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12/May/06 17:31
IMRPESION DE FACTURAS FISCALES

Hola tengo el siguiente caso, ojalá pudieran darme sus comentarios....

Se mandaron a imprimir facturas fiscales, pero por horror (error) se imprimieron con la CIF incorrecta..

Me explico mejor:

La empresa tuvo cambio de domicilio fiscal y x consiguiente se solicitó la nueva CIF, la cual ya tiene el domicilio actual de la empresa, entonces cuando se mandaron a imprimir las facturas en lugar de usar la nueva se utilizó la que se tenía inicialmente...

Tendré problemas con estas facturas?
No se supone que el Impresor autorizado checa o verifica el estatus del RFC o algo x el estilo...?

Gracias por sus comentarios

Saludos!!
 
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Gretel78
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13/May/06 10:31
Re: IMRPESION DE FACTURAS FISCALES

Mi muy personal punto de vista, es que SI tendrias problemas.
Pero la Obligacion es de las dos partes, del impresor autorizado de solicitarte la nueva cedula de identificacion y por otro lado el de proporcionarla.

Te dejo esta Resolucion, espero te sirva:

RM 2005-2006–CFF
[u:8bf6b08492]2.4.9. Obligaciones de los impresores autorizados [/u:8bf6b08492]

Para los efectos del artículo 29, segundo párrafo del Código, las personas autorizadas para imprimir comprobantes estarán obligadas a verificar los datos correspondientes a la identidad del contribuyente que solicite los servicios de impresión, su domicilio fiscal y la ubicación de sus establecimientos, mismos que habrán de imprimir en los comprobantes, así como conservar copia de los documentos señalados en las fracciones I y III de esta regla y proporcionar la información relativa a los comprobantes que impriman conforme a lo siguiente:
I. Deberán solicitar a sus clientes:
a) Que exhiban el original de la cédula de identificación fiscal, la que en el caso de las personas físicas deberá contener la CURP salvo en los supuestos en que dicha cédula se haya obtenido a través del trámite de reexpedición de cédula de identificación fiscal en donde previamente se haya presentado aviso de apertura de sucesión; o de la cédula de identificación fiscal provisional y entregue copia de dicha cédula y de la solicitud de inscripción en el RFC y, en su caso, el aviso de aumento o disminución de obligaciones fiscales.
Cuando el domicilio fiscal señalado en la solicitud a que se refiere el siguiente punto no corresponda al citado en la solicitud de inscripción deberán entregar copia del aviso de cambio de domicilio.
b) Solicitud firmada por el contribuyente o su representante legal, de cada pedido de impresión de comprobantes en la que bajo protesta de decir verdad declaren lo siguiente:
1. Nombre, denominación o razón social.
2. Domicilio fiscal del contribuyente.
3. Fecha de solicitud.
4. Serie (en caso de ser serie única, deberá indicarlo expresamente).
5. Número de folios que les corresponderán a los comprobantes que solicitan y, en su caso, el domicilio del establecimiento o establecimientos a los que correspondan.
6. Los números de folio de los comprobantes no utilizados y cancelados por término de vigencia de la partida anterior impresa.
II. Verificarán que las cédulas de identificación fiscal que les sean proporcionadas por sus clientes no hayan sido canceladas por el SAT.
Para ello, podrán consultar las relaciones de las cédulas canceladas que se encuentren a su disposición en la página de Internet del SAT (www.sat.gob.mx) y de la Secretaría (www.shcp.gob.mx).
III. Tratándose de contribuyentes que por primera vez soliciten los servicios de impresión de comprobantes, solicitarán además:
a) Copia de la identificación del contribuyente y de su representante legal, en su caso (credencial para votar del Instituto Federal Electoral, pasaporte vigente, cédula profesional, cartilla del servicio militar nacional o forma migratoria vigente).
b) Cuando se actúe a través de representante legal, copia del documento mediante el cual se le otorgan facultades de administración para actuar en nombre del contribuyente que solicite la impresión de comprobantes o poder especial suficiente para efectos de presentar la solicitud de impresión.
IV. Deberán iniciar la impresión de comprobantes de sus clientes a partir del folio número 01.
Cuando los folios solicitados inicien a partir de distinto número de cualquier serie, será necesario que el contribuyente manifieste en la solicitud correspondiente, bajo protesta de decir verdad, que no ha solicitado previamente la impresión de comprobantes con la misma numeración y serie.
Los contribuyentes a que se refiere esta regla, cuando ya no deseen continuar con la autorización otorgada deberán presentar mediante escrito libre, aviso en el que soliciten la revocación ante la Administración Local de Asistencia al Contribuyente o ante la Administración Central Jurídica de Grandes Contribuyentes, según corresponda.
Cuando el motivo de la solicitud de revocación sea la cancelación en el RFC, la disminución de obligaciones, la suspensión de actividades o fusión, los contribuyentes deberán presentar su escrito dentro de los 30 días posteriores al movimiento efectuado, anexando al mismo copia del aviso presentado en los módulos de atención integral al contribuyente, módulos fiscales o módulos de recepción de trámites fiscales de la Administración Local de Asistencia al Contribuyente que corresponda a su domicilio fiscal. Independientemente de lo anterior, la autoridad fiscal podrá proceder a la revocación de oficio de la autorización otorgada en los supuestos a que se refiere este párrafo.
 
Alejandro Gamborino
 
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aruiz
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13/May/06 11:33
Re: IMRPESION DE FACTURAS FISCALES

En el caso de impresores solo solicitan autorizacion para imprimir facturas en la pagina del SAT, si el SAT autoriza ellos imprimen, pero solo dan los datos del RFC, y el SAT pone en pantalla los demas datos que debe verificar el impresor con la documentacion como es el R1 o R2, y el cedula del RFC, en tu caso si las facturas estan incorrectas devuelveselas al impresor y que te las haga de nuevo como garantia, en caso de las consecuencias, no tiene si el RFC es igual, en cuanto al cambio de domicilio, tu vas a llenar los datos de los clientes, en si los clientes solo se fijan en la vigencia y en si los datos de ellos son correctos y no le importa lo demas, yo pienso que si las puedes usar sin problemas
 
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teofiloperea
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15/May/06 10:00
Re: IMRPESION DE FACTURAS FISCALES

Me llaman la atención de lo que se comenta algunas cosas o puntos que deseo resaltar...

La CIF propiamente no contiene el domicilio del contribuyente, al menos no lo que es la CIF misma, si el documento completo que te entregan y en el que se contiene, pero la CIF por si que yo sepa no lo contiene...


[quote:c45a34c292="aruiz"]

2.4.9. .......

I. Deberán solicitar a sus clientes:

a) Que exhiban el original de la cédula de identificación fiscal, la que en el caso de las personas físicas deberá contener la CURP[u:c45a34c292] salvo en los supuestos en que dicha cédula se haya obtenido a través del trámite de reexpedición de cédula de identificación fiscal [/u:c45a34c292]en donde previamente se haya presentado aviso de apertura de sucesión; o de la cédula de identificación fiscal provisional y entregue copia de dicha cédula y de la solicitud de inscripción en el RFC y, en su caso, el aviso de aumento o disminución de obligaciones fiscales.

[u:c45a34c292]Cuando el domicilio fiscal señalado en la solicitud a que se refiere el siguiente punto no corresponda al citado en la solicitud de inscripción deberán entregar [color=darkblue:c45a34c292]copia del aviso de cambio de domicilio[/color:c45a34c292][/u:c45a34c292]. [color=darkblue:c45a34c292]OJO, nos remite a solicitar copia del aviso de cambio de domicilio, no dice que el domicilio se contenga en la CIF...[/color:c45a34c292]

II. [color=darkred:c45a34c292]Verificarán que las cédulas de identificación fiscal que les sean proporcionadas por sus clientes no hayan sido canceladas por el SAT[/color:c45a34c292]. Para ello, podrán consultar las relaciones de las cédulas canceladas que se encuentren a su disposición en la página de Internet del SAT (www.sat.gob.mx) y de la Secretaría (www.shcp.gob.mx). [color=darkblue:c45a34c292]OJO, al tramitar una nueva CIF el SAT procede a la cancelación de la que anteriormente tenia el contribuyente, por lo que puede concluirse que si es responsabilidad del impresor, debio verificar el status de la CIF que se le entrego y notificar al contribuyente que dicha CIF esta cancelada...[/color:c45a34c292]
[/quote:c45a34c292]

Saludos.
 
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sosgtorreon
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15/May/06 10:25
Re: IMRPESION DE FACTURAS FISCALES

Y se complica mas la situación con las modificaciones al CFF en el cual en materia de deduciones sera necesario contar con un comprobante que reuna todos los requisitos fiscales previstos en el CFF. y no solo como era antes los relativos a la persona que emite y recibe el comprobante.

así que en el caso concreto si seria conveniente cambiar dichos comprobantes.

Saludos.
 
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ELNUME
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15/May/06 16:33

Tienes mucha razón sosgtorreon
 
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Gretel78
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15/May/06 16:38

Tienes mucha razón sosgtorreon, la CIF en si no muestra el domicilio de la empresa...

Sin embargo, si contiene una clave la cual inicia con las primeras letras del lugar donde se expidió la cédula... seguida de la fecha de expedición de la CIF..

En este caso en particular, la CIF inicialmente se expidió en el D.F. y posteriormente se solicitó una reexpedición en Tabasco, lugar donde se tiene el actual domicilio fiscal... Por consiguiente, el # de Folio es diferente...

Debería entonces cancelar todos los folios?
Q pasaría con las que ya se entregaron al cliente?

Agradezco sus valiosísimos comentarios a todos!!
 
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Gretel78
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15/May/06 16:50

Siendo así, me parece que entonces el error es imputable al impresor, ya que no verifico el status de la CIF conforme a lo que se supone esta obligado...

Si ya se utilizaron folios considero deben recabar las originales y proceder a su cancelación y sustituirlas por nuevas facturas, las cuales a mi juicio deben ser impresas sin costo para la empresa.

Saludos.
 
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sosgtorreon
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