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Tópico: SUA
lcgabrielaranda

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Mensaje Foro: Software Enviado: Agosto 18, 2005 Asunto:
Un tipo, A veces tambien se le puede quitar los indices desde afuera, esto es desde el MS-DOS, ubicarse la carpeta SUAWIN y eliminar todos los archivos ntx, esto es DEL *.NTX saludos
Tópico: Algun archivo para exportar a dismag
lcgabrielaranda

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Mensaje Foro: Excel Enviado: Agosto 18, 2005 Asunto:
[quote:10d704ec02="enrique_morales1979"]CPdan ya esta la descarga disponible en la sección "Descargas". "Herramientas Computacionales", "Herramientas de Seguridad Social", para generar el Dispmag, capturas los datos y seleccionas "Genera IDSE", y se crearán los archivos en la carpeta C:, solo tienes que copiarlos a un diquete y listo, ya estaría el Dispmag.[/quote:10d704ec02] yo lo recomiendo solo debes de leer el manual para que se le entienda muy bien, tambien funciona para los IDSE COMERCIALES(levicom, terra, etc) saludos
Tópico: incapacidad Temporal.
lcgabrielaranda

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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Agosto 18, 2005 Asunto: Re: incapacidad Temporal.
[quote:9045f6cb31="NETODIEGO"]Buenas tardes, me podrian hacer el favor de ayudarme a decirme el fundamento legal si el patron tiene un trabajador incapacitado temporalmente , esta obligado a pagar las cuotas patronales. Gracias.[/quote:9045f6cb31] Y el sua te hace los calculos automaticos, para efectos de AMORTIZCION INFONAVIT tambien saludos
Tópico: incapacidad por maternidad
lcgabrielaranda

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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Agosto 18, 2005 Asunto:
[quote:6e009ffe06="jleeglz"]Artículo 35 LSS "Los cambios en el salario base de cotización de las modificaciones señaladas en el artóculo anterior, así como aquellos que por Ley deben efectuarse al salario mínimo, surtirán efectos a partir de la fecha en que ocurrió el cambio, tanto para la cotización como para las prestaciones en dinero. Aunque en el artículo 101 LSS [b:6e009ffe06]"La asegurada tendrá derecho durante el embarazo y el puerperio a un subsidio en dinero igual al cien por ciento [b]del último salario diario de cotización[/b:6e009ffe06] el que recibirá durante cuarenta y dos días anteriores y cuerenta y dos días posteriores al mismo.[/b] En los casos ...." En este caso de acuerdo al esté artículo se le pago con el SBC que tenia en el mes en que empezo su derecho de Incapacidad. Saludos.[/quote:6e009ffe06] Apoyando al amigo solo te puedo decir con la pena recuerda que las modificaciones no surte efectos la ley es muy clara y comentale a la trabajadora que por lo tanto no se puede pagar mas, ahora que si la empresa le quiere pagar la diferencia eso es otra historia saludos
Tópico: COMO CONSULTO MI SALDO
lcgabrielaranda

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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Agosto 18, 2005 Asunto: Re: COMO CONSULTO MI SALDO
[quote:3c090f60a8="MMartinezC"][quote:3c090f60a8="pepesoto"][quote:3c090f60a8="lcgabrielaranda"]Yo te recomiendo tambien que te des una vuelta por: http://www.asignacion.com.mx/Asignacion/SWAsigTrabJP.jsp[/quote:3c090f60a8] :cry: Te dice que ya tienes una Afore,. pero no te dice en cual...[/quote:3c090f60a8] Buenos días: yo he revisado algunos, y en algunos casos si te dice en qué afore esta. Mi NSS en lo personal dice como el Lic. dice[/quote:3c090f60a8] Y sino alli viene los telefonos para poder llamar y sacar mas informacion al respecto saludos
Tópico: PAGO DE DIFERENCIAS
lcgabrielaranda

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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Agosto 18, 2005 Asunto: Re: PAGO DE DIFERENCIAS
[quote:298d0fa084="edgarecs"] una sería respaldar el SUA, luego dar de baja a varios empleados o disminuirles el SBC a los empleados en el mismo SUA, se genera el pago por el importe deseado y por último se restaura el respaldo para no dejar guardados los movimientos ficticios hechos. [/quote:298d0fa084] La autodeterminacion(convenio ya realizado) puede ser flexible, la condicion es que termines de pagar el saldo en el tiempo indicado Esta es la opcion mas recomendable para tus "abonos chiquitos" pagarias una cantidad de trabajadores para que te den aprox los 10000 y despues obligatoriamente puedes pagar la o las diferencias poniendo ya lo demas trabajadores saludos
Tópico: PAGO DE DIFERENCIAS
lcgabrielaranda

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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Agosto 18, 2005 Asunto: Re: PAGO DE DIFERENCIAS
[quote:cc85eacc34="PEVMONT"]QUE PASA SI PAGO UNA PARTE DE IMSS SOLO 10000 DE 37000 [u:cc85eacc34][i:cc85eacc34]QUE AUTODETERMINE?[/i:cc85eacc34][/u:cc85eacc34] QUE PROCEDE POR SUS COMENTARIOS GRACIAS[/b][/quote:cc85eacc34] Muchachos ya lo hizo Segun entiendo por eso escribe lo que se comente saludos
Tópico: PAGO DE DIFERENCIAS
lcgabrielaranda

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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Agosto 18, 2005 Asunto:
PEVMONT Los amigos y demas colegas que opinen te daran las opciones yo te hago una pregunta Cuando pagarias la diferencia?? La meta es pagar(toda tu autodeterminacion) antes de que se termine el plazo que pediste para la misma, es decir antes de los 30 dias naturales, en pagos chiquitos o abonos poquitos deberas cumplir con tu compromiso, OJO DEBERAS TENER bien guardada cada pago que tengas, conociendo al IMSS, lo mas seguro que te lleguen SIVEPAS despues, pero tu la podras defender siempre y cuando cumplas con los requisitos de pagar toda tu deuda saludos
Tópico: dudass...
lcgabrielaranda

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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Agosto 18, 2005 Asunto: Re: dudass...
[quote:57794ee0e6="bjrsilva"]hola tengo los siguientes problemas: el 24 de junio se dio se alta un trabajador por el tramitanet en la liquidacion de junio no aparecio y en la de julio tampoco verifique los movimientos para ver si habia sido rechazado pero parece que no lo volvere a dar de alta con esta fecha? [/quote:57794ee0e6] una pregunta tu pagaste correctamente en el SUA a ese trabajador? sin importar si estaba aceptada o no, la alta en el IMSS, si es asi solo mete la alta de nuevo con esa fecha (si con esa fecha) no importa que sea extemporaneo, si tu lo pagaste correctamente, se le conoce como ESPONTANEO, para mayores referencia checa el ART 304-C LIMSS, ya pagado todo y el alta debidamente aceptada por el IMSS ya queda el caso cerrado. [quote:57794ee0e6="bjrsilva"] ademas que puedo hacer con un trabajador que nunca se dio de alta x tramitanet pero de julio se dio de baja por el mismo medio se requiere hacer un escrito para que no haya problemas? [/quote:57794ee0e6] Primero vuelve aplicar lo del primer comentario, pago espontaneo, y movimiento extemporaneo para la alta, ahora bien para la baja, existe de dos sopas:(tienes que meter de todas formas esa alta no importa lo extemporaneo) 1.-La mas "barata", una vez que ya te hayan aceptado esa alta, da un tiempo de 30 min o de 1 hora y vuelve a meter la baja pero con 5 dias habiles atras(esto es si fuera hoy seria 11/08/2005) recuerda en bajas aplica 6 dias(ART 57 RACRF Primer Parrafo), si tu pagaste desde que se dio de alta, hasta julio, solo te restara pagar los dias de agosto hasta la fecha que hayas metido su baja.(11/08/2005) 2.-La mas "cara", meter la baja en la fecha real, para efectos de vigencia de derechos, afectara realmente al trabajador, pero para efectos patronale$$$$, y mas costoso, se tendria que pagar hasta el dia que el IMSS te recibe el movimiento, es decir(hoy 18/08/2005) (ART 57 RACRF Segundo y Tercer Parrafo) Como ves tienes casi 7 dias de pago por diferencia, y esto haya $ignfica algo no cre$ Todo sin meter escrito, ellos a ese escrito lo utlizarian como hoja de reciclaje saludos
Tópico: Escrito al IMSS
lcgabrielaranda

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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Agosto 18, 2005 Asunto: Re: Escrito al IMSS
[quote:2d706fea1a="georgeV"]Muchisimas gracias por los comentarios, pero hasta ahorita no me han dicho si tienen algun modelo de escrito. Por otro lado no se si sepan que existe la Comision Federal de Mejora Regulatoria, en donde estan todos los Tramites Institucionales Inscritos en el Registro Federal de Tramites y Servicios esto es conforme al articulo 69 de la ley Federal Del Procedimiento Administrativo, y algunas Delegaciones se basan en esto para solicitar el escrito, incluso lo pueden checar en la pagina del IMSS. Saludos.[/quote:2d706fea1a] No te hemos dicho que no tenemos el modelo de escrito por que en la mayoria de los casos en las subdelegaciones no te piden, ningun escrito ahora bien de donde crees que saque la informacion que coloque en mi primer comentario de la pagina del imss y de ahi mismo les pongo el link donde se puede consultar lo que tu dices george y ahi mismo dice ESCRITO LIBRE, entiendase como escrito libre, que NO tiene ni formato no modelo existente, por lo tanto tu lo pudes hacer sin ningun problema AQUI EL LINK http://www.imss.gob.mx/IMSS/IMSS_SER/IMSS_SER_TRA/inscritos/tramites_004_2003_04.htm Y LO PUEDES CHECAR EN (ES UN DOCTO PDF) EN IMSS-02-001 Aviso de Inscripción Patronal: Modalidad A) Inicial. Modalidad B) Modificaciones. SALUDOS

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