La compañia inicialmente regalaba a los empleados tarimas que ya no se usaban, pero como estos las comenzaron a vender pues se decició venderselas, por lo que tengo la siguiente duda.
Por este tipo de ingreso debo hacer una factura sin desglosar el IVA?
se considera como un ingreso extraordinario, por lo tanto es facturado, recordar que el iva no va desglosado es solo para que no deduzca la contraparte, pero el impuesto se paga.
en mi opinion, debes de facturar lo poco que recibas e integralo como otros ingresos fiscales