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Tópico: Dividir mi SDI en dos
lcgabrielaranda

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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Septiembre 09, 2005 Asunto: Re: Dividir mi SDI en dos
[quote:0c3e39a6ca="victor_manuel"]EL QUE TENGAS DOS O MAS PATRONES NO AFECTA TUS APORTACIONES DE SEGURIDAD SOCIAL, YA QUE ESTAS SE EFECTUAN Y SE DESTINAN A A TU NUMERO DE SEGURIDAD SOCIAL.[/quote:0c3e39a6ca] 8O Y LAS PRESTACIONES EN DINERO??? Y CUANTO TE PENSIONES QUE?? RECUERDA QUE SI POR EJEMPLO GANAS 100.00 DIARIOS AL DIVIDIRLO TENDRIAS DOS TRABAJOS DONDE COTIZAS 50 EN CADA UNO POR LO TANTO LAS INCAPACIDADES Y DEMAS PRESTACIONES SE PAGARIAN SOBRE 50 CADA UNO Y TENDRIAS QUE HACER DOS TRAMITES PARA TODO Y PARA INFONAVIT CUANDO TENGAS TU CASO TE LA HARAN DE EMOCION POR TENER VIGENCIA CON DOS NRP DISTINTOS ASI QUE AGUAS!!! :? ANGY AMIGA ES TU DECISION SALUDOS
Tópico: Firma electronica IMSS
lcgabrielaranda

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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Septiembre 09, 2005 Asunto: Re: Firma electronica IMSS
[quote:9f84183976="fisconsulta"]Hola buen dia. EL USARLOS ES UNA OPCION, NO UNA OBLIGACION. OJALA PODAMOS CAMBIAR FORMAS DE PENSAR.[/quote:9f84183976] ES UNA OBLIGACION CUANDO TE CIERRAN LA VENTANILLA DE AFILIACION COMO YA ESTA SUCEDIENDO Y ADEMAS CON LOS CRITERIOS INEPTOS DE LOS TRABAJADORES DEL IMSS NO TIENES DE OTRA CUANDO NO TE ACEPTA UN REINGRESO CON EL SBC MINIMO TIENE QUE HACERLO POR LA PAGINA DEL IDSE ASI DE SENCILLO ESTA EMPEZANDO A SER OBLIGATORIO NO POR LEGISLACION SINO POR LOS INEPTOS TRABAJADORES NI MODO SALUDOS
Tópico: GUIAS PARA EL DISMANG
lcgabrielaranda

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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Septiembre 09, 2005 Asunto:
[quote:ab26bdf819="Marcer"] LA SUBDELACION SANTA MARIA LA RIVERA, O EN SU CASO SABEN DONDE PA PUEDO CHECAR. VOY A DAR UNA BAJA EL UNICO TRABAJADOR QUE TIENE LA EMPRESA, TODO ESTO POR QUE VA A REALIZAR SUSPENSION DE ACTIVIDADES, POR LO TANTO YA NO TIENE CASO HACERLO POR INTERNET. DE ANTEMANO MUCHAS GRACIAS. [/quote:ab26bdf819] [quote:ab26bdf819="jcarlos923"]México, DF. Guia 54-400[/quote:ab26bdf819] No habia checado este topico :oops: tiene razon el amigo jcarlos esa es la guia y en lo que te podamos ayudar Marcer a mi me toca la misma subdelegacion y te recomiendo que vayas tramitando tu firma digital por que [i:ab26bdf819][u:ab26bdf819]ya esta cerrada la ventanilla de afiliacion,[/u:ab26bdf819][/i:ab26bdf819] y ya no te aceptan ningun movimento tan facilmente, la firma la puedes tramitar con la Srita Marysol que esta del lado izquierdo entrando en los escritos saludos
Tópico: AFECTA LA INTEGRACION EN LA RETENCION DE NOMINAS?
lcgabrielaranda

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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Septiembre 09, 2005 Asunto: Re: AFECTA LA INTEGRACION EN LA RETENCION DE NOMINAS?
[quote:1e3978e7a0="edgarecs"] En descargas encuentras hojas de excel que te pueden servir.[/quote:1e3978e7a0] O tambien date una vuelta por las paginas de unos amigos te las dejo: http://mx.geocities.com/bypaco2004/IMSS-INFONAVIT.zip http://pepesoto.tripod.com/ saludos
Tópico: CADUCIDAD INCAPACIDAD
lcgabrielaranda

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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Septiembre 09, 2005 Asunto:
[quote:bfd0f9dacd="earguelles"]HOLA! Ojala que al salvadorramirez se le haya aclarado la duda :) Seria genial :idea: un dia de estos (si Dios quiere) tenga la oportunidad de conocerlos :) Que tengan un excelente dia[/quote:bfd0f9dacd] Un dejavu????? jejje gris querida recuerda uno pone, Dios dispone y llega el diablo..... y quien sabe :) y seria genial algun dia coicidir en alguna ciudad no? para convivir todos los amigos de fiscalia, se lo dejos alos adminsitradores ojala se haga alguna reunion algun dia saludos
Tópico: CADUCIDAD INCAPACIDAD
lcgabrielaranda

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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Septiembre 09, 2005 Asunto: Re: CADUCIDAD INCAPACIDAD
[quote:c674a513de="pepesoto"]:roll: Ooooorale..... tienes razón..... Bueno..... ahi te las mando.... aunque pensándolo bien.... me las vas a devolver este fin de semana.... ;)[/quote:c674a513de] Ya veremos tengo mucha hambre de birria, espero y de todo corazon no creo que haya pollo rostizado jejje saludos
Tópico: citatorio ¿que hacer?
lcgabrielaranda

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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Septiembre 09, 2005 Asunto:
[quote:6320ee8d65="sosgtorreon"]Pu's si... tuve que volver.... lo malo es[i:6320ee8d65][u:6320ee8d65] que en salida la mercancia no me aceptarón devoluciones[/u:6320ee8d65][/i:6320ee8d65].... Saludos.[/quote:6320ee8d65] :twisted: :) y NI como quejarse con la PROFECO o con la FIFA no?' :) :) saludos amigo
Tópico: MODIFICACION DEL SBC POR EL IMSS
lcgabrielaranda

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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Septiembre 08, 2005 Asunto:
Muchachos en mis pocos criterios de legislacion constitucional ya son demasiados casos de estos del IMSS habria forma de genera un amparo y muchas mas empresas hagan lo mismo para que se genere una jurisprudencia para defender de tanta "salvajes" del IMSS?? Pregunto o saquenme de la duda saludos
Tópico: citatorio ¿que hacer?
lcgabrielaranda

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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Septiembre 08, 2005 Asunto: Re: citatorio ¿que hacer?
[quote:6ba257afee="pepesoto"]:| Buenas noches. El fundamento ya te lo dieron. Conclusion: Yo no iba... [u:6ba257afee][i:6ba257afee]Que ellos vengan y me dejen su acto de molestia de autoridad.[/i:6ba257afee][/u:6ba257afee] El Lic.[/quote:6ba257afee] Con su permiso le pongo "sal al taco" lic Quien tiene la obligacion de "cobrar"??? saludos
Tópico: CADUCIDAD INCAPACIDAD
lcgabrielaranda

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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Septiembre 08, 2005 Asunto: Re: CADUCIDAD INCAPACIDAD
[quote:e6193aaf8d="pepesoto"]:| Buenas noches. Sip. Deja veo cuanto tiempo es.... espera.... ahi vengo..... Eso esta en el reglamento de serv medicos....[/quote:e6193aaf8d] Lic 8O 8O ahora si me debe unas chelas :oops: jejej por eso no lo encontraba no es en el RSM viene en la LIMSS mire usted: Artículo 300 El derecho de los asegurados o sus beneficiarios para [u:e6193aaf8d][b:e6193aaf8d]reclamar el pago de las prestaciones en dinero, respecto a los seguros de riesgos de trabajo, enfermedades y maternidad, invalidez y vida y guarderías y prestaciones sociales prescribe en un año de acuerdo con las reglas siguientes:[/b:e6193aaf8d][/u:e6193aaf8d] I.- Cualquier mensualidad de una pensión, asignación familiar o ayuda asistencial, así como el aguinaldo; [b:e6193aaf8d][u:e6193aaf8d]II.- Los subsidios por incapacidad para el trabajo por enfermedad no profesional y maternidad; [/u:e6193aaf8d][/b:e6193aaf8d] III.- La ayuda para gastos de funeral, y IV.- Los finiquitos que establece la Ley. [u:e6193aaf8d][b:e6193aaf8d]Los [size=18:e6193aaf8d]subsidios por [/size:e6193aaf8d]incapacidad para trabajar derivada de un [size=12:e6193aaf8d]riesgo de trabajo[/size:e6193aaf8d], [size=18:e6193aaf8d]prescriben en dos años[/size:e6193aaf8d] a partir del día en que se hubiera generado el derecho a su percepción.[/b:e6193aaf8d][/u:e6193aaf8d] saludos

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