan ISR, IETU...................pero otras NO. Hay una tercera opción. ¿ Que pasa si se entrega el remanente completo con respecto a la utilidad fiscal ?.....recordemos el numeral 29 F-XI LISR.... Por otra parte, es factible ser asimilado para efectos de ISR, sin embargo ésta figura no existe en la ley laboral.........mas cuando existe la subordinación......¿ valdrá la pena? ¿ contratos? ¿horarios de trabajo para ambas figuras?....se podrá?.....sin duda. saludos
Tópico: Que paso con Lobozac???
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Diciembre 08, 2011 09:59:25 Asunto: Re: Que paso con Lobozac???
No mi estimado Martillo, la pagina que mencionas no es de mi autoría...... La que si es la que viene abajo en mi firma. saludos
Tópico: Pago de honorarios en efectivo
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Diciembre 08, 2011 09:21:53 Asunto: Re: Pago de honorarios en efectivo
[quote]Somos una sociedad civil [color=red]y vendemos servicios[/color]. Hay personas que venden poco [color=red]y hay que darles la comisión[/color]. El problema es los impuestos. Como se hace para pagar sueldos cuando no me pueden entregar factura, ni recibo de honorarios, pero tampoco son subordinados.[/quote] Pues dices vendes servicios............no son sueldos.... Definitivamente hay que pagar contribuciones, si los das de alta como asalariados, registralos en el IMSS etc....y si son por honorarios hay que pagar retenciones...así de facil... Si no...¿ Que vendes ? saludos

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