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Tópico: IMSS TABASCO
aruiz

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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Noviembre 12, 2007 Asunto: Re: IMSS TABASCO
Tienes razon [b:cf4bd828a9]lcruizuscanga[/b:cf4bd828a9], lamentablemente las afectaciones a la iniciativa privada son fuertisimas y los apoyos de los programas de GOBIERNO, en ocasiones no llegan a todos al 100%
Tópico: IMSS TABASCO
aruiz

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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Noviembre 12, 2007 Asunto: Re: IMSS TABASCO
El dia de ayer se publico ya un comunicado (No. 428) del IMSS a traves de la coordinacion de comunicacion social de la dependencia, donde dice a la letra: [b:7401f7f7b7]EL IMSS APOYARÁ A LAS EMPRESAS Y PATRONES DE TABASCO PARA EL PAGO DE CUOTAS: JMH[/b:7401f7f7b7] - Ningún trabajador del IMSS en la entidad ha dejado de cobrar su quincena. - Se restableció la operación médica fundamental de la Institución de manera rápida y eficiente en aquel estado. El Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) respondió con energía y de manera ejemplar a la emergencia en Villahermosa, Tabasco; al restablecer de manera rápida y muy eficiente su operación fundamental, afirmó el director general Juan Molinar Horcasitas. En gira de trabajo por el estado de Morelos, dijo que en Tabasco se han recuperado dos tercios del nivel de operación hospitalaria del Seguro Social, y puntualizó que se está trabajando para que se restablezca la capacidad operativa en su totalidad. [url]http://www.imss.gob.mx/IMSS/IMSS_SITIOS/IMSS_06/prensa/prensa.htm[/url]
Tópico: DOBLE TRIBUTACION
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Noviembre 10, 2007 Asunto: Re: DOBLE TRIBUTACION
Si tienes ya definida esta actividad como asistencia técnica; esta al ser proporcionada por un residente en el extranjero no se encuentra afecta a retención alguna, al amparo del Tratado para evitar la doble Tributacion, para tu caso verifica y aplica el Art. 7o. del mencionado Tratado con Estados Unidos, que trata sobre los beneficios empresariales.
Tópico: MONTO DE CAPITAL EXTRANJERO
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Noviembre 10, 2007 Asunto: Re: MONTO DE CAPITAL EXTRANJERO
El artículo 9o. de la citada Ley de Inversiones Extranjeras (LIE), menciona que sí se requiere de resolución favorable de la Comisión Nacional de Inversiones Extranjeras (CNIE) para que en las sociedades mexicanas donde la inversión extranjera pretenda participar, directa o indirectamente, en una proporción mayor al 49% de su capital social, [i:398a46d547][u:398a46d547]únicamente cuando el valor total de activos de las sociedades de que se trate, al momento de someter la solicitud de adquisición, rebase el monto que determine anualmente la propia CNIE[/u:398a46d547][/i:398a46d547]. Por lo anterior, si la sociedad en la que se pretende efectuar el aumento de la participación de capital extranjero se encuentra en el supuesto referido, será necesario efectuar el trámite “Autorización de la Comisión Nacional de Inversiones Extranjeras para que la inversión extranjera participe en un porcentaje mayor al 49% en las sociedades o actividades con regulación específica (sociedades mexicanas) – Convalidaciones”, con homoclave SE-02-008-D, ante la Dirección General de Inversiones Extranjeras, sita en Insurgentes Sur 1940, 8o piso, colonia Florida, código postal 01030, en México, DF
Tópico: Beneficios fiscales por lluvias en Chiapas y Tabasco
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Noviembre 08, 2007 Asunto: Re: Beneficios fiscales por lluvias en Chiapas y Tabasco
Si, si tienes razon [b:d8c42b3b6e]enrique9727[/b:d8c42b3b6e], agradeazco tu comentario
Tópico: DESPIDO JUSTIFICADO
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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Noviembre 07, 2007 Asunto: Re: DESPIDO JUSTIFICADO
La conducta de los trabajadores al utilizar bienes de la empresa en su provecho sin autorización, puede tipificarse dentro de la figura de abuso de confianza en los términos del artículo 382 del Código Penal para el Distrito Federal y el equiparable articulo, de acuerdo al codigo de cada estado de la republica.
Tópico: URGE: ACUICOLA S DE PR DE RL
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Noviembre 07, 2007 Asunto: Re: URGE: ACUICOLA S DE PR DE RL
Si pueden facturarse entre si, pero cerciórate de generar un contrato de prestación de servicios entre ambas empresas.
Tópico: PADRON DE IMPORTADORES
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Noviembre 07, 2007 Asunto: Re: PADRON DE IMPORTADORES
Listo [b:2ad3acb56a]rirape79[/b:2ad3acb56a] espero te sirva y te sea de utilidad.
Tópico: DESPIDO JUSTIFICADO
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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Noviembre 07, 2007 Asunto: Re: DESPIDO JUSTIFICADO
Con los elementos con que cuenta, la empresa puede rescindir la relación laboral a los trabajadores infractores conforme a lo previsto en el artículo 47, fracción II de la LFT, argumentando la falta de probidad u honradez. Para tal efecto, en cumplimiento de la última parte del artículo en comento, la empresa debe elaborar y entregar personalmente a los trabajadores involucrados en el suceso, el aviso de rescisión que contemple la conducta infractora y la decisión de la empresa de prescindir de sus servicios a partir de la fecha señalada en el mismo. Si éstos se negasen a recibirlo, la empresa deberá levantar un acta donde conste la negativa, firmada por dos testigos y solicitar dentro de los siguientes cinco días hábiles a la Junta de Conciliación y Arbitraje competente la notificación de dichos avisos en sus respectivos domicilios. Finalmente, al tratarse de un despido justificado, la empresa deberá cubrir a los trabajadores la parte proporcional de vacaciones, prima vacacional y aguinaldo devengado, así como la prima de antigüedad correspondiente en términos de los artículos 79, 80, 87 y 162, fracción III de la LFT.
Tópico: IMSS TABASCO
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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Noviembre 07, 2007 Asunto: Re: IMSS TABASCO
Oficialmente para el IMSS, no hay nada, pero no dudes que si saldra. Mientras Tanto el director general del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (INFONAVIT), Víctor Borrás Setién, señaló que el organismo pondrá en marcha un programa de apoyo a los miles de acreditados en Tabasco y para las empresas que están obligadas a enterar aportaciones del 5% por los trabajadores a su servicio cada bimestre, en las condiciones siguientes: • A los acreditados se les hará efectivo el seguro de daños materiales por catástrofes naturales hasta por un máximo de 250,000 pesos, cuando la situación de emergencia pase, se realizarán brigadas para evaluar los daños en cada casa y realizar el pago directo a cada persona, quedando bajo su responsabilidad la reparación. El seguro cubre daños a la casa en cuanto a vidrios, puertas, paredes, estructura, pisos, pintura, etcétera, pero no las pérdidas en mobiliario y aparatos electrodomésticos. • Para las empresas se está evaluando posponer el pago de los siguientes tres bimestres.

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