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Tópico: UNA SC
aruiz

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Junio 01, 2006 Asunto: Re: UNA SC
Creo que tambien te seria muy util el que pudieras dar una leida a la LEY GENERAL DE SOCIEDADES MERCANTILES
Tópico: Contabilización de Imptos Estatales, Exentos???
aruiz

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Mayo 24, 2006 Asunto: Contabilización de Imptos Estatales, Exentos???
Espero me apoyen en esta duda que tengo. De antemano les agradesco la atención. Son del Estado de Tapachula Chiapas, cuando sucedio la desgracia de la Tormenta "Stan", el estado emitio mediante su Diario Oficial un acuerdo, en donde en su momento fue complicada su interpretación y dejo en esos momentos mucha incertidumbre (para las autoridades locales como para los contribuyentes); a continuación lo redacto: " Se condona y Exime el pago del Impto sobre Nominas, el de ejercicio profesional de la medicina, el de hospedaje, causados en el quinto y sexto bimestre de 2005 a los contribuyentes ubicados en la zona geografica definida como afectada por el huracan STAN" El problema radicaba en que el Diario no mencionaba cual era la zona geografica afectada por dicho huracan, Hacienda Federal en su momento definio las zonas afectadas y dio beneficios en algunos imptos. Por lo que muchos optamos pagar mientras el gobierno definia esta situación, de tal manera que nos recibieron los pagos del quinto y sexto bimestre. Posteriormente salio un nuevo comunicado, en donde indicaban que los que habian pagado dichos periodos, tenian el derecho de acreditarlo contra los bimestres del 2006 hasta agotarlo. LA AYUDA QUE LES PIDO, ES EN CUANTO AL ASIENTO CONTABLE QUE DEBO DE REALIZAR PARA RECLASIFICAR (EN MI CASO EN PARTICULAR) EL IMPTO SOBRE HOSPEDAJE QUE EN SU MOMENTO LO CONTABILICE Y LO PAGUE, PERO AHORA LA CUENTA DONDE LO ACUMULO (PROVISION) SE VE AFECTADA, PORQUE SE VEN REFLEJADOS LOS IMPORTES DE LOS BIMESTRES DEL 2006 COMO SI NO FUERON PAGADOS. UNA DE LAS SOLUCIÓNES PODRIA SER, CONSIDERAR LAS PROVISIONES DE ESTE IMPTO COMO INGRESOS Y ACUMULARLO EN ESTE MES; PERO, POR FAVOR SI ALGUIEN ME PUEDE AYUDAR MAS, PARA TENER OTRA PERPECTIVA, SE LOS AGRADEZCO. POR LA ATENCIÓN, MUCHAS GRACIAS.
Tópico: comprobantes fiscales
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Mayo 16, 2006 Asunto:
Te pondo una mas facil, pidele a PROVEEDOR que te cambie el comprobante.
Tópico: VENTA A EMPLEADOS
aruiz

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Mayo 16, 2006 Asunto:
MEXTAX y de que manera ingresa ese importe cobrado en tu empresa ????
Tópico: Outsourcing
aruiz

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Mayo 16, 2006 Asunto:
Para la definicion del termino podras encontrar varios, incluso comentarios extensos, en los enlaces siguientes: http://www.e-outsourcing.com.mx/ http://www.mx.capgemini.com/servicios.de.outsourcing.html http://www.ciateq.mx/index/secc_outsourcingen Sin embargo con la caracteristica que mencionas de que sea creada en E.U. para el envio de dinero a Mexico, no, no me suena mucho. Definitivamente me quedo con el mecanismo clasico de la Outsourcing, del prestamo de servicios personalizados a areas especificas Nosotros contratamos un Outsourcing, para el cobro de nuestra cartera el año pasado y a mi parsio, muy similar a contratar un despacho independiente. Asi que me quedo con el comentario de IUSPRUDENCIA
Tópico: VENTA A EMPLEADOS
aruiz

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Mayo 16, 2006 Asunto:
Si tienes que desglosar el IVA, no tengo conocimiento que las tarimas esten gravadas al 0% y mucho menos que esten exentas de este impuesto.
Tópico: FECHAS DISTINTAS............MISMO DOCUMENTO
aruiz

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Mayo 16, 2006 Asunto:
Sigo sosteniendo mi muy humilde opinon lobozac, yo lo consideraria en MAYO. Esperemos mas opiniones, que puedan ayudarte a tomar tu descision final.
Tópico: FECHAS DISTINTAS............MISMO DOCUMENTO
aruiz

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Mayo 16, 2006 Asunto: Re: FECHAS DISTINTAS............MISMO DOCUMENTO
Deseo realizar algunos comentarios al respecto, que espero les puedan ayudar: - como la operacion bancaria que registraste fue el dia 29 de Abril [color=red:6fb3bd3e01]SABADO[/color:6fb3bd3e01], esta operacion se registra en el sistema bancario al dia habil siguiente. - de manera automatica el banco te sella la operacion del sabado, con fecha del lunes, pero como el lunes fue dia de descanso obligatorio (1 de MAYO) el banco tome al dia habil siguiente. Segun mi punto de vista, tendrias que registrar tu operacion en el mes de MAYO, ya que en tu estado de cuenta deberas tener la fecha 2 de mayo y en tu ficha tambien esta ascentada la fecha 2 de mayo.
Tópico: PRESTAMOS BANCARIOS PAGAN IMPUESTOS ?
aruiz

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Mayo 16, 2006 Asunto: Re: PRESTAMOS BANCARIOS PAGAN IMPUESTOS ?
Mi opinion, es que seguramente lo registraste contablemente como un PASIVO (prestamos a sistema financiero Mexicano) por lo que te estara afectando a final de año directamente en tu ajuste anual por inflasion. En cuanto al IVA, los creditos banacrios que hemos obtenido son de capital, no cuentan con IVA, en su defecto tendran intereses por pagar.
Tópico: IMRPESION DE FACTURAS FISCALES
aruiz

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Mayo 13, 2006 Asunto: Re: IMRPESION DE FACTURAS FISCALES
Mi muy personal punto de vista, es que SI tendrias problemas. Pero la Obligacion es de las dos partes, del impresor autorizado de solicitarte la nueva cedula de identificacion y por otro lado el de proporcionarla. Te dejo esta Resolucion, espero te sirva: [b:8bf6b08492]RM 2005-2006–CFF[/b:8bf6b08492] [u:8bf6b08492]2.4.9. Obligaciones de los impresores autorizados [/u:8bf6b08492] Para los efectos del artículo 29, segundo párrafo del Código, las personas autorizadas para imprimir comprobantes estarán obligadas a verificar los datos correspondientes a la identidad del contribuyente que solicite los servicios de impresión, su domicilio fiscal y la ubicación de sus establecimientos, mismos que habrán de imprimir en los comprobantes, así como conservar copia de los documentos señalados en las fracciones I y III de esta regla y proporcionar la información relativa a los comprobantes que impriman conforme a lo siguiente: I. Deberán solicitar a sus clientes: a) Que exhiban el original de la cédula de identificación fiscal, la que en el caso de las personas físicas deberá contener la CURP salvo en los supuestos en que dicha cédula se haya obtenido a través del trámite de reexpedición de cédula de identificación fiscal en donde previamente se haya presentado aviso de apertura de sucesión; o de la cédula de identificación fiscal provisional y entregue copia de dicha cédula y de la solicitud de inscripción en el RFC y, en su caso, el aviso de aumento o disminución de obligaciones fiscales. Cuando el domicilio fiscal señalado en la solicitud a que se refiere el siguiente punto no corresponda al citado en la solicitud de inscripción deberán entregar copia del aviso de cambio de domicilio. b) Solicitud firmada por el contribuyente o su representante legal, de cada pedido de impresión de comprobantes en la que bajo protesta de decir verdad declaren lo siguiente: 1. Nombre, denominación o razón social. 2. Domicilio fiscal del contribuyente. 3. Fecha de solicitud. 4. Serie (en caso de ser serie única, deberá indicarlo expresamente). 5. Número de folios que les corresponderán a los comprobantes que solicitan y, en su caso, el domicilio del establecimiento o establecimientos a los que correspondan. 6. Los números de folio de los comprobantes no utilizados y cancelados por término de vigencia de la partida anterior impresa. II. Verificarán que las cédulas de identificación fiscal que les sean proporcionadas por sus clientes no hayan sido canceladas por el SAT. Para ello, podrán consultar las relaciones de las cédulas canceladas que se encuentren a su disposición en la página de Internet del SAT (www.sat.gob.mx) y de la Secretaría (www.shcp.gob.mx). III. Tratándose de contribuyentes que por primera vez soliciten los servicios de impresión de comprobantes, solicitarán además: a) Copia de la identificación del contribuyente y de su representante legal, en su caso (credencial para votar del Instituto Federal Electoral, pasaporte vigente, cédula profesional, cartilla del servicio militar nacional o forma migratoria vigente). b) Cuando se actúe a través de representante legal, copia del documento mediante el cual se le otorgan facultades de administración para actuar en nombre del contribuyente que solicite la impresión de comprobantes o poder especial suficiente para efectos de presentar la solicitud de impresión. IV. Deberán iniciar la impresión de comprobantes de sus clientes a partir del folio número 01. Cuando los folios solicitados inicien a partir de distinto número de cualquier serie, será necesario que el contribuyente manifieste en la solicitud correspondiente, bajo protesta de decir verdad, que no ha solicitado previamente la impresión de comprobantes con la misma numeración y serie. Los contribuyentes a que se refiere esta regla, cuando ya no deseen continuar con la autorización otorgada deberán presentar mediante escrito libre, aviso en el que soliciten la revocación ante la Administración Local de Asistencia al Contribuyente o ante la Administración Central Jurídica de Grandes Contribuyentes, según corresponda. Cuando el motivo de la solicitud de revocación sea la cancelación en el RFC, la disminución de obligaciones, la suspensión de actividades o fusión, los contribuyentes deberán presentar su escrito dentro de los 30 días posteriores al movimiento efectuado, anexando al mismo copia del aviso presentado en los módulos de atención integral al contribuyente, módulos fiscales o módulos de recepción de trámites fiscales de la Administración Local de Asistencia al Contribuyente que corresponda a su domicilio fiscal. Independientemente de lo anterior, la autoridad fiscal podrá proceder a la revocación de oficio de la autorización otorgada en los supuestos a que se refiere este párrafo.

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