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Tópico: Dictamen fiscal 2006
aruiz

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Mayo 29, 2007 Asunto: Dictamen fiscal 2006
El SAT publicó en su página de Internet un aviso sobre la presentación del dictamen fiscal 2006 que explica que la Administración General de Auditoría Fiscal Federal, ha considerado conveniente otorgar facilidades a los contribuyentes para los dictámenes por dicho ejercicio, a fin de que puedan ser presentados a más tardar en la fecha establecida para cada uno de los grupos que integran el calendario de la regla 2.9.15. de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2007, publicada en el DOF del 25 de abril de 2007. De esta forma el envío del dictamen de acuerdo a las letras del RFC es: [b:a2cb30de4a]• De la A a la F, del 19 al 21 de junio de 2007. • De la G a la O del 22 al 26 de junio de 2007. • De la P a la Z del 27 al 29 de junio de 2007.[/b:a2cb30de4a] Asimismo, se informa que tratándose de sociedades controladoras que consoliden su resultado fiscal, deberán enviar el dictamen fiscal a más tardar el 12 de julio de 2007. [b:a2cb30de4a][i:a2cb30de4a](Fuente: SAT).[/i:a2cb30de4a][/b:a2cb30de4a]
Tópico: comisionista
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Mayo 29, 2007 Asunto: Re: comisionista
Claro que afecta; lo que hay que ver, es que es lo que pretende la empresa . . . . . no pagar IMSS ???? Aqui lo que hay que diferenciar si es un comisionista laboral o comisionista mercantil: COMISIONISTA LABORAL * desarrollan su actividad de manera subordinada y permanente para una empresa o empresas, por lo tanto cumplen con un horario, presentan informes o reportes diarios de venta, utilizan las instalaciones del patrón para realizar sus labores y las mercancías o servicios que ofrecen están sujetos a las condiciones y precios señalados por el propio patrón; * invariablemente desempeñan sus funciones en nombre del patrón; * no pueden ser removidos de la zona que se les asignó, sin su consentimiento; * reciben como salario, el pago de una prima (comisión) sobre: * el valor de las mercancías vendidas o colocadas; * el pago inicial o pagos periódicos, o * la combinación de las formas anteriores. * sus comisiones no pueden ser objeto de retenciones ni descuentos, aun cuando la transacción que originó la comisión se haya cancelado, y * la falta de pago de sus comisiones, es una causal de rescisión de la relación laboral, imputable al patrón. [i:2f4744c6f5]En este caso, los patrones deberán celebrar un contrato laboral e inscribir ante el IMSS a los comisionistas. [/i:2f4744c6f5] COMISIONISTA MERCANTIL * con la comisión mercantil surge una relación para uno o varios actos de comercio esporádicos que propician que accidentalmente exista dependencia entre el comitente (quien confiere la comisión) y el comisionista (quien la desempeña); * el contrato mercantil se celebra para realizar ciertas operaciones, y concluye cuando estas finalizan; * los comisionistas mercantiles: * realizan sus actividades ya sea personalmente o a través de terceros, y * actúan en representación del comitente o en nombre propio; * el importe de las comisiones mercantiles es pactado en el mismo contrato, y de no ser así, estas se pagarán de conformidad a la costumbre del lugar, y * las mercancías, bienes o servicios que están en poder real o virtual del comisionista mercantil se utilizarán, si el comitente no le paga lo convenido, para cubrir la comisión respectiva. [i:2f4744c6f5]En este supuesto, las empresas deberán celebrar con los vendedores un contrato de comisión o mediación mercantil, y al no existir la figura de subordinación consignada en los artículos 8o, 10, 20 y 21 de la Ley Federal del Trabajo y 12 de la Ley del Seguro Social no serán sujetos de aseguramiento[/i:2f4744c6f5]
Tópico: COMISIONES POR CH. DEVUELTOS
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Mayo 29, 2007 Asunto: Re: COMISIONES POR CH. DEVUELTOS
Claro que son deducibles, en algunos topicos anteriores, ya se habia platicado sobre este tema. Consederemos que las comisiones, se le llama, a cualquier cargo que una entidad financiera cobre a un cliente por el uso y/o aceptación de medios de disposición; incluyendo a mis juicio, las famosas devoluciones de cheques
Tópico: Saldrá a la venta la guía para operar la Solución Integral d
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Mayo 25, 2007 Asunto: Saldrá a la venta la guía para operar la Solución Integral d
[i:2185d5c262][b:2185d5c262]Como la ven ????[/b:2185d5c262][/i:2185d5c262] El Presidente de la comisión fiscal del Instituto Mexicano de Contadores Públicos (IMCP) informó que dentro de tres semanas saldrá a la venta el libro Solución Integral del SAT, el cual es una guía didáctica sobre la operación de la Plataforma Tecnológica que permitirá pagar de forma electrónica los impuestos, aun cuando dicha plataforma no se encuentra en operación, con la finalidad de que la gente vaya aprendiendo su funcionamiento, ya que indicará qué hay que hacer, cómo se debe hacer y cuáles son los beneficios de su uso. El libro se encuentra dirigido a contribuyentes en general y contiene todo lo que es la Plataforma, desde el punto de vista técnico, práctico y comparativo, con ejemplos de lo que se ha hecho en otros países, y será editado por el Instituto Mexicano de Contadores Públicos (IMCP).
Tópico: COMPROBANTES DE INTERESES BANCARIOS
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Mayo 25, 2007 Asunto: Re: COMPROBANTES DE INTERESES BANCARIOS
Con tu contrato, en este documento vienen las tasas y condiciones.
Tópico: Fundamento y definición de Automóvil
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Mayo 25, 2007 Asunto: Re: Fundamento y definición de Automóvil
[u:d3a95f77bb]El Reglamento de Tránsito en Carreteras Federales [/u:d3a95f77bb]indica, para los efectos del presente Reglamento y para su debida interpretación, a continuación se definen algunos de los términos empleados en sus diversos artículos. [b:d3a95f77bb]AUTOMOVIL, COCHE[/b:d3a95f77bb].- Vehículo de motor, con cuatro ruedas con capacidad de hasta nueve personas incluido el conductor.
Tópico: DEPOSITOS BANCARIOS
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Mayo 25, 2007 Asunto: Re: DEPOSITOS BANCARIOS
Yo tambien sugiero que se contabilice.
Tópico: Hola..Alguien sabe que le pico a FISCALIA..?
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Mayo 25, 2007 Asunto:
Si, si, la idea esta que no hay un enlace en el BANNER de publicidad. Que generalmente al darle click, lo manda y le desglosa la informacion que comentan. Creo que eso es lo que falto.
Tópico: FELIZ DIA COLEGAS CONTADORES
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Mayo 25, 2007 Asunto:
Muchas felicidades a todos los CONTADORES.
Tópico: CLASIFICACION ARANCELARIA INCORRECTA
aruiz

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Mensaje Foro: Comercio Exterior Enviado: Mayo 22, 2007 Asunto: Re: CLASIFICACION ARANCELARIA INCORRECTA
No hay que agradecer, estamos para eso, para apoyarnos. Definitivamente el tema de la responsabilidad solidaria, a ido ganando terreno y en muchos ambitos se a acrecentado, y en el tema de comercio exterior, el agende aduanal no queda fuera de esto. Ya hablaste con tu agente aduanal ??? Que te a coemntado ????

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