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Tópico: Exentan a empresas pago de multas al IMSS
lcgabrielaranda

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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Mayo 14, 2009 12:00:34 Asunto: Re: Exentan a empresas pago de multas al IMSS
Quique(si me permites llamarte asi!!) Tienes mucha razon: [quote]Lo relacione con el anterior decreto, como que pensé que habria mas de un parchecito del SUA y eso es lo que no me cuadraba.[/quote] Habemos mas de uno que tiene esa muy seria duda!! Ahora bien [quote]Con respecto al 20% de descuento, aun me queda la duda de como lo tomaran los del IMSS. En el anterior descuento del 5% del 2008, solo se realizo por la parte PATRONAL y se excluyo la parte OBRERA. [/quote] Sinceramente espero que dentro de los próximos lineamientos del H consejo técnico no vayan a salir con su cosas de hacer otra cosa asi mi buen!! Asi que ahora si a esperar todos los lineamientos y asi como todos los posibles parches que se vienen!! les recuerdo que minimo nos deben dos 1.-EL parche para acondicionar el SUA a los amigos con Win Vista 2.-Otro u otros para todas las adecuaciones con el 'decretito' y con est otro 'decretote' saludos
Tópico: Exentan a empresas pago de multas al IMSS
lcgabrielaranda

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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Mayo 14, 2009 11:40:33 Asunto: Re: Exentan a empresas pago de multas al IMSS
Una disculpa y solo para aclarar 1.-La multa estara exenta en abril 2.-Los pagos en parcialidades se podran hacer por los meses de mayo y junio Hola mi estimado, Enrique segun yo entiendo que la fuente oficial para todo decreto es el DOF no??, entonces que tiene de raro esta fuente que ya habia puesto.. [quote] [url]http://dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5090290&fecha=14/05/2009[/url] [/quote] Tu liga, mi buen del 'decretito', jejejeje no abre y POR QUE ASEGURAS TU ESTO: [quote]Les adjunto el otro decretito donde se rebaja el [u]20% de la Cuotas Patronales... No de las Obreras.[/u]... [/quote] Toda vez que ese decretito nos dice: ARTÍCULO SEGUNDO. [u]Se exime hasta por una cantidad equivalente al veinte por ciento mensual y un máximo total de treinta y cinco mil pesos, [color=red]del pago de las cuotas obrero patronales [/color]previstas en la Ley del Seguro Social[/u] a cargo de los patrones, que se causen durante los meses de mayo y junio de 2009, correspondientes a los seguros de riesgos de trabajo, de enfermedades y maternidad, de invalidez y vida, y de guarderías y prestaciones sociales, siempre que se cumpla con lo dispuesto por los artículos tercero y cuarto del presente Decreto. Saludos [i]Editado: Mayo 14, 2009 11:42:30[/i]
Tópico: Exentan a empresas pago de multas al IMSS
lcgabrielaranda

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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Mayo 14, 2009 09:22:42 Asunto: Re: Exentan a empresas pago de multas al IMSS
Listo amigos!!! Aqui se los dejo para su analisis!! Bueno amigos ya esta publicado como comente anteriormente: [url]http://dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5090290&fecha=14/05/2009[/url] Ahora tenemos que ver que el C presidente nos dijo que este decreto tiene lo siguiente: 1.- Los patrones que cumplan con los requisitos establecidos en el artículo tercero del 'Decreto por el que se otorgan beneficios fiscales a los contribuyentes que se indican, con motivo de la situación de contingencia sanitaria provocada por el virus de influenza. Esto quiere decir que: 1.-Estar registrados ante el Instituto Mexicano del Seguro Social; II. No ser una entidad pública cuyas relaciones laborales se rijan por el apartado A del artículo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, ni formar parte de las administraciones públicas de la Federación, de las entidades federativas o de los municipios; III. Tener inscritos a todos sus trabajadores ante el Instituto Mexicano del Seguro Social, en los términos de la Ley del Seguro Social, y I[b]V. No tener a su cargo créditos fiscales firmes a favor del Instituto Mexicano del Seguro Social. [color=red]No se consideran como créditos fiscales firmes, los derivados del Sistema de Verificación de Pagos[/color].[/b] 2.-El pago en parcialidades a que se refiere el presente decreto debera ser por el 50% del las COP, restado de la aplicación del 20% de 'ayuda' del decreto citado anteriormente y se puede dividir entre 5 'abonos chiquitos para pagar poquito' Es decir 100% de Cop - 20% = COP ABRIL o MAYO COP ABRIL o MAYO * 50% = El pago en parcialidades El pago en parcialidades /5= Abonos de cada parcialidad De aqui desprendemos lo siguiente: 2.1.- Si se trata de COP de MAYO se se pagarán en cada uno de los meses de julio, agosto, septiembre, octubre y noviembre de 2009. 2.2.- Si son las COP de Junio se pagarán en cada uno de los meses de agosto, septiembre, octubre, noviembre y diciembre de 2009. 2.3.- Por cada mensualidad se cubrirán intereses, mismos que se calcularán sobre el saldo insoluto, aplicando una tasa fija del 6.5 por ciento anual 2.4..- Cada pago mensual mas su respectivos intereses deberán pagar junto con su respectiva mensualidad de las COP corresponda esto es, apartir del 20 de Julio se debera pagar las COP,RCV INFONAVIT que corresponda mas su 'Abono Chiquito' de lo que deben, eso quiere decir que por dos meses no pueden pagar NADA si NADA pero van a acumular todo apartir de Julio 2009 asi que aguas!! 3.- El decreto presente solo da chance a que el Inseguro no mande sus SIVEPAS por COP ni por RCV!!! es decir la dos partes que se pagan en este MES!! por el mes de abril, es decir, nos da 'chance' de tardarnos en pagar este mes y solo por este no HABRA MULTAS, las parcialidades por MAYO y JUNIO si tendran multas 4.- El presidente del desempleo da al consejo técnico la facultad de que expida sus lineamientos es decir ya no DEBEN DOS lineamientos ahi les encargo!!! 5.- Va a haber dos parches o cuantos mas??? Se los dejo a su consideración, opinion y puntos de vista amigos!!! Saludos
Tópico: Exentan a empresas pago de multas al IMSS
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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Mayo 13, 2009 15:30:46 Asunto: Es oficial Decreto de Exención a empresas pago de multas al IMSS Abril 2009
Les dejo este articulo que acaba de salir publicado: Firma Calderón un decreto para la prórroga de pagos a este instituto; informa que las empresas tendrán cinco meses para pagar 50% de sus cuotas obrero-patronales Manuel Lombera El Universal Ciudad de México Miércoles 13 de mayo de 2009 13:18 E[u][i][b]l gobierno federal eliminará 'por única vez' la multa que aplica el IMMS a las empresas que no paguen su cuota mensual del mes de abril, anunció el presidente Felipe Calderón durante una conferencia en los Pinos para firmar el 'Decreto para la prórroga en el pago de las cuotas al IMSS'. [/b][/i][/u] El plazo para pagar dicho mes vence el 18 de mayo y aunque no les cobrarán multa por el retraso, la cuota sí tendrá que cubrirse durante el año. [u][i][b]Además, las empresas podrán pagar en cinco mensualidades 50% de sus cuotas obrero patronales correspondientes a mayo y junio de este año. [/b][/i][/u] Las medidas anunciadas por el presidente de México buscan que 'la falta de liquidez de las empresas no repercuta en despidos o cierres'. Dichas medidas son adicionales al descuento de 20% sobre las cuotas ante el IMSS anunciado por la Secretaría de Hacienda hace un par de días. El documento solo fue signado por el presidente. Al evento asistieron los secretarios de Economía y del Trabajo, así como representantes de las cúpulas empresariales. amr Asi que a esperar la publicacion del decreto!! Saludos [i]Editado: Mayo 14, 2009 09:44:54[/i]
Tópico: Reforma IMSS prestadoras de servicio
lcgabrielaranda

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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Mayo 13, 2009 09:26:11 Asunto: Re: Reforma IMSS prestadoras de servicio
Antes que nada si tiene razon fui un grosero!!! Buen dia compañero Gomez( lo cortes no quita lo valiente jejeje) Bueno ahora si [quote] El 23 de abril de 2009 [u][i]se publicó en la Gaceta del Senado el Dictamen [/i][/u]de Primera Lectura de las Comisiones Unidas de Seguridad Social; de Trabajo y Previsión Social; de Hacienda y Crédito Público; y [u][i][b]de Estudios Legislativos del Senado respecto al Decreto [/b][/i][/u]por el que se Reforman y Adicionan Diversas Disposiciones de la Ley del Seguro Social, respecto de prestadoras de servicios.[/quote] A eso me referia, ya que por la misma bronca de la contigencia, el senado tenia que pasar el dictamen a diputados para su aprobación y a su vez ya aprobada remitirla al ejecutivo para su publicación, el día 23 fue cuando se declaro la emergencia, y por esa razon todos los tramites y demas cuestiones gubernamentales se llenaron mas de burocracia, y si sacaron varias reformas esos ultimos legisladores en 'fasttrack' pero en ninguna de ella se aprobo lo que se comenta actualmente, es decir, durmieron la aprobación en la camara de diputados la única reforma que aprobaron aqui fue: [url]http://www.exonline.com.mx/diario/noticia/primera/pulsonacional/aprueban_diputados_reforma_a_ley_del_imss/576253[/url] Y eso el 21 de Abril es decir 2 días de su publicación en la Gaceta del Senado, asi las cosas, Ahora bien viendo el resumen de aprobaciones de la camara baja: [url]http://www.diputados.gob.mx/servicios/datorele/LX_LEG/Sinopsis_dictamenes_sesion.pdf[/url] No veo nada tampoco a lo comentado es decir, sigue SIN APROBARSE ESA REFORMA EN DIPUTADOS, por lo cúal no hay forma al momento de que el ejecutivo pueda publicar el decreto de reforma, esto a su vez a menos que la comisión permamente lo pueda aprobar y asi ya seria otra cosa, sino ocurre esta reforma la tendria que aprobar como lo comente en un principio la camara baja en la proxima legislatura, de la cúal apenas el 5 de julio vamos a votar por los diputados!!! saludos
Tópico: Reforma IMSS prestadoras de servicio
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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Mayo 13, 2009 08:58:51 Asunto: Re: Reforma IMSS prestadoras de servicio
Pregunta quien(que camara?) y cuando la aprobo?, ya paso la aprobación de ambas cámaras?? por que recordemos que ya no tenemos sesiones en la camara de diputados y cualquier aprobación de legislaciones se tendria que hacer hasta la proxima legislatura(Que inicia en septiembre) saludos
Tópico: info
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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Mayo 11, 2009 11:04:59 Asunto: Re: info
A planteamientos tan CORTOS respuestas en ese orden LEER y ANALIZAR art 45 del Reglamento de Inscripcion y Pagos del INFONAVIT saludos [i]Editado: Mayo 11, 2009 11:06:09[/i]
Tópico: ACTIVIDAD DE SEGURIDAD Y VIGILANCIA
lcgabrielaranda

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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Mayo 08, 2009 19:29:47 Asunto: Re: ACTIVIDAD DE SEGURIDAD Y VIGILANCIA
Pregunta: [quote]estaran esperanzados en que otro le resuelva los problemas [u][i][b]y sin saber si realmente esta en lo correcto[/b][/i][/u].[/quote] Que aplica en este caso??? saludos
Tópico: mal homoclave en infonavit
lcgabrielaranda

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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Mayo 07, 2009 16:30:30 Asunto: Re: mal homoclave en infonavit
Aparte de lo comentdo por Juan y paco(saludos ambos) le pregunto en la página del infonavit le permite calcular su puntuación? o le deja ver el saldo en su subcuenta de vivienda que tiene?? saludos
Tópico: ACTIVIDAD DE SEGURIDAD Y VIGILANCIA
lcgabrielaranda

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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Mayo 07, 2009 16:28:12 Asunto: Re: ACTIVIDAD DE SEGURIDAD Y VIGILANCIA
Para ser más exactos art 196, Grupo 84 Fracción 844 Clase III saludos

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