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Tópico: aguinaldo
lcgabrielaranda

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Mensaje Foro: Laboral Enviado: Diciembre 09, 2009 18:00:15 Asunto: Re: aguinaldo
Hola helen para su caso le pido por favor que veamos los siguientes numerales LFT, en ese mismo orden de secuencia: Artículo 87.- Los trabajadores tendrán derecho a un aguinaldo anual ... Artículo 8o.- Trabajador es la persona física que presta a otra, física o moral, un trabajo personal subordinado Artículo 10.- Patrón es la persona física o moral que utiliza los servicios de uno o varios trabajadores. Artículo 12.- Intermediario es la persona que contrata o interviene en la contratación de otra u otras para que presten servicios a un patrón. Artículo 13.- No serán considerados intermediarios, sino patrones, [u][i][b]las empresas establecidas que contraten trabajos para ejecutarlos con elementos propios suficientes para cumplir las obligaciones que deriven de las relaciones con sus trabajadores. En caso contrario serán solidariamente responsables con los beneficiarios directos de las obras o servicios, por las obligaciones contraídas con los trabajadores[/b][/i][/u] Al ser un trabajador que presta su servicio a otra empresa que no es su patron, la empresa como tal que lo tiene contrato(patron) es la obligada a pagar el aguinaldo conforme a los numerales expuestos, esto es, es un outsoucirng donde figura patron cliente(el que recibe los servicios del trabajador) con patron proveedor(el que contrato legalmente a los trabajadores) es este ultimo el obligado a pagar el aguinaldo!! Saludos
Tópico: AVISO FUERA DE TIEMPO
lcgabrielaranda

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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Diciembre 09, 2009 17:42:50 Asunto: Re: AVISO FUERA DE TIEMPO
Hola elvira buenas tardes de a cuantos dias estamos hablando de la equivocacion? Otra cosa hacer caso omiso a cualquier personaje de ventanilla, eso de eliminar el movimiento si no es el SUA, excel o cualquier program que con un suprimir se elimina, veamos primero la pregunta que le comento y le ayudamos saludos
Tópico: LAS NOTAS DE CRÉDITO POR DEVOLUCIÓN, PUEDEN SER APROVECHADAS POR EL PATRÓN SUSTITUTO ?
lcgabrielaranda

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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Diciembre 09, 2009 13:22:57 Asunto: Re: LAS NOTAS DE CRÉDITO POR DEVOLUCIÓN, PUEDEN SER APROVECHADAS POR EL PATRÓN SUSTITUTO ?
Hola chavalon, me uno a los saludos y bienvenida por esto lugares, y quiero hacer un comentario mas preciso, el lobo puso el fundamento, juan el comentario, pero en la realidad, cuando hacemos una sustitución de patron a menos que cambiemos de subdelegacion o delegacion, se va a quedar el mismo numero de registro patronal o por lo menos en el SINDO y en la OFICINA de REGISTROS de la subdelagacion del patron proximo a extinguirse se tranfieren los datos de CREDITOS FISCALES, MOV AFIL, ETC ETC como lo estipula el fundamento del lobo, en la practica podemos decir que si nos cambiamos de patron nos vamos con todo y 'chivas'(sin agraviar a los colegas rojiblancos saludos lic!!) es decir, se cambia el registro con todo sus derechos y obligaciones y con ello tiene todo el poder de ejercer sus saldos a favor! Y si esa nota la va a ocupar ahorita le sugiero ya vaya viendo eso en la oficia de emision y cobro oportuno de su subdelegacion para que llegado el 17 no tenga problema y le puedan generar la orden de ingreso para que se cancele con su nota de credito y si tiene algun sobrante lo vea posteriormente como se paga o como lo acedita despues saludos
Tópico: AFIL03 ¿necesario en salarios mixtos?
lcgabrielaranda

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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Diciembre 09, 2009 13:15:13 Asunto: Re: AFIL03 ¿necesario en salarios mixtos?
Veamos, desde un inicio juan(saludos), quique y el propio lic le explicaron que ya no existen los afil-03, bueno tal vez en las escuelas y en las papelerias se venden, pero YA NO SE UTILIZAN!!, recordando un poco los afiles dejaron de ocuparse desde la operación de los DISPMAG, tiempo despues estos ya no se presentaron en ventanilla de afiliación, desde la entrada en vigor del NPIE, los DISPMAG dejaron de operar en los movafil, solo se ocupa el formato de archivo para el envio como unica alternativa por medio del actual IDSE, par dejarlo mas que claro no hay alguna opción, para su presentacion mas que por medio del IDSE sino nos creen pregunten en su subdelegación y vera! Ahora bien granados, me queda una duda: [quote]Re: AFIL03 ¿necesario en salarios mixtos? Hola pepesoto, gracis por responder, el plazo depende que es lo que cambie, si es la parte variable es cada bimestre, [u][i][b]si es la fija en el momento que ocurra [/b][/i][/u] [/quote] Entonces no esta dando a entender que su modsal sera a la baja por cambio en la parte fija?? es decir, le va a bajar los salarios a sus trabajadores??? si sabe las implicaciones legales de eso?? Saludos
Tópico: A aquél en que surta efectos la notificación .......
lcgabrielaranda

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Diciembre 07, 2009 10:42:28 Asunto: Re: A aquél en que surta efectos la notificación .......
Entonces mi lobo... [quote].EN UNA 'ACLARACION' RECURSO, JUICIO...........[u][b][color=blue]DEBERAN OBSERVARSE CONDICIONES DE TIEMPO, MODO Y LUGAR, ....DOCUMENTALMENTE HABLANDO[/color][/b][/u][/quote] Segun lo comentado hasta llegar a medios de defensa, se podria ver esta situación , es decir, no podriamos 'defendernos' con los de ventanilla o los ejecutores de esta reforma?? saludos
Tópico: Cheques personales del contribuyente ...al notificador ??????
lcgabrielaranda

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Diciembre 07, 2009 10:23:44 Asunto: Re: Cheques personales del contribuyente ...al notificador ??????
Mi lobo como se ven que estas reformas son hechas sin conocimientos de causa!! sino pregunten por lo vicios de los ejecutores de PAE del IMSS!, apoco a un fulano asi le entrego el cheque tal cual?? Saludos
Tópico: TEMPORALMENTE ?????????
lcgabrielaranda

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Diciembre 07, 2009 10:22:09 Asunto: Re: TEMPORALMENTE ?????????
Uniendome al ultimo del lobo, me queda entonces la duda, del caso de los señores que habitan en san miguel de allende(como dato cultural) que la mayoria de los habitantes son originarios de españa, EUA, etc y tiene sus casas ahi y solo en ciertas temporadas la habitan, con que fin, ellos ya no seria turistas? les aplicaria eso de temporal?? saludos amigos
Tópico: A aquél en que surta efectos la notificación .......
lcgabrielaranda

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Diciembre 07, 2009 10:17:02 Asunto: Re: A aquél en que surta efectos la notificación .......
[quote]AHORA BIEN, TAMBIEN DICES; ......pero OJO pero, si la recibimos la notificación mañana el plazo de los días contará a partir del jueves??..........SI Y SOLO SI,.........ASI LO SEÑALA EL DOCUMENTO NOTIFICATORIO..............PARA ELLO HAY QUE OBSERVAR EL 'SEÑALAMIENTO EXPRESO[/quote] Mi buen amigo lobo, no vamos lejos de ejemplo le ponemos que te parece un requermiento de los tradicionales que emite el SIVEPA del IMSS, por omisiones o diferencias de COP, donde primero dejan (en teoria) el citatorio con fecha de hoy y mañana se presenta a notificarnos y nos dicen que tenemos 15 días hábiles para que surta efectos la aclaración o pago del crédito fiscal?? Que nos dices de esto, mi estimado lic!! jejeje Un abrazo Saludos
Tópico: HORAS EXTRAORDINARIAS DEBERAN PAGARSE A SALARIO INTEGRADO
lcgabrielaranda

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Diciembre 07, 2009 09:58:32 Asunto: Re: HORAS EXTRAORDINARIAS DEBERAN PAGARSE A SALARIO INTEGRADO
Hola que tal damas y caballeros, al ser un criterio de la corte, que al tiempo actual no se ha publicado en su gaceta, asi como lo dijo don miguel (saludos) [quote]En conclusión todo debería seguir igual a menos que los trabajadores levanten la voz y de cierta manera se negocíe esto.[/quote] Debemos de prevenirnos, unicamente prevenirnos ante los trabajadores rigosos, que en caso de una DEMANDA(ojo solamente asi tenemos la obligacion de pagar la HE con este criterio), podamos hacer el calculo y pago respectivo Esto es, contablemente que se pudiera hacer una 'partida' especial estilo la de las primas de antiguedad, que algunas empresas lo hacen, y con ello prevenirnos ante cualquier eventualidad, ojo obviamente hasta que sea publicada y los abogados defensores la invoquen, sino siemplemente se queda como un criterio de la corte que estará ahi siempre!! como ven? Saludos
Tópico: A aquél en que surta efectos la notificación .......
lcgabrielaranda

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Diciembre 07, 2009 09:53:55 Asunto: Re: A aquél en que surta efectos la notificación .......
Hola flamente lic en derecho!! mi estimado lobo, yo tengo lo siguiente: Al ser un decreto, y en su primer transitorio que nos dice: Primero.- El presente Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación, tenemos que si hoy, recibimos una notificación surte efectos apartir de mañana la notificación pero OJO pero, si la recibimos la notificación mañana el plazo de los días contará a partir del jueves?? Es correcta mi apreciación??, si es asi para estar atentos para los notificadores sobre todo del Inseguro!! Saludos

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